Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2008 (16/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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DISPOSICIONES FINALES

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de noviembre de 2008

Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 278482-1

PRIMERA.- Facultese al Senor MORDAZA para que via Decreto de Alcaldia pueda ampliar el termino de vigencia de la presente Ordenanza, asi como dicte las disposiciones complementarias para su aplicacion. SEGUNDA.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas, SubGerencia de Imagen Institucional, Agencias Municipales y demas dependencias de la Administracion municipal el estricto cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza Municipal y a la Sub Gerencia de Gestion Tecnologica tomar acciones y/o medidas tecnicas necesarias para la Implementacion y optimizacion del Sistema Informatico. TERCERA.- El Gerente Municipal MORDAZA todo el apoyo logistico y todas las facilidades para la implementacion, difusion y cumplimiento de la presente Ordenanza, bajo responsabilidad. CUARTA.- Dejese sin efecto las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 278483-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO

Autorizan suscripcion de convenio con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para la transferencia de recursos financieros referidos a la ejecucion de obras de infraestructura establecidas como Proyectos de Muros de Contencion
ACUERDO DE CONCEJO Nº 054 San MORDAZA de Lurigancho, 27 de octubre de 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO

Amplian vigencia de la Ordenanza Nº 115-MDLCH
ORDENANZA Nº 120-MDLCH Chosica, 29 de octubre de 2008. POR CUANTO: El Concejo Municipal de Lurigancho - Chosica, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: El Informe emitido por la Gerencia de Obras Privadas, solicitando la ampliacion de la vigencia de la Ordenanza Nº 115-MDLCH. CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de MORDAZA de 2008 se aprobo la Ordenanza Nº 115-MDLCH, por la cual instauro un regimen de "Amnistia de Multas para la Regularizacion de Licencias de Construccion", en la jurisdiccion del distrito de Lurigancho; Que, la Gerencia de Obras Privadas expresa que se manifiesta acogida y aceptacion por parte de los administrados para cumplir con la Regularizacion de Licencias de Construccion en los diferentes ambitos del distrito, por ello es necesario que la Ordenanza Nº 115MDLCH sea prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2008, con la finalidad de que aquellos administrados que a la fecha se encuentran preparando la documentacion que se requiere, puedan hacerlo con mayor tiempo y no verse afligidos por el proximo vencimiento de la amnistia; De conformidad a los dispuesto a los articulos 9° numeral 8), 39° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, con dispensa del tramite de lectura y de aprobacion del acta; aprobo por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 115-MDLCH Articulo Unico.- Ampliar hasta el 31 de diciembre de 2008, la vigencia de la Ordenanza Nº 115-MDLCH que aprueba el regimen de "Amnistia de Multas para la Regularizacion de Licencias de Construccion", en la jurisdiccion del distrito de Lurigancho. DISPOSICION FINAL UNICA.- Autorizar al senor MORDAZA para que Decreto de Alcaldia proceda ampliar el termino vigencia de la presente Ordenanza, asi como dicte disposiciones complementarias para la aplicacion dicha MORDAZA municipal. via de las de

VISTO; en sesion de la fecha, los Oficios Nº 15672008-VIVIENDA/VIMVU-PIMBP de fecha 05/08/08; Nº 1782-2008-VIVIENDA/VIMVU-PIMBP de fecha 27/08/08; Nº 1964-2008/VIVIENDA-VMVU-PIMBP de fecha 17/10/08; Nº 1973-2008/VIVIENDA-VMVU-PIMBP de fecha 17/10/08; y, Oficio Nº 2023-2008/VIVIENDA-VMVU-PIMBP del Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y el Oficio Nº 0672008-A/MDSJL de fecha 11/08/08 del Despacho de Alcaldia de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho; los Oficios Nº 256-2008-MDSJL-GDU de fecha 02/09/08; Nº 257-2008-MDSJL-GDU de fecha 03/09/08, el Informe Nº 187-2008-GDU/MDSJL de fecha 23/10/2008 de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 632-2008-GAJ/MSJL de fecha 23/10/2008 de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Memorandum Nº 817-2008-GM/MDSJL de fecha 23/10/2008 de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, de acuerdo al Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, es una persona de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un pliego presupuestal. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Articulo X del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinacion y asociacion con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de MORDAZA a su poblacion, siendo, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion y conforme al criterio de subsidiariedad, el gobierno mas cercano a la poblacion el mas idoneo para ejercer la competencia o funcion; Que, el Articulo 73º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, precisa lo siguiente: "las municipalidades tomando en cuenta su condicion de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones especificas senaladas en el capitulo II del presente titulo, con caracter exclusivo o compartido en las materias siguientes: ... 1.7 Infraestructura Urbana; 1.8 Vialidad"; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es el organismo rector del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, que de conformidad con la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, tiene entre sus funciones, normar y ejecutar la politica

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