Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2007 (16/11/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 110

357736

NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2007

el caso, que los pagos a cuenta cubran el monto insoluto de la deuda fraccionada, se cancelara de oficio el convenio de fraccionamiento, sin derecho a devolucion del pago efectuado en exceso, el cual se imputara a los intereses y moras generados al momento de la cancelacion. Articulo 12º.- RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA Los contribuyentes que se acogen a los Beneficios establecidos en la presente Ordenanza Municipal, reconocen expresamente sus obligaciones pendientes de pago; por lo que, en caso de reclamaciones y/o impugnaciones futuras en este extremo seran declaradas improcedentes. Articulo 13º.GARANTIAS O MEDIDAS CAUTELARES Las garantias que se encuentren otorgadas a favor de la Municipalidad, asi como las medidas preventivas trabadas, se mantendran en tanto, concluya la cobranza de la deuda tributaria y/o deuda no tributaria, salvo que el contribuyente la sustituya por otras a satisfaccion de la administracion. Articulo 14º.- EXCLUSIONES No se encuentran incluidos en los alcances de la presente Ordenanza: a) Los contribuyentes que tengan expedientes en tramite sobre reclamaciones y/o impugnaciones en tramite ante la Municipalidad, Tribunal Fiscal o Poder Judicial, salvo que presenten su solicitud de desistimiento de acuerdo a las normas del procedimiento administrativo, tributario y contencioso tributario, segun corresponda, caso contrario solo podran acogerse por la parte de la deuda no reclamada. b) Los contribuyentes que hubieren abonado el total de sus obligaciones con anterioridad a la entrada en vigencia del presente dispositivo. Articulo 15º.- PLAZO DE VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 22 de diciembre del 2007. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA DISPOSICION FINAL: PENSIONISTAS Los contribuyentes pensionistas que gozan del beneficio de deduccion de 50 UIT de la Base Imponible del Impuesto Predial, tendran como beneficio, la deduccion del 50 % de la Tasa por concepto de Arbitrios Municipales, aun cuando la deuda se encuentre vencida, siempre que cancelen su adeudo durante la vigencia de la presente ordenanza. MORDAZA DISPOSICION FINAL: Encarguese a la Gerencia de Rentas y Sub Gerencias dependientes de dicha unidad organica, Gerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Administracion y Finanzas, asi como a la Sub Gerencia de Informatica, el cumplimiento de lo dispuesto de la presente Ordenanza. Asimismo, todas las demas dependencias de la Municipalidad deberan prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. TERCERA DISPOSICION FINAL: Facultese al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 132881-1

EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA

En Sesion Ordinaria de Concejo realizada el 31 de octubre de 2007, Informe Legal Nº 233-2007-MPJ/OAL, asi como el Informe Nº 044-2007-MPJ/CEP; y el Informe Tecnico Nº 018-2007-MPJ/PCA, de fecha 23.OCT.2007, del Administrador del Programa de Complementacion Alimentaria y en concordancia al Acuerdo de Concejo Nº 262-2007-CPJ/SO, para que se declare en Situacion de Desabastecimiento Inminente la Adquisicion de los Productos Alimenticios: Arroz Corriente mejorado y Aceite Vegetal para atender a los Comedores Populares, Alimentos por Trabajo, Hogares y Albergues y PAN TBC; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Administracion del Programa de Complementacion Alimentaria mediante Oficio Nº 0842007-MPJ/PCA, pone de conocimiento sobre el MORDAZA de Seleccion sujetas a la Ley Nº 27767 y su Reglamento el D.S. Nº 02-2004-MIMDES, en la cual se DECLARA DESIERTA en su TERCERA Convocatoria, Item Arroz Corriente Mejorado, la misma que la Comision de Adquisicion recomienda se proceda adquirir en forma directa de acuerdo a las normas vigentes; Que, el Informe Nº 044-2007-2007-MPJ/CEP, del Presidente del Comite Especial por Subasta Inversa Presencial, hace conocer MORDAZA de Seleccion del producto alimenticio Aceite Vegetal para el Programa de Complementacion Alimentaria; DECLARADO DESIERTO, despues de realizado todos los procesos y llegando a la etapa de una Menor Cuantia, con resultados y hechos fortuitos en las variaciones de los precios y costos de los productos y ante tal situacion recomienda se adopte las medidas convenientes y se declare el desabastecimiento inminente y se adquiera mediante MORDAZA de exoneracion en los plazos mas urgentes; Que, la Resolucion de Alcaldia Nº 462-2007-MPJ/A, de fecha 20.Jun.2007, aprobo incorporar al Presupuesto Institucional Ano Fiscal 2007, la suma S/. 702,544.00 Via Credito Suplementario correspondiente a la Transferencia de los Programas de Complementacion Alimentaria y Programa de Alimentacion Nutricional para el MORDAZA Ambulatorio con Tuberculosis y Familia (PAN TBC); Que, a traves del Informe Tecnico Nº 018-2007MPJ/PCA, emitido por el responsable del Programa de Complementacion Alimentaria de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, establece la adquisicion de los Productos Alimenticios Arroz Corriente Mejorado la cantidad de 68,332.50 Kg. Por el monto de S/. 122,998.50 y el Item II Aceite Vegetal la cantidad de 7,846 Litros por un monto de S/. 37,660.80 monto rectificado mediante Oficio Nº 093-2007-MPJ/PCA de fecha 29.Oct.2007 y que dichas adquisiciones corresponden a los meses de enero a junio del Ano Fiscal 2007. Solicita la adquirir bajo la modalidad de situacion de Exoneracion por Desabastecimiento Inminente, tal como lo establece la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que, mediante el Informe Legal Nº 233-2007-MPJ/ OAL, de fecha 29 de Oct. 2007, sobre Declaratoria de Desabastecimiento Inminente de Adquisicion de Productos Alimenticios: Arroz Corriente Mejorado y Aceite Vegetal para el Programa de Complementacion Alimentaria, Concluye que es procedente y Opina que el Concejo Municipal acuerde DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente al PCA y autorice la adquisicion directa de Arroz Corriente y Aceite Vegetal; asi mismo exonere en forma excepcional a la Municipalidad Provincial de MORDAZA del MORDAZA de seleccion para adquirir dichos productos; Que, conforme se aprecia el articulo 19º Inc. c) del TUO de la Ley Nº 26850 establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de alimentos para los programas de complementacion alimentaria
ACUERDO DE CONCEJO Nº 276-2007-CPJ/SO MORDAZA, 7 de noviembre de 2007

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.