Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2009 (07/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

402169

"b).- Plan de financiamiento economico en la que se determine la forma de adquisicion de unidades vehiculares del ano, cero kilometros (Diesel, Biodiesel o Gas Natural Vehicular) conforme al siguiente cronograma: · 5% de la flota vehicular requerida en la ficha tecnica de la ruta a ser operada, que deberan ser adquiridas en el primer ano de la concesion o de la autorizacion. · 10% de la flota vehicular requerida en la ficha tecnica de la ruta a ser operada, que deberan ser adquiridas en el MORDAZA ano de la concesion o de la autorizacion. · 15% de la flota vehicular requerida en la ficha tecnica de la ruta a ser operada, deberan ser adquiridas en el tercer ano de la concesion o de la autorizacion. · 20% de la flota vehicular requerida en la ficha tecnica de la ruta ser operada, deberan ser adquiridas en el MORDAZA y MORDAZA ano de la concesion o de la autorizacion. · 50% de la flota vehicular requerida en la ficha tecnica de la ruta a ser operada, deberan ser adquiridas dentro del MORDAZA al noveno ano de la concesion o de la autorizacion. En modo alguno dicho cronograma impide o limita que la empresa de transporte pueda adelantar el MORDAZA de renovacion de su flota vehicular en porcentajes mayores a las establecidas en el presente articulo. Los vehiculos retirados como consecuencia de la renovacion prevista en el presente articulo seran dados de baja definitivamente del registro de transporte de la Gerencia General de Transporte MORDAZA y no podran ser habilitados en ninguna ruta bajo la administracion de la Municipalidad del Callao. Si el resultado obtenido luego de la aplicacion de los porcentajes previstos en el presente articulo termina en numero decimal, se procedera al redondeo mayor de la cifra." Articulo 3º.- Modifiquese el articulo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 000020 de fecha 31 de marzo del 2007, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: "Articulo 5º.- Las empresas de transporte que cuentan con autorizacion vigente para la prestacion del servicio de transporte regular de personas podran presentar sus propuestas ante la Gerencia General de Transporte MORDAZA a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Las empresas de transporte podran asociarse entre si o constituir consorcios para cumplir con los requisitos y compromisos que se asumen ante la Autoridad Municipal." Articulo 4º.- Derogase la Tercera, Cuarta y MORDAZA Disposiciones Finales de la Ordenanza Municipal Nº 000020 de fecha 31 de marzo del 2007. Articulo 5º.- Derogase la Ordenanza Municipal Nº 000007, de fecha 1 de diciembre de 1998, la Ordenanza Municipal Nº 000003, del 28 de febrero del 2000, Ordenanza Municipal Nº 000004, del 13 de marzo del 2001." Articulo 6º.- Facultase al senor MORDAZA a dictar las normas municipales necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo 7º.- Encargase a la Gerencia General de Transporte MORDAZA proponer el proyecto de modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos. Articulo 8º.- Publicase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y encargase a la Gerencia de Informatica la publicacion de la Ordenanza Municipal y anexos en el MORDAZA Institucional www.municallao.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano www.peru.gob.pe. Articulo 9º.- Encargase a la Gerencia General de Transporte MORDAZA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 10º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 393472-1

Aprueban Reglamento para el otorgamiento de licencia de conducir vehiculos menores en la Provincia Constitucional del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000041 Callao, 14 de agosto de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 14 de agosto de 2009, aprobo la siguiente;Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 9 inciso 8 senala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos y en el articulo 81 numeral 1.1. y 1.2 corresponde a las Municipalidades Provinciales en materia de MORDAZA, viabilidad y transporte publico ejercen las funciones especificas exclusivas de normar, regular y planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel provincial, asimismo, normar y regular el servicio publico de transporte terrestre MORDAZA e interurbano de su jurisdiccion, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000002 del 27 de agosto de 1996, se aprueba el Reglamento de Licencias de Conducir para Vehiculos Menores en la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, en el articulo 9 inciso 1 senala que las municipalidades provinciales tienen competencia normativa para dictar las normas complementarias de caracter municipal necesarias para la regulacion de las licencias de conducir vehiculos de la categoria L, de la clasificacion vehicular del Reglamento Nacional de Vehiculos, dentro de su jurisdiccion, sin contravenir lo establecido en el reglamento; asimismo, en el inciso 2 literal b) senala que tiene competencia de gestion para emitir y otorgar, dentro de su jurisdiccion, la licencia de conducir de la clase B, a los postulantes que hayan aprobado los requisitos establecidos por la autoridad competente; Que, en la sesion de la fecha se adopto el Acuerdo de Concejo Nº 000196-2009, el mismo que acuerda aprobar la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para licencias de Conducir Vehiculos Menores en la Provincia Constitucional del Callao, con la finalidad de reglamentar el otorgamiento de licencias, asi como la recategorizacion, revalidacion, canje y duplicado de las mismas, procedimientos que son de competencia de la Gerencia General de Transporte MORDAZA, teniendo como antecedentes el Informe Nº 2316-2009MPC/GGTU de la Gerencia General de Transporte MORDAZA, que hace MORDAZA el Informe Nº 476-2009-MPC-GGTU/SGCA de la Sub Gerencia de Coordinacion y Apoyo de Transporte, el Memorando Nº 1231-2009-MPC-GGAJC, de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, que hace MORDAZA el Informe Nº 387-2009-MPC-GGAJC/SGCAA, de la Sub Gerencia de Coordinacion y Apoyo, todos los cuales opinan favorablemente a la aprobacion de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR VEHICULOS MENORES EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento para el otorgamiento de licencias de conducir vehiculos menores en la Provincia Constitucional del Callao y anexos los mismos que son parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Autorizase al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas para la aplicacion de la presente Ordenanza.

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