Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2010 (20/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de enero de 2010

Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en MORDAZA con el articulo 198º de la Constitucion y el articulo 33º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, competencias y funciones especificas irrestrictas de caracter local metropolitano y regional; Que, mediante la Ordenanza Nº 1275-MML se faculta a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a intervenir en los procedimientos de habilitacion MORDAZA y de edificacion que se tramitan en las Municipalidades Distritales, en los que se denuncie la existencia de graves transgresiones a la normatividad oficial vigente sobre el sistema vial, zonificacion, seguridad publica, edificacion o medio ambiente; facultando a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA previa evaluacion tecnica y legal para ratificar o anular la licencia otorgada; Que, los procedimientos administrativos de Licencia de Habilitacion MORDAZA y Licencia de Edificacion, se rigen por las normas de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, el Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion aprobado por el Decreto Supremo Nº 0242008-VIVIENDA y por el Reglamento de Verificacion Administrativa y Tecnica aprobado por el Decreto Supremo Nº 026-2008-VIVIENDA; Que, con el objeto de viabilizar el tramite a que se refiere la Ordenanza Nº 1275-MML y a efectos de cautelar y garantizar el cumplimiento de las normas urbanisticas por todos los actores involucrados en la emision y obtencion de las Licencias de Habilitacion MORDAZA y de Edificacion, en relacion al Sistema Vial Metropolitano, Zonificacion, Aportes Reglamentarios y Parametros Urbanisticos y Edificatorios en la Provincia de MORDAZA, es necesario dictar las normas reglamentarias del referido procedimiento; Estando a las facultades conferidas por el articulo 20° inciso 6 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Apruebese el Reglamento de la Ordenanza Nº 1275-MML que faculta a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a intervenir en los procesos de Licencias de Habilitacion MORDAZA y de Edificacion si se denuncian transgresiones a la normativa oficial, el mismo que consta de 3 Capitulos y 9 articulos, los cuales forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- El Reglamento que se aprueba por el presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

Articulo 3°.- COMPETENCIA La Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y sus organos de linea, son competentes para la atencion del procedimiento senalado en la Ordenanza Nº 1275-MML y el presente reglamento. CAPITULO II EVALUACION DE LAS DENUNCIAS Articulo 4°.- DEL DENUNCIANTE Se encuentran legitimados para promover el presente procedimiento: 1. Junta Vecinal u otra similar, debidamente reconocida como Organizacion Vecinal por la Municipalidad Distrital de la Jurisdiccion. 2. Personas Juridicas o Personas Naturales. 3. Entidades Publicas. 4. Organos de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 5º.- PLAZO PARA FORMULACION DE DENUNCIA Las denuncias que se efectuen a merito de la Ordenanza Nº 1275-MML, deberan formularse en el plazo MORDAZA de 30 dias calendario de expedida la Licencia de Habilitacion MORDAZA o de Edificacion, objeto de denuncia. Articulo 6°.- REQUISITOS Para proceder a la evaluacion de las denuncias, las personas legitimadas deberan presentar la documentacion siguiente: 1. Solicitud-Formato debidamente llenado. 2. MORDAZA del DNI, cuando se trate de persona natural o MORDAZA de la Partida del Registro de Personas Juridicas para el caso de personas juridicas o MORDAZA de la Resolucion expedida por la Municipalidad de la Jurisdiccion, cuando se trate de Organizacion Vecinal. 3. MORDAZA de la Resolucion de Licencia de Habilitacion MORDAZA o de Licencia de Edificacion, segun corresponda. 4. MORDAZA de los Planos que forman parte de la Resolucion de Licencia. 5. Pago por derecho de tramite. 6. Memoria Justificativa con citacion de las normas pertinentes que sustente adecuadamente la denuncia. Articulo 7º.- SOLICITUD-FORMATO Apruebese la Solicitud- Formato que forma parte del presente Decreto de Alcaldia como Anexo Nº 1, al cual se accedera a traves de la Pagina Web de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe. CAPITULO III PROCEDIMIENTO

REGLAMENTO DE LA ORDENANZA Nº 1275MML QUE FACULTA A LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA A INTERVENIR EN LOS PROCESOS DE LICENCIAS DE HABILITACION MORDAZA Y DE EDIFICACION SI SE DENUNCIAN TRANSGRESIONES A LA NORMATIVA OFICIAL CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1º .- OBJETIVO El presente Reglamento regula el procedimiento administrativo de Denuncia que formulen las personas naturales o juridicas, respecto a las Licencias de Habilitacion MORDAZA o de Edificacion que se hayan otorgado en las Municipalidades Distritales, que contravienen las normas urbanisticas, de edificacion, de seguridad, sistema vial, zonificacion y medio ambiente vigentes, de conformidad a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 1275-MML. Articulo 2°.- AMBITO DE APLICACION El presente Reglamento es de obligatorio cumplimiento en la jurisdiccion de la Provincia de Lima.

Articulo 8º.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACION PREVIA El presente procedimiento constituye uno de evaluacion previa, con aplicacion de silencio administrativo negativo. Articulo 9º.- PROCEDIMIENTO 9.1 Los administrados legitimados a que se refiere la Ordenanza Nº 1275-MML y el articulo 4º del presente Reglamento, presentaran a la Subgerencia de Tramite Documentario la Solicitud-Formato con los requisitos senalados en el articulo 6º del presente Decreto de Alcaldia, correspondiendo a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas el inmediato avocamiento a las denuncias relativas a las Licencias de Habilitacion MORDAZA y a la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas respecto a las Licencias de Edificacion. 9.2 Las Subgerencias en mencion, correran traslado de la denuncia a la Municipalidad Distrital que expidio la Licencia de Habilitacion MORDAZA o Licencia de Edificacion, segun sea el caso, para que en el plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles de notificadas, bajo responsabilidad administrativa, remita el expediente del procedimiento o

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