Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2009 (07/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de setiembre de 2009

Callao que es parte integrante de la presente Ordenanza; asimismo, apruebase los anexos 1 y 2 que forman parte de la presente MORDAZA Municipal. Articulo 2º.- Modificase la Ordenanza Municipal N° 000010 del 24 de febrero de 2007, que aprueba el Regimen de Aplicacion de Sanciones, incorporando en el Cuadro de Infracciones y Sanciones, en el titulo Gerencia General de Desarrollo MORDAZA - Obras Privadas y Fiscalizacion MORDAZA, las sanciones citadas en los articulos 15 y 16 del Reglamento que se aprueba, con los Codigos 01-087, 01-088, 01-089, 01-090, 01-091, 01-092, 01-093, 01-094, 01-095 y 01-096, precisados en el Anexo 02 que es parte constitutiva de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Publicase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y encargase a la Gerencia de Informatica la publicacion de la Ordenanza Municipal y anexos en el MORDAZA Institucional www.municallao.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano www.peru.gob.pe. Articulo 5º.- Encargase a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA proponer el proyecto de modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos. Articulo 6º.- Deroguese las normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 7º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 393478-1

Aprueban Reglamento del servicio de transporte publico regular de pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000040 Callao, 14 de agosto de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 14 de agosto de 2009, aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y el articulo 195 inciso 5, senala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo, son competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 9 inciso 8, indica que compete al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos y en el articulo 81 inciso 1, apartado 1.4, senala que las municipalidades, en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico, ejercen las funciones de normar y regular el transporte publico y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros, asi como regular el transporte de carga e identificar las vias y rutas establecidas para tal objeto; Que, la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181, en el articulo 17, apartado 17.1, literal a)

senala que las municipalidades provinciales, en su respectiva jurisdiccion y de conformidad con las leyes y los reglamentos nacionales, tienen competencia en materia de transporte y MORDAZA terrestre para emitir las normas y disposiciones, asi como realizar los actos necesarios para la aplicacion de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ambito territorial; Que, Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, en el articulo 11, senala que las municipalidades provinciales en materia de transporte terrestre cuentan con las competencias previstas en dicho Reglamento se encuentran facultadas, ademas, para dictar normas complementarias aplicables a su jurisdiccion, sujetandose a los criterios previstos en la ley, al Reglamento y los demas reglamentos nacionales; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000007, del 1 de diciembre de 1998, denominada Ordenanza Codificatoria de Infracciones, Procedimiento de Multas y Sanciones, referidas al Reglamento Nacional de Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros para la Provincia Constitucional del Callao, establece las disposiciones contempladas en el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-95-MTC, en lo que se refiere a infracciones y multas, asi como los procedimientos administrativos que conllevan a ejercer el derecho de defensa del infractor; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000003, del 28 de febrero del 2000, modifica los articulos Noveno y Decimo MORDAZA de la Ordenanza Codificatoria de Infracciones, Procedimiento de Multas y Sanciones, referidas al Reglamento Nacional de Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de pasajeros para la Provincia Constitucional del Callao; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000004, del 13 de marzo del 2001, modifica los articulos Duodecimo y Decimo MORDAZA de la Ordenanza Municipal Nº 000007, del 1 de diciembre de 1998 y su modificatoria la Ordenanza Municipal Nº 000003, del 28 de febrero del 2000; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000020, del 31 de marzo de 2007, aprueba el Procedimiento de Acceso a Otorgamiento de Autorizaciones para el Servicio de Transporte Publico en sus Diversas Modalidades; Que, en la sesion de la fecha se adopto el Acuerdo de Concejo Nº 000195-2009, el mismo que aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Publico Regular MORDAZA e Interurbano de Pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao a traves de la presente Ordenanza y cuenta como antecedentes el Dictamen Nº 01-2009-MPC-SR-CT, de la Comision de Transporte, el Informe Nº 117-2009-MPC/GGTU, emitido por la Gerencia General de Transporte MORDAZA y el Memorando Nº 1216-2009-MPC-GGAJC, de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion el mismo que remite y hace MORDAZA el Informe Nº 385-2009-MPC-GGAJC/ SGCA, emitido por la Sub-Gerencia de Coordinacion y Apoyo, todos favorables a la aprobacion de la presente Ordenanza; Que, es necesario que la Municipalidad Provincial del Callao dicte normas que permitan lograr avances de caracter tecnico, legal y condiciones de operacion, renovacion permanentemente del MORDAZA automotor, asi como la formacion de verdaderas empresas de transporte publico regular de pasajeros, que traera la modernidad y el buen servicio al usuario mediante la circulacion de unidades nuevas, que podran transportar un mayor numero de usuarios por cada unidad de servicio; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO REGULAR DE PASAJEROS EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Articulo 1º.- Apruebanse el Reglamento del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao, el Anexo I, denominado Cuadro de Tipificacion de Incumplimientos al Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros y el Anexo II Cuadro de Tipificacion de Infracciones al Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros, los cuales son parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Modifiquese el articulo 4 literal b) de la Ordenanza Municipal Nº 000020 de fecha 31 de marzo del 2007, el mismo que queda redactado de la siguiente manera:

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