Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2010 (20/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

411499

La Directora Nacional de la Biblioteca Nacional del Peru, VISTO, los Memorandum Nº 040­2010­BNP/ OA y el Memorandum Nº 237­2009­BNP/OA, mediante el cual la Directora General de la Oficina de Administracion propone a este Despacho la emision de la Resolucion donde se precise el Monto a Pagar por Ampliacion de Plazo por 45 dias para la Supervision de Obra de la Tercera Etapa "PIP" Recuperacion de la Gran Biblioteca Publica de MORDAZA - Sede Abancay otorgada mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 234 ­ 2009 ­ BNP. CONSIDERANDO Que, la Biblioteca Nacional del Peru, es un Organismo Publico Ejecutor conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, por el cual se aprobo la calificacion de Organismos Publicos de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Que, de acuerdo a lo indicado en el articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, la Biblioteca Nacional del Peru tiene autonomia tecnica, administrativa y economica que la facultan a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad; Que, el Decreto Legislativo Nº 1017, y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establecen las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Publico en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras que realicen; Que, considerando que el contrato de la supervision de obra tiene vigencia en la obligacion de forma indeterminada y condicionada hasta la liquidacion de la obra, estimando en su totalidad de la prestacion la suma de S/. 13 500.00 nuevos soles; Que, segun el articulo 191º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado prescribe: "...Cuando en los casos distintos a los adicionales de obras, se produzcan variaciones en el plazo de la obra o variaciones en el ritmo de trabajo de la obra, autorizadas por la Entidad, y siempre que impliquen mayores prestaciones en la supervision, el Titular de la Entidad puede autorizarlas, bajo las mismas condiciones del contrato original y hasta por un MORDAZA del quince por ciento (15%) del monto contratado de la supervision, considerando para calculo todas las prestaciones adicionales previamente aprobadas. ...."; Que, segun la MORDAZA, se debe calcular como MORDAZA el 15% al valor contractual por los 45 dias de Ampliacion de Plazo para la Supervision de la Obra: Tercera Etapa "PIP" Recuperacion de la Gran Biblioteca Publica de MORDAZA - Sede Abancay para la supervision cedidas por Resolucion Direccion Nacional Nº 234-2009-BNP; Que, mediante Memorandum Nº 237-2009-BNP/ OA, propone la emision de la Resolucion donde se precisa el Monto por Ampliacion de Plazo por 45 dias para la Supervision de Obra de la Tercera Etapa "PIP" Recuperacion de la Gran Biblioteca Publica de MORDAZA Sede Abancay otorgada mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 234-2009-BNP; y, De conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado ­ D.L. Nº 1017 y Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado ­ D.S. Nº 184-2008-EF y el Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional del Bibliotecas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ESTABLECER, que el Monto por Ampliacion de Plazo por 45 dias para la Supervision de Obra de la Tercera Etapa "PIP" Recuperacion de la Gran Biblioteca Publica de MORDAZA - Sede Abancay otorgada mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 234 ­ 2009

­ BNP, Articulo Primero es de S/. 2, 025.00 nuevos soles (Dos Mil Veinticinco con 00/100 nuevos soles), por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER, que la presente Resolucion se publique en la pagina Web de la Biblioteca Nacional del Peru (www.bnp.gob.pe). Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional (e) 447450-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dejan sin efecto el nombramiento de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales
RESOLUCION DE INTENDENCIA N° 010-024-0000142 MORDAZA, 15 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que el articulo 4° de la Resolucion de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Maritima del Callao, Intendente de Aduana Aerea del Callao, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenan como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas intendencias; Que mediante la Resolucion de Intendencia Nro. 010024-0000028, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 22 de noviembre de 2004, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MUNANTE como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales; Que por necesidad institucional, resulta necesario dejar sin efecto dicha designacion; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la designacion como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, a partir del 11 de enero del presente, del funcionario que se indica a continuacion:
Registro 4010 Apellidos y Nombres MORDAZA MUNANTE, MORDAZA MORDAZA

Registrese, comuniquese y publiquese. LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales 447307-1

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