Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2011 (23/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 23 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

448859

Prorrogan plazo de vigencia del servicio prestado por las empresas proveedoras del Sistema de Seguimiento Satelital comprendidas en la R.M. Nº 031-2007PRODUCE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 241-2011-PRODUCE MORDAZA, 22 de agosto de 2011 VISTOS: El Informe Tecnico N° 04-2011-PRODUCE/ DIGSECOVI-Dsvs.yav, el Informe Tecnico N° 009-2011PRODUCE/DIGSECOVI-Dsvs.yav y el Informe N° 11772011-PRODUCE/DIGSECOVI-Dsvs-yav, de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia; asi como el Informe Nº 112-2011-PRODUCE/OGAJ-ealmendras de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que el articulo 2° del Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que el Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT es un mecanismo de control pesquero de uso obligatorio para todas las embarcaciones industriales nacionales asi como extranjeras, que permite efectuar el monitoreo, control y vigilancia de las embarcaciones pesqueras, permitiendo conocer horariamente la identidad, ubicacion, desplazamiento, velocidad y concentracion, con la finalidad de realizar el seguimiento y control de las embarcaciones pesqueras industriales, protegiendo de esta manera los recursos hidrobiologicos, siendo este mecanismo de control de relevante y especial importancia en el Peru; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 4° del Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital SISESAT, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2003PRODUCE, las empresas proveedoras del servicio seran declaradas aptas por el Ministerio de la Produccion despues de someterse a un procedimiento de calificacion, que incluira la precalificacion de los sistemas (equipos a bordo satelite - estacion terrena) y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el articulo 6° del mismo Reglamento, el cual se llevara a cabo cada tres (03) anos, salvo que por consideraciones tecnicas debidamente sustentadas se prorrogue el plazo de vigencia por Resolucion Ministerial; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 031-2007PRODUCE del 02 de febrero del 2007, se aprobo en su articulo primero, la relacion de empresas calificadas como aptas para prestar el servicio del Sistema de Seguimiento Satelital ­ SISESAT a las embarcaciones pesqueras de mayor escala, y en su articulo MORDAZA, que dichas empresas prestaran el servicio del SISESAT a partir del 01 de febrero de 2007 hasta el 31 de enero de 2010; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 022-2010PRODUCE de fecha 29 de enero de 2010, se prorrogo hasta el 31 de diciembre de 2010 el plazo de vigencia de las empresas prestadoras del servicio del Sistema de Seguimiento Satelital comprendidas en la Resolucion Ministerial N° 031-2007-PRODUCE; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 362-2010PRODUCE del 30 de diciembre de 2010, se establecio prorrogar hasta el 30 de MORDAZA de 2011 el plazo de vigencia de las empresas prestadoras del servicio del Sistema de Seguimiento Satelital, comprendidas en la Resolucion Ministerial N° 031-2007-PRODUCE; Que, la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, como organo encargado de la administracion del SISESAT, a traves de los Informes de los Vistos ha sustentado la necesidad de prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2011 el plazo de vigencia del servicio, prestado por las empresas proveedoras del Sistema de Seguimiento Satelital comprendidas en la Resolucion Ministerial N° 031-2007-PRODUCE, con el objetivo de contar con un plazo prudencial para unificar la informacion de los tres sistemas distintos que proporcionan las empresas proveedoras del servicio satelital, dado que se requiere de una mayor implementacion en el aspecto

tecnologico, que satisfaga los requerimientos tecnicos para un adecuado y eficiente control y vigilancia, que incluya nuevas caracteristicas y parametros de control y optimizacion en el control de la gestion de flota; Que, del mismo modo, la innovacion tecnologica supone la modificacion del Reglamento del SISESAT, que permita contar con instrumentos legales actualizados en MORDAZA con el avance tecnologico, asi como incluir otros aspectos vinculados con las responsabilidades de las empresas proveedoras del SISESAT frente al Ministerio de la Produccion y a los usuarios; Que, en consecuencia, se ha considerado necesario prorrogar el plazo de vigencia del servicio prestado por las empresas proveedoras del Sistema de Seguimiento Satelital, comprendidas en la Resolucion Ministerial N° 031-2007-PRODUCE, hasta el 31 de diciembre de 2011; en atencion a las consideraciones tecnicas senaladas precedentemente, siendo un plazo prudencial que permitira cumplir con el MORDAZA MORDAZA mencionado; Con el visado de la Viceministra de Pesqueria, de los Directores Generales de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia y de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con el Decreto Ley N° 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2003-PRODUCE, el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar, con eficacia anticipada al 30 de MORDAZA de 2011, la prorroga del plazo de vigencia del servicio prestado por las empresas proveedoras del Sistema de Seguimiento Satelital, comprendidas en la Resolucion Ministerial N° 031-2007-PRODUCE, hasta el 31 de diciembre de 2011, por las consideraciones tecnicas expuestas en la presente Resolucion Ministerial. MORDAZA del vencimiento del plazo, a que se refiere el parrafo anterior, debera publicarse la Resolucion Ministerial por la cual se apruebe la relacion de empresas que se encuentren aptas para brindar el servicio del SISESAT en el siguiente periodo, de acuerdo al procedimiento de calificacion previsto en el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2003-PRODUCE. Articulo 2º.- Disponer que la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, bajo responsabilidad, adopte las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo primero de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BURNEO MORDAZA Ministro de la Produccion 681156-3

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomatico a EE.UU. para participar en la 39º Reunion Anual de Decanos y Directores de Academias Diplomaticas e Institutos de Relaciones Internacionales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0703/RE-2011 MORDAZA, 19 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Academia Diplomatica de MORDAZA y el Instituto de Estudios Diplomaticos de la Georgetown University, en

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