Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2007 (13/10/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 78

355348

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de octubre de 2007

INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Declaran en situacion de emergencia la contratacion de bienes y servicios para la ejecucion del proyecto "Rehabilitacion de la Infraestructura de Seguridad en el Establecimiento Penitenciario de Ica"
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 670-2007-INPE/P MORDAZA, 11 de octubre de 2007 VISTO, el Oficio Nº 838-2007-INPE/13 de fecha 2 de octubre de 2007, de la Oficina General de infraestructura, que adjunta el Informe Tecnico Legal Nº 001-2007-INPE/1302 de fecha 27 de septiembre de 2007, suscrito por la Oficina de Estudios y Proyectos y Area Legal de la citada Oficina General de Infraestructura, por el cual solicita la exoneracion por emergencia del MORDAZA de seleccion para la ejecucion del proyecto: "Rehabilitacion de la Infraestructura de Seguridad en el Establecimiento Penitenciario de ICA, e Informe Nº 363-2007-INPE/06 de fecha 11 de octubre de 2007 de la Oficina de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el articulo 133º del Codigo de Ejecucion Penal senala que el Instituto Nacional Penitenciario es el organismo publico descentralizado, rector del Sistema Penitenciario Nacional. Integra el Sector Justicia. Tiene autonomia normativa, economica, financiera y administrativa. Forma pliego presupuestal propio y, el numeral 10) del articulo 135º del citado cuerpo legal, establece que son funciones del Instituto Nacional Penitenciario: "Dictar normas tecnicas y administrativas sobre planeamiento y construccion de la infraestructura penitenciaria"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16 de agosto de 2007, se declaro en Estado de Emergencia el Departamento de Ica y la provincia de Canete del Departamento de MORDAZA por el plazo de sesenta (60) dias calendario; Que, debido a los lamentables hechos ocurridos en el sur del MORDAZA, el Establecimiento Penitenciario de ICA ha sufrido graves danos en su infraestructura, el cual, por seguridad e interes nacional, requiere ser atendido con urgencia y celeridad, debido a que dicha situacion pone en riesgo la seguridad integral del penal, la MORDAZA de los internos, del personal que labora dentro de sus instalaciones y de los familiares que ingresan en los dias de visita, situacion que se viene agravando debido a los continuos movimientos teluricos que se registran en el sur del MORDAZA, los cuales vienen debilitando la infraestructura corriendose el peligro que sus MORDAZA se desplomen, lo que podria provocar una fuga masiva de los internos; Que, en tal sentido, se hace necesario ejecutar proyectos destinados a la reparacion de su infraestructura, a fin de garantizar la paz social y seguridad ciudadana, pues dicha situacion puede alterar el Orden Interno y el Orden Publico. Siendo que el primero, es la situacion en la cual esta garantizada la estabilidad y normal funcionamiento de la institucionalidad politico-juridica del Estado, cuyo mantenimiento y control demanda previsiones, decisiones y acciones que se debe adoptar; mientras que el Orden Publico es la situacion de paz, tranquilidad y disciplina social, en la cual se da plena observancia al orden juridico, como fundamento de la convivencia entre las personas y grupos que integran la sociedad; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 001-2007INPE/13-02 de fecha 27 de septiembre de 2007, la Oficina General de Infraestructura refiere que la Direccion de Estudios y Proyectos ­ DEP, elaboro el Proyecto de Inversion

Publica de Emergencia ­ PIP-E, para la rehabilitacion de la infraestructura de seguridad del Establecimiento Penitenciario de ICA. Asimismo, informa que la Oficina General de Economia y Desarrollo del Ministerio de Justicia ­ OGED ­ MJ a traves del Oficio Nº 833-2007-JUS/ OGED (OPI-RS) comunico la elegibilidad del Proyecto de Inversion Publica de Emergencia para la rehabilitacion de la infraestructura de seguridad del penal. Ademas senala que la Direccion de Estudios y Proyectos con Informe Nº 3902007-INPE/13.05 aprobo y presento a la Oficina General de Infraestructura el Expediente Tecnico del PIP ­ E para la ejecucion del referido proyecto por un monto referencial de tres millones ciento veinticinco mil novecientos dieciseis con 86/100 (S/. 3 125 916.86) nuevos soles, por lo que solicita, por causal de emergencia, la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la ejecucion del citado proyecto, de conformidad con el inciso c) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, el citado dispositivo legal senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la Ley Nº 26850, concordado con el articulo 22º de la citada MORDAZA legal y el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, el cual establece que la situacion de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan. Ademas, el articulo 147º del citado Reglamento dispone que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos b) y d) del articulo 19º de la Ley, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion; Que, por los motivos expuestos, se evidencia que existen razones de interes nacional que justifican una accion inmediata del Instituto Nacional Penitenciario con el objeto de normalizar el funcionamiento del Establecimiento Penitenciario de ICA, siendo necesario adoptar medidas urgentes para revertir la crisis por la que atraviesa dicho penal, y de esta manera contribuir positivamente en la paz social y seguridad ciudadana; Contando las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 654, Codigo de Ejecucion Penal, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, mediante el cual aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del INPE y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Suprema N° 152-2007-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar en situacion de emergencia, por la causal de acontecimientos catastroficos, la contratacion de los bienes y servicios para la ejecucion del proyecto: "Rehabilitacion de la Infraestructura de Seguridad en el Establecimiento Penitenciario de ICA", debiendo adquirirse en forma directa lo estrictamente necesario para atender el desastre, hasta por un monto de tres millones ciento veinticinco mil novecientos dieciseis con 86/100 (S/. 3 125 916.86) nuevos soles. Articulo 2°.- DISPONER que la Oficina General de Administracion comunique la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones ­ CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Asi mismo, se publique en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.