Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2007 (26/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Cuarta.- ADECUACION DEL AMBITO DE LA RED VIAL DEPARTAMENTAL O REGIONAL Y DE LA RED VIAL VECINAL O RURAL De ser el caso, el ambito de las carreteras de la Red Vial Departamental o Regional y de la Red Vial Vecinal o Rural, sera adecuado a la denominacion y demarcacion que resultare de la implementacion de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial. Quinta.- CRITERIOS DE JERARQUIZACION DE VIAS URBANAS Los criterios de jerarquizacion de vias urbanas asi como los correspondientes criterios de declaracion de areas o vias de acceso restringido urbanas seran establecidos por los Gobiernos Locales Provinciales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 27181, y la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. La Municipalidad Provincial del Callao MORDAZA lo propio en el ambito de su jurisdiccion. Sexta.- PLAZO PARA ACTUALIZACION DEL CLASIFICADOR DE RUTAS El Ministerio de Transportes y Comunicaciones actualizara el Clasificador de Rutas, en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario, contados a partir de la fecha de promulgacion del presente Reglamento. Setima.- PLAZO PARA ELABORACION DE DIAGRAMAS VIALES El Ministerio de Transportes y Comunicaciones queda encargado de elaborar los Diagramas Viales, en un plazo no mayor de doce (12) meses contados a partir de la fecha de promulgacion del presente Reglamento, los cuales seran aprobados por Resolucion Ministerial. Octava.- IMPLEMENTACION DEL REGISTRO NACIONAL DE CARRETERAS El Ministerio de Transportes y Comunicaciones queda encargado de disenar e implementar el Registro Nacional de Carreteras (RENAC), en un plazo no mayor de doce (12) meses contados a partir de la fecha de promulgacion del presente Reglamento. Novena.- ENTRADA EN VIGENCIA El presente Reglamento entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Las autoridades competentes a que se refiere el articulo 6º del presente Reglamento lo aplicaran de manera obligatoria en todas las acciones tecnicas y/o administrativas que involucren al Sistema Nacional de Carreteras (SINAC). 65510-2

Que, el inciso 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 126° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios publicos finales se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y el Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 55° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y modificatorias, establece que el servicio telefonico fijo llamado tambien servicio telefonico basico, es aquel que se presta a traves de una red fija, no expuesta a movimiento o alteracion, utilizando medios alambricos, opticos y/o radio-electricos; Que, mediante Informes Nºs. 190-2007-MTC/17.01.ssp y 249-2007-MTC/17.01.ssp, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico telefonico fijo local en la modalidad de abonados, es procedente la solicitud formulada por la empresa PERUSAT S.A.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa PERUSAT S.A. concesion para la prestacion del servicio publico telefonico fijo local en la modalidad de abonados, por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende la Provincia Constitucional del Callao, y las provincias de MORDAZA, del departamento de Lima; MORDAZA, del departamento de Arequipa; Chiclayo, del departamento de Lambayeque; MORDAZA, del departamento de La Libertad; MORDAZA, del departamento de Cusco; MORDAZA, del departamento de Ancash; MORDAZA, del departamento de MORDAZA y MORDAZA, del departamento de Huanuco. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa PERUSAT S.A. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veintiseis (26) clausulas y tres (3) anexos y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para

Otorgan concesion a Perusat S.A. para prestar servicio publico telefonico fijo local en la modalidad de abonados
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 241-2007-MTC/03 MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2007 VISTA, la solicitud formulada mediante Expediente Nº 2006-019733 por la empresa PERUSAT S.A. para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico telefonico fijo local en la modalidad de abonados, en el area que comprende la Provincia Constitucional del Callao, y las provincias de MORDAZA, del departamento de Lima; MORDAZA, del departamento de Arequipa; Chiclayo, del departamento de Lambayeque; MORDAZA, del departamento de La Libertad; MORDAZA, del departamento de Cusco; MORDAZA, del departamento de Ancash; MORDAZA, del departamento de MORDAZA y MORDAZA, del departamento de Huanuco;

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