Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2008 (16/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

383496
LISTA DE BANCOS DE PRIMERA CATEGORIA 2008 Banco 384 European Investment Fund (EIF) 385 Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR) 386 International Finance Corporation (IFC) 387 Nordic Investment Bank (NIB)

NORMAS LEGALES
MORDAZA SUPRANACIONAL SUPRANACIONAL SUPRANACIONAL SUPRANACIONAL

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de noviembre de 2008

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VISTOS: El Informe Nº 001018-2008/SGGTRC/ GRC/RENIEC de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y el Informe Nº 000287-2008GRC/RENIEC, de la Gerencia de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO:

388 World Bank, International Bank for Reconstruction and Development SUPRANACIONAL (IBRD) 389 Bank of Taiwan 390 Cathay United Bank Co Ltd 391 Chinatrust Commercial Bank Ltd 392 Land Bank of Taiwan 393 Mega International Commercial Bank Co Ltd 394 Taipei Fubon Commercial Bank Co., Ltd. TAIWAN TAIWAN TAIWAN TAIWAN TAIWAN TAIWAN

278920-1

Aprueban Circular relativa al calculo del MORDAZA de cambio para las operaciones realizadas con las Empresas del Sistema Financiero
CIRCULAR Nº 048-2008-BCRP MORDAZA, 14 de noviembre de 2008 Ref.:Calculo del MORDAZA de cambio para las operaciones realizadas con las Empresas del Sistema Financiero. El Directorio del Banco Central, en uso de las facultades previstas en los articulos 62 y 66 de su Ley Organica, considerando la evolucion del MORDAZA cambiario domestico, ha resuelto modificar el calculo del MORDAZA de cambio utilizado en las operaciones realizadas con las Empresas del Sistema Financiero, segun lo establecido en las Circulares Nº 007-2002-EF/90, Nº 014-2006-BCRP y Nº 034-2008-BCRP. Al respecto, el horario para el calculo del MORDAZA de cambio utilizado para la compra y recompra de moneda extranjera a que se refieren los numerales 4.1, 4.3 y 5.3 de la Circular Nº 007-2002-EF/90, para la ejecucion de las garantias que respaldan los Creditos de Regulacion Monetaria senalados en los numerales 5.5 y 5.6 de la Circular Nº 014-2006-BCRP y para el reajuste de los CDR BCRP de que trata el numeral 4. de la Circular Nº 034-2008-BCRP, sera de 09:00 horas a 13:30 horas del dia. La presente Circular rige a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General 278920-2

Que, por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, segun el cual, el Sistema Registral esta conformado por los organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos de inscripcion, encontrandose encargadas, las Oficinas Registrales, del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, siendo facultad de la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA a que se refieren los Informes del Visto, ha formalizado el expediente para delegacion de funciones registrales, el cual ha sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico normativo en materia registral, correspondiendo aprobar la delegacion en mencion, a fin de establecer la vinculacion funcional respectiva; Que, el Articulo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece que en cada Comunidad MORDAZA debe existir una Oficina de Registro de Estado Civil, disponiendo el Art. 262º del Codigo Civil que el matrimonio en las Comunidades Nativas, se tramita y celebra ante un Comite Especial, respecto a lo cual, la Comunidad MORDAZA senalada, no ha presentado el Acta de Conformacion de dicho Comite, por lo que la remision de libros para ese efecto, se efectuara una vez que se acredite la conformacion acotada; y, Estando a las facultades conferidas por Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Supayaku, distrito de Huarango, provincia de San MORDAZA y departamento de Cajamarca. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA referida, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3º.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los Libros de Nacimiento y Defuncion, a la Oficina Registral acotada; correspondiendo a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo 4º.- La Sub Gerencia senalada, proveera los Libros de Matrimonio, a la Oficina de Registros del Estado Civil acotada, cuando esta cumpla con remitir MORDAZA del Acta de Asamblea Comunal, mediante el cual se conforme el Comite Especial, a que hace referencia el Articulo 262º del Codigo Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 278225-3

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Supayaku, departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 775-2008-JNAC/RENIEC MORDAZA, 10 de noviembre de 2008.

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