Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2010 (23/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 2010

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar licencia por motivos personales del 22 al 30 de diciembre de 2010, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General del Ministerio de Agricultura. Articulo 2º.- Encargar, las funciones del Secretario General del Ministerio de Agricultura, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Agricultura, en tanto dure la ausencia del Titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura
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Lago Chinchaycocha, las dimensiones del aliviadero de demasias y la simulacion de descargas maximas para identificar zonas de desborde e inundaciones aguas abajo de la presa Upamayo. c) Que los usuarios hidroenergeticos presenten el Manual de Operacion y Mantenimiento de acuerdo a su licencia de uso de agua. d) Que la empresa SN Power Peru S.A, proceda con la demolicion y/o eliminacion de la mamposteria de MORDAZA y los sedimentos consolidados que alteran el normal MORDAZA del flujo de excedencias en el aliviadero de la presa Upamayo. Que, en consecuencia, corresponde aprobar la propuesta del Grupo Tecnico Temporal de Alto Nivel para fijar, temporalmente, por el plazo de catorce (14) meses, las cotas maximas y minimas de operacion del embalse Chinchaycocha, asi como las recomendaciones senaladas en el considerando precedente; y Con el visto de la Oficina de Asesoria Juridica y en uso de las funciones y atribuciones conferidas a esta Direccion en el articulo 34º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar las cotas maximas y minimas que deberan mantenerse por un periodo de catorce (14) meses en el embalse Chinchaycocha, las mismas que serviran de sustento y de referencia obligatoria para la elaboracion del plan de descarga del citado embalse por parte de los operadores; conforme al cuadro que se detalla a continuacion:
Mes MORDAZA (psnm) Minimo (psnm) Enero 13413,00 Febrero 13413,00 Marzo 13413,00 MORDAZA 13419.00 13413,00 MORDAZA 13419,00 13413,00 Junio 13419,00 13413,00 MORDAZA 13418,00 13413,00 Agosto 13417,00 13413,00 Septiembre 13416,00 13413,00 Octubre 13416,00 13413,00 Noviembre 13416,00 13413,00 Diciembre 13417,00 13413,00 Nota: los meses de enero, febrero y marzo son meses de recarga, en cuyo periodo, la cota MORDAZA no excedera de 13 419 psnm.

Aprueban cotas maximas y minimas que deberan mantenerse en el embalse Chinchaycocha, que serviran para la elaboracion del plan de descarga por parte de los operadores
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 002-2010-ANA-DEPHM

MORDAZA, 13 de diciembre de 2010 VISTO: El Informe Tecnico Nº 002-2010-ANA-DEPHM/JHP; y, CONSIDERANDO: Que, segun el articulo 34º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2010AG, la Direccion de Estudios y Proyectos Hidraulicos Multisectoriales, tiene como funcion aprobar los planes de descarga de las presas integrantes de infraestructura hidraulica mayor publica; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 149-98AG, se precisan los alcances de las licencias de uso de agua de la empresas Electro Peru S.A. y Centromin S.A. para el aprovechamiento del recurso hidrico del lago MORDAZA (embalse Chinchaycocha), estableciendose reglas de operacion para la descarga regulada para dicho embalse; Que, a fin de establecer medidas para lograr el mejor uso del recurso hidrico de la MORDAZA Chinchaycocha, con fecha 03.06.2010, se instalo el Grupo Tecnico Temporal de Alto Nivel, encargado de analizar las cotas de operacion del embalse Chinchaycocha dentro del MORDAZA de la Resolucion Ministerial senalada en el considerando precedente; Que, el precitado Grupo Tecnico ha presentado la propuesta para fijar, temporalmente, por el plazo de catorce (14) meses, las cotas maximas y minimas de operacion del embalse Chinchaycocha para el ano 2011; Que, el Informe del visto, previo analisis recomienda: a) Dar conformidad a la propuesta del Grupo Tecnico, senalando que las cotas serviran de sustento para la elaboracion de los planes de descarga por parte de los operadores, razon por la cual recomienda su aprobacion; b) Que el Comite de Gestion Ambiental Chinchaycocha coordine la elaboracion del Estudio Hidrologico que determine la disponibilidad hidrica de la MORDAZA del

Articulo 2°.- Disponer que el Comite de Gestion Ambiental Chinchaycocha coordine el desarrollo del Estudio Hidrologico, que determine: la disponibilidad hidrica de la MORDAZA del Lago Chinchaycocha, las dimensiones del aliviadero de demasias y la simulacion de descargas maximas para identificar zonas de desborde e inundaciones aguas abajo de la presa Upamayo. Articulo 3°.- Disponer, que los usuarios hidroenergeticos presenten el Manual de Operacion y Mantenimiento, que involucre a todo el sistema de alimentacion, regulacion, descarga y aprovechamiento de los recursos hidricos autorizados, de acuerdo a la Licencia vigente. Articulo 4°.- Requerir al operador SN Power Peru S.A, para que retire la mamposteria de MORDAZA y los sedimentos consolidados que alteran el normal MORDAZA del flujo de excedencias en el aliviadero de la presa Upamayo. Articulo 5°.- Encargar a la Administracion Local de Agua Pasco y Administracion Local de Agua Mantaro, la supervision del cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Direccion de Estudios de Proyectos Hidraulicos Multisectoriales Autoridad Nacional del Agua
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