Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2008 (16/11/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

383501

VISTO:

En Sesion Extraordinaria celebrada el dia 20 de MORDAZA del 2008, el Oficio Nº 406-2008-GR-LL-PRE/GGR, de fecha diecinueve de Febrero del dos mil ocho, remitido por el Gerente General Regional sobre modificacion del articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 027-2007GR-LL/CR, y; CONSIDERANDO:

Autorizan a las universidades que cuenten con facultades de Ciencias de la Salud para que desarrollen una jornada formativa academica en establecimientos de salud
ORDENANZA REGIONAL N° 024-2008-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, sobre Descentralizacion Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralizacion Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, y demas normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28518 se promulgo la Ley sobre modalidades formativas laborales, estableciendo en su Art. 12º que las practicas Pre-profesionales es la modalidad que permite a la persona en formacion durante su condicion de estudiante aplicar sus conocimientos, habilidades y aptitudes mediante el desempeno en una situacion real de trabajo. Que, mediante D.S Nº 003-2008-TR se dictan medidas sobre jornadas maximas de modalidades formativas reguladas por la Ley Nº 28518 asi como de las practicas preprofesionales de Derecho y de Internado en Ciencias de la Salud. Que, el numeral 3.1 del Art. 3º del decreto MORDAZA mencionado, senala que los estudiantes de Ciencias de la Salud que desarrollen practicas pre-profesionales en la modalidad de internado en los establecimientos de salud del Sector Publico, tienen una jornada MORDAZA de 6 horas diarias, 36 horas semanales o 150 horas mensuales, incluyendo las guardias nocturnas. Que, es necesario que mediante Ordenanza Regional, se establezca la modalidad formativa academica, que no se encuentra regulada en la Ley Nº 28518, ni en el D.S Nº 0032008-TR tendiente a lograr el mejoramiento de la formacion del estudiante que garantice un eficiente desempeno. Que, las jornadas formativas, conjuntamente con las jornadas academicas complementarian la formacion del futuro profesional en salud, con una formacion de calidad y alta competitividad, la misma que reflejara en la mejora de la prestacion del servicio que prestara a la colectividad. Que, la modalidad formativa academica estara a cargo de Profesores Tutores de las Universidades Publicas y Privadas que tengan facultades de Medicina o Ciencias de la Salud, quienes supervisaran el desarrollo y desenvolvimiento academico de los alumnos. Que, estando a lo dispuesto por la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Articulo 38º, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, ha emitido la siguiente: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- OBJETO Autorizar que las Universidades que cuenten con facultades de Ciencias de la Salud desarrollen una jornada formativa academica en los establecimientos de salud de la region La Libertad. Las jornadas academicas se realizaran de acuerdo a los convenios regionales y especificos aprobados por el Consejo Regional MORDAZA de su suscripcion por los representantes de las universidades y el Gobierno Regional La MORDAZA, respetando los lineamientos dispuestos en el DS Nº 003-2008-T. Articulo Segundo.- DEL CUMPLIMIENTO Los establecimientos de salud publica dentro de la jurisdiccion del Gobierno Regional La MORDAZA cumpliran lo

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 0272007-GR-LL/CR, de fecha once de Diciembre del dos mil siete, se constituyo la Coordinadora Regional Multisectorial de Salud (COREMUSA) como mecanismo de coordinacion de la Region La MORDAZA de la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud (CONAMUSA), para el financiamiento y ejecucion de programas de lucha contra el VIH/SIDA, tuberculosis (TBC) y malaria. Que, la citada Ordenanza Regional en su articulo MORDAZA prescribe que el Gobierno Regional a traves de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, presidira la COREMUSA, asimismo en el articulo MORDAZA senala que la Gerencia Regional de Desarrollo Social, articula con la Direccion Regional de Salud (DIRES) la instalacion de la Coordinadora Regional Multisectorial de Salud. Que, habiendose desactivado el funcionamiento de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y cambiado la denominacion de la Direccion Regional de Salud, se hace necesario modificar dicha disposicion, en el sentido que la COREMUSA estara presidida por el Gerente de Salud La MORDAZA en representacion del Gobierno Regional La Libertad. Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Estado y en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902 y Nº 29053. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- MODIFICAR, los articulos MORDAZA y MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 027-2007-GR-LL/ CR, de fecha once de diciembre del dos mil siete, en los siguientes terminos: "Articulo Cuarto.- El Gobierno Regional La MORDAZA a traves de la Gerencia de Salud de La MORDAZA, presidira la COREMUSA. Articulo Quinto.- ENCARGUESE, a la Gerencia de Salud del Gobierno Regional de La MORDAZA, la instalacion de la Coordinadora Regional Multisectorial de Salud, en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario, luego de publicada la presente Ordenanza." Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional La MORDAZA AL SENOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La MORDAZA a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 278336-3

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.