Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2005 (17/11/2005)


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VI. IMPACTO ESPERADO.-

NORMAS LEGALES PROYECTO

MORDAZA, jueves 17 de noviembre de 2005

VI.1. Para las EPS Se espera que las normas propuestas faciliten a las EPS contar con las herramientas necesarias para la elaboracion de sus estructuras tarifarias, ya sea a traves de la formulacion de su Plan Maestro Optimizado o la modificacion de las estructuras tarifarias en base a los lineamientos aprobados por SUNASS, y promuevan la transparencia de los procedimientos de aprobacion de formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion en los servicios de saneamiento, y el procedimiento de modificacion de estructuras tarifarias. VI.2. Para los usuarios.Para la poblacion, el MORDAZA de reordenamiento tarifario debe ser transparente, objetivo y debe facilitarle la apreciacion de las consecuencias que tendran sus decisiones en materia tarifaria sobre la viabilidad de la empresa, asi como en la calidad y continuidad del servicio en condiciones apropiadas. La propuesta permitira introducir mayor transparencia en el procedimiento de determinacion de tarifas y modificacion de las estructuras tarifarias, promoviendo la participacion de los usuarios en los referidos procedimientos a traves de la audiencia publica. Asimismo, permite que la poblacion MORDAZA conocimiento del sustento de los incrementos tarifarios, asi como el impacto que tendran sobre la calidad del servicio. VI.3. Para la SUNASS.La propuesta permitira a la SUNASS contar con una herramienta de regulacion adecuada para evaluar en forma transparente y objetiva el impacto de sus decisiones sobre la sostenibilidad economica y la viabilidad financiera de todas las EPS. Asimismo, permitira dotar de mayor transparencia las acciones y criterios de esta Superintendencia en los procedimientos de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion, y procedimientos de modificacion de las estructuras tarifarias. LINEAMIENTOS PARA EL REORDENAMIENTO DE LAS ESTRUCTURAS TARIFARIAS 1. DIAGNOSTICO.1.1. Antecedentes 1.2. Situacion Actual 1.3 Problemas 2. OBJETIVOS.3. LINEAMIENTOS PROPUESTOS.3.1. MORDAZA conceptual 3.2. Aspectos generales 3.3 Lineamientos de Reordenamiento Tarifario LINEAMIENTOS PARA EL REORDENAMIENTO DE LAS ESTRUCTURAS TARIFARIAS 1. DIAGNOSTICO.1.1. Antecedentes.Hasta 1998, las Estructuras Tarifarias que venian aplicando las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento (EPS) no eran concordantes con los objetivos y principios de la regulacion en el sector saneamiento: eficiencia economica, viabilidad financiera, equidad social, simplicidad y transparencia1 . Asi, las estructuras tarifarias de las EPS se caracterizaban principalmente por: (i) emplear mecanismos complejos y discriminatorios para la imputacion de volumenes de consumo en funcion de los diametros de la conexion domiciliaria de agua, (ii) existencia del sistema de "consumos minimos" que no permitia que la facturacion se efectuase de acuerdo a lo que registraba el medidor, (iii) inexistencia de una politica MORDAZA de micromedicion y (iv) aplicacion de subsidios cruzados que no guardaban una coherencia entre categorias de usuarios. Ante ello, la SUNASS aprobo la Directiva de Reordenamiento Tarifario en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, Resolucion de Superintendencia Nº 920-98-SUNASS, la cual establecio los lineamientos metodologicos para el reordenamiento de las estructuras tarifarias de las EPS, asi como los plazos para la aplicacion de las disposiciones contenidas en dicha resolucion. La

