Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2009 (13/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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PROVINCIAS

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 13 de MORDAZA de 2009

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Ordenanza Nº 010-2009/MDV.- Aprueban Reglamento para el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2010 399045 Ordenanza Nº 027-2007-MDV.- Reglamentan la instalacion de elementos de publicidad exterior y/o anuncios en el distrito 399045

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Acuerdo Nº 00098.- Aprueban ratificacion de la Ordenanza Municipal N° 027-2007-MDV de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, que reglamenta la instalacion de Elementos de Publicidad Exterior y/o Anuncios en el distrito 399044

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Modifican la R.D. Nº 72-2008-AGSENASA-DSV, que establecio limites de tolerancia de semillas de malezas no cuarentenarias presentes en los envios de semillas sexuales importadas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 37-2009-AG-SENASA-DSV.
La MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2009. VISTO: El Informe Tecnico Nº 09-2009-AG-SENASA-SCV-DSV de fecha 20 de MORDAZA de 2009, el cual busca modificar los niveles de tolerancia MORDAZA de semillas de malezas no cuarentenarias, permitidas para el ingreso de envios de semillas sexuales al pais; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, en el Articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la OMC; Que, con Resolucion Directoral Nº 72-2008-AG-SENASADSV se MORDAZA que todos los envios de semillas sexuales que cuenten con requisitos fitosanitarios establecidos por el SENASA para su importacion, deben venir libres de malezas cuarentenarias para nuestro pais; asimismo, se establece dos niveles de tolerancia para semillas de malezas no cuarentenarias que podrian encontrarse presentes acompanando los envios de semillas sexuales importadas. Que, se ha visto conveniente tomar en consideracion lo propuesto en el Informe Nº 02/2008-AG-SENASAOCDP-UCDSV-Mal para realizar una modificacion en los niveles de tolerancias para la presencia de semillas no cuarentenarias, en envios de semillas sexuales importadas, dado que se ha detectado dentro de las muestras analizadas, la presencia de semillas sexuales de especies cultivadas que por caracteristicas botanicas exceden los niveles propuestos inicialmente. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005AG, la Resolucion Directoral Nº 34-2007-AG-SENASA-DSV y con el visto MORDAZA del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 72-2008-AG-SENASA-DSV en el cual se

establece los niveles de tolerancia de semillas de malezas no cuarentenarias presentes en los envios de semillas sexuales importadas de la siguiente manera: a) Para semillas de malezas anuales la tolerancia MORDAZA es hasta el 0.15% b) Para semillas de malezas perennes la tolerancia MORDAZA es hasta el 0.1% Ambos niveles son considerados respecto al peso de la muestra de trabajo analizada por la Unidad del Centro de Diagnostico de Sanidad Vegetal del SENASA. Articulo 2º.- Mantener subsistente en lo demas que contiene. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria

370718-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Mesa de Dialogo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Andinos en Extrema Pobreza
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 473-2009-MTC/01
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2009. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 135-2009-PCM, se constituyo una Mesa de Dialogo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Andinos en Extrema Pobreza, con la finalidad que el Estado, con la participacion de las Comunidades Campesinas, las autoridades regionales y locales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica, atienda la solucion de las demandas concretas de las comunidades campesinas de los departamentos MORDAZA senalados, y elabore un plan de desarrollo integral para la zona; Que, de conformidad con lo establecido en la citada Resolucion Suprema, la Mesa de Dialogo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Andinos en Extrema Pobreza, estara integrado, entre otros, por un representante titular y alterno, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a los representantes titular y alterno, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la referida Mesa de Dialogo; De conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al ingeniero economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA,

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