Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2011 (23/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 23 de agosto de 2011

organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que es necesario reevaluar el riesgo fitosanitario derivado de la importacion de fibra de algodon y de los productos derivados de este producto, origen y procedencia de la MORDAZA, con el fin de proteger la condicion fitosanitaria de las zonas algodoneras del Peru; Que el articulo 47° del Reglamento de Cuarentena Vegetal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0322003-AG, establece que el SENASA puede establecer medidas de emergencia, como la suspension de los permisos fitosanitarios de importacion o los requisitos fitosanitarios vigentes, hasta que se establezcan las medidas fitosanitarias que aseguren al MORDAZA mantener un adecuado nivel de proteccion fitosanitaria. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005AG, la Resolucion Directoral Nº 09-2010-AG-SENASA-DSV y con el visado de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender temporalmente la emision de Permisos Fitosanitarios de Importacion de fibra de algodon sin cardar ni peinar de origen y procedencia de la India. Articulo 2°.- Incluyase las siguientes partidas arancelarias en el Anexo I de la Resolucion Directoral Nº 092010-AG-SENASA-DSV, de la siguiente manera:
PARTIDA ARANCELARIA DESCRIPCION Hilados sencillos con un contenido de fibras de algodon sin peinar, superior o igual al 85% en peso, de titulo inferior a 714,29 decitex pero superior o igual a 232,56 decitex (superior al numero metrico 14 pero inferior o igual al numero metrico 43), sin acondicionar para la venta al por menor Hilados sencillos con un contenido de fibras de algodon sin peinar, superior o igual al 85% en peso, de titulo inferior a 232,56 decitex pero superior o igual a 192,31 decitex (superior al numero metrico 43 pero inferior o igual al numero metrico 52), sin acondicionar para la venta al por menor Hilados sencillos con un contenido de fibras de algodon peinadas, superior o igual al 85% en peso, de titulo inferior a 714,29 decitex pero superior o igual a 232,56 decitex (superior al numero metrico 14 pero inferior o igual al numero metrico 43), sin acondicionar para la venta al por menor Hilados sencillos con un contenido de fibras de algodon peinadas, superior o igual al 85% en peso, de titulo inferior a 232,56 decitex pero superior o igual a 192,31 decitex (superior al numero metrico 43 pero inferior al numero metrico 52), sin acondicionar para la venta al por menor Hilados sencillos con un contenido de fibras de algodon peinadas, superior o igual al 85% en peso, de titulo inferior a 192,31 decitex pero superior o igual a 125 decitex (superior al numero metrico 52 pero inferior o igual al numero metrico 80), sin acondicionar para la venta al por menor Hilados sencillos con un contenido de fibras de algodon peinadas superior o igual al 85% en peso, de titulo inferior a 125 decitex pero superior o igual a 106,38 decitex (superior al numero metrico 80 pero inferior o igual al numero metrico 94), sin acondicionar para la venta al por menor CATEGORIA DE RIESGO 1 2 3 4 5

Articulo 4°.- Disponer que en un plazo MORDAZA de 120 dias calendario, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion, las areas competentes de la Direccion de Sanidad Vegetal del SENASA efectuen la reevaluacion de los riesgos fitosanitarios asociados a los productos indicados en los Articulos 1º y 2º de la presente Resolucion, luego del cual se actualizaran la categoria de riesgo y los requisitos fitosanitarios aplicables a la fecha considerados en la Resolucion Directoral Nº 43-2009-AG-SENASA-DSV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 680730-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Designan integrantes del Comite Tecnico Permanente del CITEXPOR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 236-2011-MINCETUR/DM MORDAZA, 19 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º del Reglamento de los Centros de Innovacion Tecnologica de Exportacion - CITEXPOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2011-MINCETUR, ha creado el Comite Tecnico Permanente del CITEXPOR, adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, cuya funcion es la emision de los informes tecnicos que sustenten la procedencia de la acreditacion de CITEXPOR privados; Que, es necesario designar a las personas que integraran el Comite Tecnico Permanente del CITEXPOR; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y el Decreto Supremo Nº 010-2011MINCETUR; SE RESUELVE:

5205.12.00.00

X

5205.13.00.00

x

5205.22.00.00

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Articulo 1º.- Designacion El Comite Tecnico Permanente del CITEXPOR estara integrado por las siguientes personas:
Por el Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR: Representante Titular: Sr. MORDAZA MORDAZA Paz. Representante Suplente: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zamudio. Por el Viceministerio de Comercio Exterior: Representantes Titulares: Sr. MORDAZA MORDAZA Seguin, quien lo presidira. Sra. MORDAZA MORDAZA Mendez. Representantes Suplentes: Sra. MORDAZA MORDAZA Manrique. Sr. MORDAZA Quinones Palza. Por la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU: Sr. MORDAZA Quinones Baltodano. Sr. MORDAZA MORDAZA del Castillo. Representantes Suplentes: Sr. MORDAZA MORDAZA Donayre. Sr. Max MORDAZA Guillen. Por la Asociacion de Exportadores ­ ADEX: Representante Titular: Sr. MORDAZA MORDAZA Vargas. Representante Suplente: Srta. Luz MORDAZA Montesinos. Por la Asamblea Nacional de Rectores - ANR: Representante Titular: Sr. MORDAZA MORDAZA Mathews Salazar. Representante Suplente: Sr. MORDAZA MORDAZA Huaylupo. Representantes Titulares:

5205.23.00.00

X

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5205.24.00.00

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5205.26.00.00

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Articulo 3°.- Suspender temporalmente la importacion de los productos considerados en las partidas arancelarias senaladas en el Articulo 2º de la presente Resolucion.

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