Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2008 (16/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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tiene derecho al respeto por su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad". Que, el Articulo 1º del mencionado texto legal consagra que la defensa de la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, concomitante a ello el Inc. 1) y 22) del Articulo 2º establece como derechos fundamentales de la persona el derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica, a su libre desarrollo y bienestar. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, asi como gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. Que, el Articulo 60º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades y el Inc. h) especifica la funcion de formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la region con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales de riesgo y vulnerabilidad. Que, la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, crea el Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS- como un organismo publico descentralizado adscrito al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­MINDES-; asi mismo, el Articulo 10º de la Ley Nº 28164 que modifica diversos articulos de la Ley Nº 27050, establece la contribucion de los Gobiernos Regionales se realizara mediante Oficinas Regionales de Atencion a las Personas con Discapacidad. Que, el D.S Nº 003-2000-PROMUDEH aprueba el reglamento de la Ley Nº 27050 y establece el regimen legal de proteccion, de atencion en salud, trabajo, educacion, rehabilitacion, seguridad social y prevencion, para que la persona con discapacidad alcance su desarrollo e integracion social, economica y cultural Que, estando a lo dispuesto por la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Articulo 38º, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, ha emitido la siguiente: Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero: OBJETO DISPONER, que en el Programa de Asistencia Social y Promocion Micro Empresarial para las Organizaciones Sociales de Base del Gobierno Regional La MORDAZA, la creacion de una Oficina de Atencion a las Personas con Discapacidad Articulo Segundo: DE LAS FUNCIONES ASIGNAR, como funciones de la Oficina de Atencion a las Personas con Discapacidad, las siguientes: a) Apoyar a las Instituciones Publicas y Privadas, en el desarrollo y evaluacion de programas, proyectos y servicios que promuevan la igualdad y equidad de oportunidades y desarrollo de las personas con discapacidad. b) La defensa de los derechos de las personas con discapacidad. c) Intervencion y disposicion de acciones ante casos de maltrato y abuso en contra de las personas con discapacidad. d) Buscar solucion a conflictos que pueden ser resueltos por medio del entendimiento y la obtencion de compromisos. e) La prestacion de servicios de orientacion para la realizacion de tramites administrativos. f) La coordinacion con las entidades vinculadas para la adecuada atencion de los casos que ameriten la realizacion de un tramite administrativo. g) Generar oportunidades para las personas con discapacidad en coordinacion con las empresas publicas y privadas. Articulo Tercero: DE LA IMPLEMENTACION OTORGAR, un plazo de treinta (30) dias para la implementacion de la Oficina de Atencion a las Personas con Discapacidad parte integrante del Programa de Asistencia Social y Promocion Micro Empresarial para las Organizaciones Sociales de Base del Gobierno Regional La Libertad. Articulo Cuarto: MORDAZA DEROGATORIA DEROGAR y sin efecto legal alguno la Ordenanza Regional Nº 013-2007-GR-LL/CR.

Articulo Quinto: DE LA VIGENCIA La presente ordenanza regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario oficial El Peruano. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los siete dias del mes de octubre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional La MORDAZA AL SENOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La MORDAZA a los siete dias del mes de octubre del ano dos mil ocho. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 278336-6

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Amplian vigencia de la Ordenanza Nº 296-2008/MDB-CDB referida a beneficio especial tributario y no tributario
DECRETO DE ALCALDIA Nº 026-2008-DA/MDB Brena, 3 de noviembre del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTOS: El Informe Nº 0239-2008-GATR-GM-MDB, Pase Despacho de Alcaldia. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 296-2008/MDB-CDB de fecha 23 de Setiembre del 2008 se aprueba la Ordenanza que otorga beneficio Especial Tributario y No Tributario para aquellos contribuyentes que mantengan obligaciones formales y sustanciales pendientes con la Municipalidad Distrital de Brena, hasta el 17 de Octubre del 2008, prorrogada mediante Decreto de Alcaldia Nº 024-2008-DA/MDB hasta el 31 de Octubre del 2008. Que mediante Informe Nº 0239-2008-GATR-GM/MDB de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas solicita al Despacho de Alcaldia la prorroga de la Ordenanza Nº 2962008/MDB-CDB hasta el 15 de Noviembre del 2008, en virtud a que se otorga beneficio tributario a los contribuyentes del Distrito otorgandoles descuentos por concepto de Impuesto Predial hasta el ano 2008 y Arbitrios Municipales hasta el ano 2008, descuentos del 100% de los intereses, moras y reajustes. Esta Ordenanza esta condonando los intereses moratorios hasta el ano 2008 tanto del Impuesto Predial como el de los Arbitrios Municipales. En lo referente a las multas administrativas habra 50% y 80% de descuento. Dentro de este contexto se ha podido establecer que los contribuyentes del Distrito han optado por realizar el pago oportuno de sus impuestos, pero a pesar de estos pagos realizados por algunos contribuyentes la morosidad en el Distrito todavia es elevada en cuanto a los arbitrios municipales. Asimismo se ha podido detectar contribuyentes omisos y subvaluadotes

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