Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2005 (17/11/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

Pag. 304296

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de noviembre de 2005

transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que mediante Resolucion Directoral Nº 218-98-PE/ DNPP, de fecha 26 de noviembre de 1998, se otorgo a COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A., en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, la licencia de operacion de una planta de harina de pescado con una capacidad instalada de 88 t/h, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Mz. "A", Lote 8 y 11, El Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que mediante Resolucion Directoral Nº 024-2000PE/DNPP, de fecha 22 de febrero del 2000, se aprobo el cambio de nombre del titular de la licencia de operacion otorgada a COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A., mediante Resolucion Directoral Nº 21898-PE/DNPP, a favor de COMPANIA PESQUERA HUASCARAN S.A.C., por un plazo que vence el 1 de diciembre de 2001, a fin de que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados inicialmente; Que por Resolucion Viceministerial Nº 013-2002PRODUCE/DVM-PE, de fecha 2 de octubre de 2002, se declara la nulidad parcial de la Resolucion Directoral Nº 024-2000-PE/DNPP, en el extremo a que se refiere el articulo 4º, el cual dejo sin efecto la licencia otorgada a COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A., para operar la planta de harina de pescado con una capacidad instalada de 88 t/h en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Mz. "A", Lote 8 y 11, El Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; como consecuencia de lo cual, considerando el vencimiento del plazo por el cual se aprobo el cambio de titular a favor de COMPANIA PESQUERA HUASCARAN S.A.C., queda restituida la titularidad sobre la referida licencia a favor de la COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A.; Que mediante Resolucion Directoral Nº 016-2003PRODUCE/DNEPP, de fecha 29 de enero de 2003, se aprobo el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada a COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A., mediante la Resolucion Directoral Nº 218-98-PE/DNPP, a favor de COMPANIA PESQUERA HUASCARAN en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados inicialmente, en virtud del contrato de arrendamiento celebrado el 31 de MORDAZA del 2002, cuyo plazo de duracion es de ocho (8) anos; Que mediante escrito de registro Nº CE-12317001, de fecha 4 de noviembre de 2003, COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A.C. solicita restitucion de la titularidad de la licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 218-98-PE/DNP, al haberse resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A.C. y COMPANIA PESQUERA HUASCARAN S.A.C. Asimismo, con fecha 27 de noviembre del 2003 y el 18 de febrero del 2004, la recurrente alcanza la documentacion solicitada por la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, en referencia a los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Que de conformidad a la documentacion presentada por la recurrente, se deter mina que COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A. ha realizado un Aumento de Capital, Modificacion del Estatuto y Adaptacion a Sociedad Anonima Cerrada, quedando modificado en el estatuto social, con el tenor literal siguiente: COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A.C., tal como se observa en la partida Nº 02003059 del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº VII Sede MORDAZA Oficina Registral de Chimbote; Que mediante escrito de registro Nº 00019678, de fecha 22 de agosto de 2005, COMPANIA PESQUERA SARIMON subsana las observaciones realizadas por la Oficina General de Asesoria Juridica, presentando MORDAZA del testimonio legalizado de la resolucion del contrato de arrendamiento celebrado entre COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A.C. y COMPANIA PESQUERA HUASCARAN S.A.C., asi como MORDAZA del poder del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente

General de Operaciones de COMPANIA PESQUERA HUASCARAN S.A.C., con facultad suficiente para resolver el mencionado contrato de arrendamiento; Que de la evaluacion efectuada a la solicitud presentada por la recurrente y a la documentacion que obra en su expediente administrativo, se ha determinado que COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A.C. ha cumplido con la MORDAZA de los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE, por lo que la solicitud presentada por la recurrente deviene en procedente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 1662004-PRODUCE/DNEPP-Dchi, de fecha 22 de MORDAZA de 2004, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio del titular de la licencia de operacion, otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 218-98-PE/DNPP, de fecha 26 de noviembre de 1998, a favor de COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A.C., para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos a traves de su planta de harina de pescado convencional, con una capacidad instalada de 88 t/h, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Mz. "A", Lote 8 y 11, El Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia otorgada por Resolucion Directoral Nº 016-2003PRODUCE/DNEPP, de fecha 29 de enero de 2003, a COMPANIA PESQUERA HUASCARAN S.A.C. Articulo 3º.- COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A.C. debera operar su planta de procesamiento de productos hidrobiologicos cumpliendo con las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de seguridad del control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en el Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion de Medio Ambiente a traves de la Resolucion Directoral Nº 016-95-PE/DIREMA, de fecha 6 de MORDAZA de 1995. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente, asi como el incremento de la capacidad instalada de la planta de procesamiento de harina de pescado, materia del cambio del titular, sin la autorizacion debida, seran causales de caducidad del presente derecho otorgado y de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun correspondan. Articulo 5º.- Incorporar a COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A.C como titular de la licencia de operacion de la planta de harina y aceite de pescado citada en el articulo 1º de la presente Resolucion Directoral, en el Anexo IV-B de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002PRODUCE, excluyendo a la COMPANIA PESQUERA HUASCARAN S.A.C. de dicho anexo. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA y consignarse en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.