aplicacion del Reordenamiento Tarifario (RT) contemplaba tres etapas, las mismas que debieron concluir con (i) la eliminacion de rangos de consumo, (ii) la vigencia de un solo precio por categoria de usuario (excepto en el sector domestico) y (iii) asignaciones de consumo que reflejen el comportamiento real del usuario no medido. En cumplimiento al plazo MORDAZA de aplicacion de la Primera Etapa del Reordenamiento Tarifario, entre MORDAZA y MORDAZA de 1999, se publicaron las respectivas resoluciones de aprobacion de estructuras tarifarias para cuarenta y tres (43) EPS, a excepcion de EPS EMAPACOP S.A, cuya resolucion fue publicada en setiembre de 1999. La Resolucion de Superintendencia Nº 1200-99-SUNASS, publicada el 31 de diciembre de 1999, dispuso que la MORDAZA Etapa del Reordenamiento Tarifario se realice a partir del 1 de MORDAZA de 2000, sin embargo, esta se prorrogo hasta el 1º de marzo de 2001. La Tercera Etapa del Reordenamiento Tarifario no se realizo. Asi, solo se llevaron a cabo las dos primeras etapas del reordenamiento tarifario, lograndose simplificar en parte las estructuras tarifarias y reducir los consumos minimos2 . La demora en la aplicacion de la tercera etapa senalada en la Resolucion de Superintendencia Nº 92098-SUNASS se debio al poco incentivo de las empresas de continuar un reordenamiento tarifario que ya les habia generado una reduccion en la facturacion, durante la primera y MORDAZA etapa, a pesar del ajuste compensatorio en la tarifa que podia ser solicitado por la EPS en cumplimiento de la mencionada resolucion. Como tareas pendientes quedaron un gran numero de rangos de consumo por categorias, existencia de subcategorias y estructuras tarifarias que no siempre incorporaban todas las categorias establecidas por la SUNASS. Ante este contexto y considerando la importancia que tiene para el desarrollo sostenible del sector saneamiento la determinacion de precios eficientes, durante los anos 2003 y 2004, la SUNASS realizo estudios acerca del diagnostico y perfeccionamiento de la metodologia utilizada en la elaboracion de los estudios tarifarios y en la definicion de las estructuras tarifarias. Por los antecedentes expuestos, se hace necesario establecer los lineamientos generales para continuar con el reordenamiento de estructuras tarifarias, la misma que resulta de suma importancia a fin de lograr estructuras tarifarias que promuevan la eficiencia economica y suficiencia financiera de las empresas prestadoras y que al mismo tiempo logren el cumplimiento de los principos de equidad, transparencia y simplicidad. 1.2. Situacion Actual.Las estructuras tarifarias que actualmente utilizan las EPS peruanas3 contienen distorsiones en subsidios cruzados y complejidades que deben ser solucionadas. Estas estructuras tarifarias se presentan en la forma de matrices en la que se clasifica a los usuarios segun la actividad economica (categorias) y de acuerdo a la posibilidad de medicion de su consumo (medidos y no medidos). Adicionalmente, el regimen tarifario incluye para los usuarios medidos, un concepto denominado "consumo minimo" el cual es un cargo independiente del nivel de consumo, orientado a garantizar a la EPS un ingreso minimo. Del analisis del total de estructuras tarifarias vigentes para el sector saneamiento peruano, se presenta en el grafico Nº 1 una estructura tarifaria con subcategorias en la categoria Domestica, Comercial y Estatal. Al respecto, cabe senalar que las diferencias tarifarias entre las subcategorias de una misma categoria no obedece a criterios homogeneos entre las diferentes empresas que presentan estas subcategorias; razon por la cual, se busca la homogeneidad entre las empresas a traves de la eliminacion de las subcategorias.

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Articulo 94º Decreto Supremo Nº09-95-PRES Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento. En la Primera Etapa del Reordamiento Tarifario el consumo minimo se redujo en 20%; mientras que en la MORDAZA Etapa la reduccion fue del 50%. En el presente informe se utiliza las estructuras tarifarias de 45 EPS. Con la derogatoria de la Directiva de Reconocimiento de Empresas son 50 Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento.

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