Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2008 (16/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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383509

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; POR CUANTO:

El Concejo Distrital de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, estando al contenido del Dictamen Nº 022008-CAPP-CM-MDS de la Comision de Administracion, Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 009-2008/ GM-MDS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 1242008-GPP/MDS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 151-2008-GAJ-MDS de la Gerencia de Asesoria Juridica y de conformidad con lo dispuesto el articulo 36º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y el articulo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­TUPADE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO

Articulo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­TUPA- de la Municipalidad Distrital de Surquillo que, como anexo, forma parte de la presente norma. Articulo 2º.- Aprobar los derechos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­TUPA de la Municipalidad Distrital de Surquillo, aprobado por el articulo anterior. Articulo 3º.- Deroguese la Ordenanza Municipal Nº 130-MDS, la Ordenanza Nº 157-MDS y sus demas normas modificatorias y todas aquellas que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza Articulo 4º.- De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, el texto de la presente Ordenanza sera publicado en el Diario Oficial "El Peruano" y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA ­ se publicara en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas que administra la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica ­ ONGEI- y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de Surquillo ­ www.munisurquillo.gob.pe -, entrando en vigencia al dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que ratifique los derechos administrativos contenidos en ella. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 278559-1

economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 78° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, es competencia y funcion de las municipalidad velar por la salud y tranquilidad del vecindario; Que, el articulo 73° de la Ley Organica de Municipalidades en su inciso 7), determina que la Municipalidad tiene como competencia la prevencion, rehabilitacion y lucha contra el consumo de drogas y puede organizar Comites Multisectoriales de prevencion del consumo de drogas con la asistencia tecnica de la Comision Nacional de Desarrollo de MORDAZA sin Drogas ­ DEVIDA; Que, el 31 de marzo se suscribio el Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas ­ DEVIDA y la Municipalidad Distrital de Surquillo para la transferencia financiera con el fin de ejecutar la Actividad "Prevencion del Consumo de Drogas en el distrito de Surquillo" del Plan de Impacto Rapido con el respectivo Plan Operativo Anual; Que, es objetivo estrategico del distrito de Surquillo prevenir y reducir el consumo de drogas legales e ilegales en el MORDAZA del cumplimiento a la Ley Organica de Municipalidades y priorizacion de la tematica en la Agenda Municipal; Con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa del tramite de comisiones y de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA CREA EL PROGRAMA DE PREVENCION DEL CONSUMO DE DROGAS EN EL DISTRITO DE SURQUILLO Articulo 1º.- Objeto de la norma.- Crease el Programa de Prevencion del Consumo de Drogas en el distrito de Surquillo, como proyecto permanente de la Municipalidad de Surquillo que implemente y ejecute la politica social municipal de la lucha contra la venta y el consumo de drogas en el distrito, actuando en el MORDAZA de la prevencion y rehabilitacion, en preservacion de la salud y la integridad social de la ninez y de la juventud surquillana. Articulo 2º.- Organo encargado.- El Programa de Prevencion del Consumo de Drogas dependera de la Gerencia de Desarrollo Social y de Juventudes a quien le corresponde disenar, monitorear, supervisar, coordinar y ejecutar proyectos, actividades y demas tareas vinculadas a la prevencion del consumo de drogas y conductas de riesgo en el ambito local, asi como la erradicacion de la venta de drogas, en cumplimiento de la politica descrita en el articulo anterior. Corresponde a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto incorporar obligatoriamente, por lo menos, un proyecto o actividad elaborado por el Programa en el Presupuesto Institucional y en el Plan Operativo Anual para su ejecucion. Articulo 3º.- Comite Multisectorial.- El Programa de Prevencion del Consumo de Drogas contara con un Comite Multisectorial el cual estara integrado por: 1. El MORDAZA del distrito de Surquillo o el representante que designe, quien la presidira. 2. Dos Regidores del Concejo Municipal de Surquillo, por la Comision de Seguridad Ciudadana y por la Comision de Desarrollo Social 3. El Jefe Distrital de la Policia Nacional de Surquillo. 4. El Gobernador del distrito de Surquillo. 5. Un representante de la Iglesia Catolica. 6. Un representante de la Confraternidad de MORDAZA Evangelicas de Surquillo. 7. Un representante de los Juzgados de Paz de Surquillo. 8. Un representante del Sector Salud de Surquillo. 9. Dos representantes de las Instituciones Educativas de Surquillo. 10. Dos representantes de las Organizaciones Sociales y Juveniles del distrito. Articulo 4º.- Funciones del Comite.- El Comite Multisectorial de Prevencion del Consumo de Drogas tiene como finalidad brindar asistencia, apoyo y asesoramiento al Programa en el cumplimiento de las funciones que se asignan por esta Ordenanza.

Crean el Programa de Prevencion del Consumo de Drogas en el distrito de Surquillo
ORDENANZA Nº 199-MDS Surquillo, 15 de agosto de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO, POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley N° 27972 Organica de Municipalidades en concordancia con lo dispuesto en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, establece que los gobiernos locales, gozan de autonomia

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