Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2007 (26/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2007

capacitacion, se programase entre las actividades del presente ano la realizacion de un taller en el Peru sobre un Plan de Accion para dichas especies; Que, los objetivos del Taller son acordar un Plan de Accion o los elementos y componentes del mismo, asi como el MORDAZA para su implementacion. Siendo el principal objetivo de dicho Plan minimizar las acciones humanas que pudiesen estar ocasionando la declinacion de los albatros con miras a estabilizar y recuperar sus poblaciones, y que vendrian afectando a las poblaciones en el Peru y en el Ecuador; De conformidad con los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Oficializar el evento "Taller del Acuerdo sobre la Conservacion de Albatros y Petreles, sobre un Plan de Accion para el Albatros ondulado Phoebastria irroratapa", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 5 al 6 de junio de 2007. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 62995-3

de restauracion de piezas dentarias con instrumentos manuales basados en el MORDAZA de terapia de obturacion de Intervencion Minima; Que, la Direccion General de Salud de las Personas ha elaborado la Guia Tecnica: Practica de Restauracion Atraumatica, la misma que tiene como objetivo general establecer los procedimientos que aseguren la adecuada aplicacion de la Practica de Restauracion Atraumatica como una alternativa de prevencion y tratamiento oportuno de la caries dental, en poblaciones donde el tratamiento odontologico convencional no sea posible de llevarlo a cabo; Con el visado del Viceministro de Salud, de la Direccion General de Salud de las Personas y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Guia Tecnica: Practica de Restauracion Atraumatica, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Salud de las Personas, a traves de la Direccion de Atencion Integral de Salud, la difusion, supervision y monitoreo del cumplimiento de la citada Guia Tecnica. Articulo 3º.- Las Direcciones de Salud y Direcciones Regionales de Salud son responsables de la difusion, implementacion y aplicacion de la Guia Tecnica en mencion dentro del ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la Guia Tecnica: Practica de Restauracion Atraumatica en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 64801-2

SALUD
Aprueban la Guia Tecnica: Practica de Restauracion Atraumatica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 423-2007/MINSA MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2007 Visto: el Expediente Nº 06-49864-001, que contiene el Memorandum Nº 3310-2006-DGSP/MINSA, de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud dispone que la proteccion de la salud es de interes publico, por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 437-2005/ MINSA, de fecha 6 de junio de 2005, se aprobo la MORDAZA Tecnica "Atencion Integral de Salud a las Poblaciones Excluidas y Dispersas" que regula un conjunto de procesos para la atencion a las poblaciones con inaccesibilidad geografica, pobre y de extrema pobreza, con el objeto de reducir las barreras de acceso a los servicios de salud y garantizar a estas poblaciones una atencion oportuna, integral y de calidad, de acuerdo al Modelo de Atencion Integral; Que, la NT Nº 036-MINSA/DGSP-V.01: "Norma Tecnica de Atenciones Odontologicas Basicas en Poblaciones Excluidas y Dispersas", aprobada con Resolucion Ministerial Nº 882-2005/MINSA, de fecha 17 de noviembre de 2005, regula el MORDAZA de las atenciones odontologicas que los Equipos de Atencion Integral de Salud en Poblaciones Excluidas y Dispersas ­ AISPED deben brindar a las poblaciones con inaccesibilidad geografica, pobre y de extrema pobreza, de acuerdo al Modelo de Atencion Integral, a fin de garantizar una atencion odontologica eficiente, oportuna y de calidad; Que, la precitada MORDAZA Tecnica definio la Practica de Restauracion Atraumatica (PRAT) como el MORDAZA

Designan Director General y Subdirector General del Instituto Nacional de Ciencias Neurologicas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 426-2007/MINSA MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 053-2007/ MINSA del 16 de enero de 2007, se renovo el encargo de funciones de Director General del Instituto Nacional de Ciencias Neurologicas al medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en tanto dure el MORDAZA de evaluacion y/o concurso para dicho cargo; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 3542002-SA/DM del 18 de febrero de 2002, se designo al medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo (hoy Subdirector General), Nivel F-4, del Instituto de Ciencias Neurologicas "Oscar MORDAZA Montes" (hoy Instituto Nacional de Ciencias Neurologicas); Que, por convenir al servicio resulta conveniente dar termino a la designacion MORDAZA citada y designar a los profesionales propuestos; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; articulo 77º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM; literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27594 y articulos 3º y 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos;

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