Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2006 (25/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 25 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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corresponde expedir esta MORDAZA distincion que otorga la Nacion, por la causal "SERVICIOS EXCEPCIONALES", a las personas que hayan contribuido en forma notable y excepcional al desarrollo, progreso, prestigio y engrandecimiento de la Policia Nacional del Peru, como es el caso del mencionado ciudadano, que ha evidenciado su valiosa e intachable conducta civica, en apoyo a la funcion policial, generando sentimientos de gratitud que merecen ser reconocidos mediante la expedicion de un simbolo tangible que exteriorice el agradecimiento institucional; Lo aprobado por el Consejo de la Orden al Merito de la Policia Nacional del Peru, con Acta Nº 03-2006-COM/PNP de 21ABR2006; Lo propuesto por el General Director de Recursos Humanos de la Policia Nacional del Peru y Secretario Permanente de la Orden; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar "Heroe de la Seguridad Ciudadana", al ciudadano (f) MORDAZA Roy MORDAZA CONCO, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Articulo 2º.- Otorgar la Condecoracion de la "Orden al Merito de la Policia Nacional del Peru", al ciudadano (f) MORDAZA Roy MORDAZA CONCO, en el grado de "CABALLERO", por la causal "SERVICIOS EXCEPCIONALES". Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y archivese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 07244

Incluyen en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio procesos de seleccion para la "Adquisicion de bienes y contratacion de servicios considerados en el Plan de Emergencia Huallaga 2006PNP"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1021-2006-IN-0501
MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2006 VISTO: El Informe Tecnico Nº 025-2006-IN/0506 de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la OGA, mediante el cual se da cuenta del desarrolllo de las compras por emergencia para el "Plan de Emergencia Huallaga 2006-PNP", por el importe total de S/. 2´406,658.20 (Dos millones cuatrocientos seis mil seiscientos cincuenta y ocho con 20/100 Nuevos Soles), efectuadas en cumplimiento de la Resolucion Ministerial Nº 0363-2006-IN del 2 de febrero del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen las normas que deben observar las entidades del sector publico en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras; Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen, entre otras causales, por situacion de emergencia; Que, el articulo 20º de la MORDAZA en comentario establece que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, siendo dicha facultad indelegable;

Que, en todos los casos de exoneracion, la contratacion y la ejecucion de los contratos se regulan por la Ley en comentario, su Reglamento y demas normas complementarias; Que, el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la situacion de emergencia es aquella en la cual la Entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos o de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la Entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes; precisandose que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendose el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad; Que, el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con los Arts. 142º y 146º del Reglamento, establecen que la Resolucion que aprueba la exoneracion de un MORDAZA, requiere obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, los cuales deberan remitirse tanto a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; Que, la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, mediante Informe Tecnico Nº 025-2006-IN/0506 del 18 de MORDAZA del 2006, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion del MININTER, da cuenta del desarrollo de las compras y contratacion de servicios efectuados mediante los procedimientos de Exoneracion Nº 005-2006-IN/OGA, Nº 0072006-IN/OGA, Nº 008-2006-IN/OGA y Nº 009-2006-IN/OGA, segun encargo conferido mediante Resolucion Ministerial Nº 0363-2006-IN del 2 de febrero del 2006 que aprueba el Plan de Emergencia Huallaga 2006-PNP y conforme a los Terminos de Referencia remitidos por la Direccion de Telematica segun Informe Nº 07-06-DIREJADM PNP/DIRTEL/ EM y a las Especificaciones Tecnicas elaboradas por la Direccion de Logistica de la PNP, sustentadas en los Informes Nº 12-2006-DIRLOG-PNP de la Direccion de Logistica de la PNP, Nº 001-06-DIREJADMPNP/DIRTEL-DIVTEL-SEC de la Direccion de Telematica de la PNP, Nº 001-2006-DIREOPPNP/ADM-U1 del Jefe de Administracion de la Direccion Ejecutiva de Operaciones Policiales, Nº 001-2006-DIRSEPUBPNP/DINOES-UPIA del Jefe de la DINOES PNP Nº 001, DIRCOTE-PNP de la Direccion contra el Terrorismo y Nº 00101-2006-DIRANDRO-PNP/EEH de la Direccion de Antidrogas de la PNP, en los cuales las unidades usuarias senalan sus necesidades reales al MORDAZA de operaciones a desarrollar en el Frente Policial Huallaga; Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por situacion de emergencia, resulta procedente aprobar la exoneracion para la "Adquisicion de los bienes y contratacion de servicios considerados en el Plan de Emergencia Huallaga 2006PNP", bajo la causal de situacion de emergencia por la suma total de S/. 272,179.00 (Doscientos setenta y dos mil ciento setenta y nueve con 00/100 Nuevos Soles); Cabe agregar, que el procedimiento de Exoneracion Nº 005-2006-IN-OGA para la adquisicion de "Bienes de Consumo considerados en el Plan de Emergencia Huallaga 2006-PNP", fue aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0800-2006-IN-0501 de fecha 3 de marzo del 2006; habiendose asimismo aprobado la inclusion de dicho MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio del Interior AF-2006; por lo que en razon de ello se debera dejar sin efecto las adjudicaciones de los items 03, 05, 15, 24 y 26, efectuadas a las empresas Confecciones y Representaciones Militares EIRL y United Military Industries, al haber incumplido con la MORDAZA de los documentos solicitados para efectos de la suscripcion de los contratos respectivos, a efectos de regularizar las compras por emergencia de dichos items, efectuadas posteriormente con fecha 10 de MORDAZA del 2006 a las empresas Military & Autdoor Products SRL, Inversiones MORDAZA EIRL e International Security And Defence Systems LTD, por el importe total de

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