Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2009 (07/09/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

402159

Parraguez, Presidente de la "Comision de Adecuacion e Implementacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, para las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura (ODECMAs)", a esta Jefatura Suprema de Control el informe final, al haber concluido la mencionada Comision las funciones encomendadas, segun lo dispuesto por la Resolucion de Jefatura Nº 0702009-J-OCMA/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (ROF-OCMA), aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolucion Administrativa Nº 129-2009-CE-PJ, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 01 de MORDAZA de 2009, establece el MORDAZA MORDAZA normativo de la actividad contralora a nivel nacional; Que, esta Jefatura Suprema de Control establecio la creacion de la "Comision de Adecuacion e Implementacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, para las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura (ODECMAs)", con la finalidad de dictar las pautas organizativas, directivas y politicas para la adecuada aplicacion del MORDAZA ROF de la OCMA y absolver las consultas que se formulen en esta materia. Que, estando al Informe del visto, en el cual se formulan las propuestas de la Comision, creada por Resolucion Nº 070-2009-J-OCMA-PJ; y teniendo en cuenta los alcances del pronunciamiento de la Reunion de los 29 Jefes de las ODECMAs a nivel nacional y magistrados de la OCMA, realizado los dias 18 y 19 de junio de 2009, esta Jefatura Suprema de Control considera necesario expedir la resolucion correspondiente: 1.- DIRECTIVAS PARA EL PAGO DE LAS MULTAS IMPUESTAS POR QUEJA MALICIOSA Que, el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la OCMA en su Art. 83 y Setima Disposicion Final, dispone imponer la sancion de multa en el caso que se formule queja manifiestamente maliciosa, en tal sentido, la resolucion que imponga la sancion, debera ser comunicada a la Sub Gerencia de Recaudacion de la Gerencia de Servicios Judiciales de la Gerencia General del Poder Judicial, una vez que esta medida MORDAZA quedado firme, para su cobranza respectiva; 2.- MECANISMOS DE PARTICIPACION DE LA SOCIEDAD EN LOS ORGANOS DE CONTROL, CENTRAL Y DESCONCENTRADOS Que, los Representantes de la Sociedad desarrollan funciones de apoyo a la labor contralora, contando para ello con legitimidad extraordinaria para intervenir en cualquier accion de control, veeduria en los operativos contralores y su participacion en las acciones de control preventivo entre otras; funciones de igual naturaleza que desempenaran ante las ODECMAs los representantes respectivos. Que, para hacer efectiva dicha participacion ante los Organos Desconcentrados de Control (ODECMAs) a nivel nacional, en el MORDAZA de la Ley Nº 28149, su Reglamento y el MORDAZA ROF-OCMA, las instancias pertinentes de este Poder del Estado, deberan dar cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 3 de la Resolucion Administrativa Nº 129-2009-CE-PJ. Que, los Representantes de la Sociedad ante la OCMA y las ODECMAs, con el fin de cumplir con el desempeno funcional previsto en el MORDAZA ROF-OCMA, y una vez abierto el procedimiento disciplinario, deberan ser notificados con las resoluciones que pongan fin a la instancia, salvo que se hubieren apersonado al procedimiento como parte o tercero legitimado, en cuyo caso se les notificara en la forma correspondiente. Que, cuando lo disponga en forma expresa la Jefatura de la OCMA o de las ODECMAs, en el ambito de su competencia, los Representantes de la Sociedad, podran participar como veedores en el acto de la intervencion, en los operativos anticorrupcion que se programen,

guardando la confidencialidad de toda la informacion a la cual tiene acceso, tomando en cuenta el MORDAZA de reserva y cautelando la transparencia de la actividad de control; 3.- ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL Y CUADRO ANALITICO DE PERSONAL DE LAS ODECMAs A NIVEL NACIONAL Que, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a partir de la vigencia del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones ROF-OCMA, debe adecuar aspectos de caracter funcional y organizativo de la OCMA y las ODECMAs a nivel nacional, utilizando para este fin un Organigrama MORDAZA, con la finalidad de graficar la nueva estructura y conformacion de los organos contralores, asi como el numero de magistrados, personal jurisdiccional y administrativo, necesario en cada Organo de linea y en los Organos de apoyo respectivamente; dicho Organigrama debera contar con el Cuadro Analitico de Personal (CAP), requerido para el cumplimiento de las funciones contraloras en Sede Central y Desconcentrada; Que, esta Jefatura Suprema de Control, recoge la propuesta de Organigrama MORDAZA y Cuadro Analitico del Personal (CAP), elevado por la "Comision de Adecuacion e implementacion del ROF-OCMA para las ODECMAs", el mismo que ha sido elaborado con la participacion de los 29 Jefes de las ODECMAs a nivel nacional y magistrados de la OCMA, por tanto recoge la realidad y necesidades para el adecuado funcionamiento de los organos desconcentrados de control a nivel nacional, excepto el de la Corte Superior de MORDAZA, que presenta singularidades debido a la complejidad, alta carga procesal y numero de organos jurisdiccionales, por lo cual el Organigrama que debera guiar la organizacion de dicha Corte resulta referencial, debiendo de adaptarse en la practica a sus necesidades; tales propuestas constituyen herramientas indispensables para el buen funcionamiento y organizacion de los organos contralores; Que, el Organigrama MORDAZA MORDAZA mencionado comprende dos categorias: i) Distritos Judiciales con Consejo Ejecutivo Distrital (cuentan con seis o mas de MORDAZA Superiores) y ii) Distritos Judiciales sin Consejo Ejecutivo Distrital, en la que se distingue, dos subtipos: a) Cortes Superiores cuyo numero de MORDAZA Superiores sea de tres a cinco y b) Cortes Superiores en las que existan de una a dos MORDAZA Superiores. Adicionalmente, los organigramas contienen las ideas basicas para la estructuracion del Cuadro Analitico de Personal (CAP), de acuerdo al numero de magistrados y organos jurisdiccionales que tenga la Corte respectiva, los mismos que se pueden apreciar de manera grafica en los anexos de la presente resolucion; Que, la propuesta de Organigrama MORDAZA y Cuadro Analitico de Personal, MORDAZA mencionado debe elevarse para el conocimiento, evaluacion y eventual aprobacion por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en su condicion de Organo de Gobierno nacional de este poder del Estado; 4.- ASIGNACION DE PERSONAL NECESARIO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS ORGANOS DE CONTROL DISTRITAL Que, segun dispone la Resolucion Administrativa Nº 129-2009-CE-PJ, en su articulo tercero MORDAZA parrafo, "El personal de apoyo que requieran las ODECMAs, sera asignado por las Cortes Superiores de Justicia mediante acciones de racionalizacion", sobre este punto esta Jefatura Suprema de Control, solicita al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, instar a los Organos de Gobierno Distrital de las 29 Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, a realizar acciones con la finalidad de proveer a los organos contralores respectivos, del personal jurisdiccional y administrativo necesario para el funcionamiento y organizacion segun lo dispuesto por el MORDAZA ROF-OCMA; 5.- EXCLUSIVIDAD DE LA FUNCION CONTRALORA EN LAS OFICINAS DESCONCENTRADAS DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA (ODECMAs) Que, el MORDAZA Reglamento de Organizacion y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.