Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2007 (26/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

346013

El cartel con la lista de candidatos sera publicada por el Comite Electoral en un lugar visible del recinto donde se realicen las elecciones y en la camara secreta. Articulo 30°.- De la Mesa de Sufragio Los miembros del Comite Electoral haran las veces de Miembros de Mesa, conforme a sus cargos previamente establecidos. La Mesa de Sufragio estara conformada por los tres miembros del Comite Electoral: Presidente, Secretario y Vocal. Articulo 31°.- Instalacion del la Mesa de Sufragio Los miembros de mesa se reuniran a las 8:30 a.m. en el lugar de votacion en la fecha para la cual fueron convocadas las elecciones. Se instalara a las 9.00 a.m. y verificara que el material electoral este conforme. El acto electoral se inicia con la instalacion de la Mesa de Sufragio con la presencia de la totalidad de sus miembros y culmina el mismo dia. Articulo 32°.- Duracion del Acto Electoral El acto electoral se realizara de 9.00 a.m. a 15.00 p.m., periodo en el cual los miembros del comite electoral no podran ausentarse de la Mesa de Sufragio. Articulo 33°.- Votacion Los delegados-electores, luego de identificarse ante el Presidente de Mesa con su documento nacional de identidad (D.N.I.), pasaran a la camara secreta a emitir su MORDAZA, escribiendo en la cedula el numero que corresponde a la lista de su preferencia. El delegado-elector depositara su MORDAZA en el anfora y suscribira el Padron Electoral e imprimira su huella digital. En la cedula de votacion no podra aparecer inscripcion distinta al numero que identifica a las listas lo cual invalidara el MORDAZA, unicamente la firma del Presidente de Mesa en el reverso de la misma. Articulo 34°.- Resultado de la Eleccion Se eligen como representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Regional a la lista que MORDAZA obtenido la mayoria simple de los votos. No podra ser elegida la lista que obtenga una cantidad de votos menor al 20% de los delegadosasistentes. Si hay fraccion se redondea al numero entero inferior. Articulo 35°.- El Escrutinio y el Acta Electoral El escrutinio se llevara a cabo en acto publico, siendo el secretario el encargado de anotar la contabilidad de los votos. Los resultados seran anotados en el Acta Electoral, que sera suscrita en dos (2) ejemplares por los miembros de mesa y los observadores del acto electoral, las cuales seran distribuidas de la siguiente manera: - Un ejemplar para el Presidente del Comite Electoral. - Un ejemplar el Presidente Regional. Los miembros de mesa entregaran copias de las actas a las instituciones que participen como supervisores u observadores del MORDAZA (JNE, ONPE y otros). Articulo 36°.- Destino de las Cedulas de Votacion El Presidente de los Miembros de Mesa destruira las cedulas de votacion utilizadas una vez concluido el sufragio. Articulo 37°.- Proclamacion Una vez concluido el escrutinio y redactada elActa Electoral, el Comite Electoral procedera a la proclamacion, entrega de credenciales y toma de juramento a los representantes elegidos de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional - CCR Articulo 38°.- Difusion de los Resultados El Comite Electoral comunicara mediante oficio, acompanando el Acta Electoral, al Presidente Regional la relacion de los representantes electos ante el Consejo de Coordinacion Regional.

El Gobierno Regional publica los resultados en el medio de mayor circulacion de la region dentro de los cinco (05) dias calendario posteriores a la fecha de la eleccion. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- El numero de miembros del Consejo de Coordinacion Regional de la Region MORDAZA es de catorce (14), de los cuales cinco (05) pertenecen a las organizaciones de la sociedad civil, ocho (08) Alcaldes Provinciales y un (01) Presidente del Gobierno Regional. Segunda.- El Presidente del Gobierno Regional, convocara a la eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Regional para el periodo 2007-2009. En el mismo Reglamento se aprueba el cronograma del MORDAZA electoral. Tercera.- El Gobierno Regional comunicara con la debida anticipacion al MORDAZA Nacional de Elecciones, la fecha de la eleccion para que este cumpla con su labor de fiscalizacion. Cuarta.- El Gobierno Regional solicitara a la ONPE, la asesoria tecnica y logistica para el presente MORDAZA electoral. Ademas puede solicitar la participacion de otros organismos que participen en calidad de observadores, como la Defensoria del Pueblo entre otros. Quinta.- Los casos no previstos en el presente Reglamento seran resueltos por los miembros del Comite Electoral. 64532-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aceptan donacion de vehiculo efectuada por la Asociacion O.A.S.I.
ACUERDO REGIONAL Nº 003-2007-GR.LAMB./CR Chiclayo, 24 de enero de 2007 VISTO: La Carta S/N de fecha 7 de septiembre de 2006 de la Comuna Di Arezzo, Area de Mantenimiento, Calidad MORDAZA, Ambiente, Prevencion y Proteccion Civil ­ Republica de Italia; y, CONSIDERANDO: Que, a traves del documento del visto transcrito en lengua italiana la Comuna Di Arezzo, Area de Mantenimiento, Calidad MORDAZA, Ambiente, Prevencion y Proteccion Civil ­ Republica de Italia, declara haber donado a la Asociacion O.A.S.I. (Oficina MORDAZA de La Solidaridad Internacional) el vehiculo automotor (ambulancia) de MORDAZA FIAT DUCATO, Modelo AR 274230 con Chasis Nº ZFA28000000025316 para su envio al Peru como ayuda humanitaria; Que, conforme se verifica de la lista de accesorios suscrita por el Presidente de O.A.S.I. que corre adjunta a la carta del visto, la donacion se efectua a favor del Gobierno Regional de MORDAZA, la misma que por entranar un contrato de donacion, requiere de la aceptacion por parte del Consejo Regional de esta corporacion para hacerse efectiva, conforme a las leyes de la materia; Que, a fin de cumplir con los tramites correspondientes para el desaduanaje en el Peru de los bienes muebles donados, es necesario se expida el respectivo Acuerdo Regional donde conste la aceptacion de la donacion requerida a este efecto; Que, de conformidad con los Arts. 15º, Inc. a) y 39° de la Ley Nº 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos

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