Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2010 (30/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

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Otorgan autorizacion definitiva de funcionamiento a la Universidad Peruana de Ciencias e Informatica con sede en la MORDAZA de MORDAZA
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 006-2010-CONAFU MORDAZA, 14 de enero de 2010 VISTOS: La Resolucion Nº 167-2002-CONAFU, del 19 de MORDAZA de 2002, el Oficio Nº 200-2009-UPCI-P recibido con fecha 28 de diciembre de 2009, la Resolucion Nº 100-2005 -CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, Oficio Nº 00012010-CONAFU-CDAA de fecha 04 de noviembre de 2009, y el Acuerdo Nº 006-2010-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 11 de enero de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribuciones, entre otras, las de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento, provisional o definitivo, de las nuevas universidades a nivel nacional; emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional o definitivo; otorgar la adecuacion de universidades a la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, Decreto Legislativo Nº 882; todo ello, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley, el Estatuto y los Reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, la Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006 del Estatuto del CONAFU, resuelve en su articulo segundo: "El CONAFU se rige por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 23733 y sus ampliatorias, modificatorias y complementarias; la Ley Nº 26439 sus modificatorias y sus complementarias; el Decreto Legislativo Nº 882 sus ampliatorias, modificatorias, complementarias y su Reglamento; el presente Estatuto y sus Reglamentos especificos"; Que, en el articulo 3º, inciso "b" del Estatuto del CONAFU, "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades: b) Evaluar en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo. La autorizacion definitiva de funcionamiento se concedera despues de la evaluacion minima de cinco anos academicos, siempre que la evaluacion MORDAZA sido satisfactoria y cuando se cuente con una promocion de graduados". Estableciendose asimismo en el articulo 10º, inciso h) "Otorgar la certificacion anual que corresponda a la evaluacion permanente segun el grado de desarrollo e implementacion del Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado; en el inciso i) "Autorizar o denegar el funcionamiento definitivo de las universidades evaluadas con autorizacion provisional de funcionamiento; en el inciso t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en el articulo 83º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Posgrado bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 100-2005CONAFU de fecha 23 de Marzo de 2005, en adelante el Reglamento, "EL CONAFU otorgara la Autorizacion Definitiva de Funcionamiento a las universidades con autorizacion provisional que despues del periodo minimo de evaluacion de cinco anos o del periodo de prorroga concedido, que cuenten con una promocion de egresados y que hayan demostrado en sus procesos anuales de evaluacion que han alcanzado un nivel de desarrollo Institucional satisfactorio de los parametros programados

en su PDI, conforme a las normas del presente Reglamento especifico; Que, por Resolucion Nº 167-2002-CONAFU, del 19 de MORDAZA de 2002, se otorga la Autorizacion Provisional de Funcionamiento a la Universidad Peruana de Ciencias e Informatica, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, sujeta a la evaluacion permanente del CONAFU, dispuesta por la Ley Nº 26439, para brindar servicios educativos de nivel universitario, a traves de las carreras profesionales aprobadas de Ingenieria de Sistemas y Computacion, Contabilidad, Auditoria y Finanzas, con 100 vacantes por semestre academico cada una; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 61º del Reglamento, "las Universidades bajo competencia del CONAFU, estan sujetas a un MORDAZA de evaluacion institucional que comprende las titulaciones que otorgan..."; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 62º de la precitada MORDAZA, "la Autoevaluacion, es un MORDAZA continuo realizado por la propia institucion, que estudia, analiza y evalua su funcionamiento y los resultados esperados en el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad o Programa Academico, confrontados con los criterios de calidad establecidos por el organismo evaluador, el CONAFU, con la finalidad de reflexionar y formular propuestas para ejecutar acciones de mejoramiento."; Que, con Oficio Nº 200-2009-UPCI-P recibido con fecha 28 de diciembre de 2009, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Peruana de Ciencias e Informatica, solicita la Autorizacion Definitiva de Funcionamiento de la Universidad, mencionando que han obtenido las cinco (05) autoevaluaciones satisfactorias; una promocion de egresados, la autorizacion de CONAFU para la adecuacion de las Carreras Profesionales al Regimen Facultativo la designacion de los Coordinadores de Facultad, la constitucion de la Comision de Gobierno y la nominacion del Consejo Universitario; Que, por Resolucion Nº 100-2005 -CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, en su articulo 26 se establece que: Sobre el Consejo Universitario: "En el MORDAZA ano de funcionamiento de la Universidad, la Comision de Gobierno asume la denominacion de Consejo Universitario, de acuerdo a lo dispuesto en su Estatuto; y, en su articulo 27 se senala: El Estatuto de la universidad bajo competencia del CONAFU, debe permitir la MORDAZA gradual de su organizacion definitiva, para que al MORDAZA ano de funcionamiento su organizacion MORDAZA alcanzado la integridad de los organos y unidades previstas para su funcionamiento MORDAZA, con la finalidad de que la evaluacion del CONAFU certifique un modelo definitivo de organizacion academica y administrativa; Que, conforme se puede apreciar del expediente administrativo de la Universidad Peruana de Ciencias e Informatica, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, departamento del Lima; cumple con los requerimientos establecidos en el articulo 83º del Reglamento; es decir, habiendo la Universidad obtenido la Autorizacion de Funcionamiento Provisional mediante la Resolucion Nº 167-2002-CONAFU de fecha 19 de MORDAZA de 2002, ha sido evaluada por un periodo superior a los cinco (05) anos establecidos como minimo en el inciso c) del articulo 2º de la Ley Nº 26439 - Ley de Creacion del CONAFU, para efectos de obtener la Autorizacion Definitiva de Funcionamiento; de igual forma ha cumplido con las cinco evaluaciones realizadas con la finalidad de evaluar su grado de desarrollo; y se le ha otorgado las Certificaciones correspondientes al I, II, III, IV y V ­ IDAE, las mismas que le otorgan la certificacion de Satisfactorio, tal como se indica en la Resolucion Nº 330-2007-CONAFU de fecha 10 de diciembre de 2006, la Resolucion Nº 183-2008-CONAFU de fecha 28 de MORDAZA de 2008, la Resolucion Nº 422-2008-CONAFU de fecha 29 de octubre de 2008, la Resolucion Nº 5042008-CONAFU de fecha 19 de diciembre de 2008 y la Resolucion Nº 676-2009-CONAFU de fecha 30 de diciembre de 2009, respectivamente; Que, por Oficio Nº 0001-2010-CONAFU-CDAA de fecha 04 de noviembre de 2009, el Consejero de

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