Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2011 (23/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 23 de agosto de 2011

y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 680773-1

Declaran nulidad de oficio del MORDAZA de Seleccion del Concurso Publico Nº 007-2011-MINDEF-VRD-DGA-DL, para la contratacion de cobertura de seguros de aviacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 861-2011/DE/SG MORDAZA, 22 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, con fecha 5 de MORDAZA del 2011, el Comite Especial convoco el MORDAZA, Concurso Publico Nº 0072011-MINDEF-VRD-DGA-DL, para la contratacion de las coberturas de seguros de aviacion del pliego 026: Defensa, por un valor referencial de US 19´470,000.00 Dolares Americanos; Que, conforme al calendario establecido del presente MORDAZA de seleccion, del 19 al 25 de MORDAZA, se presentaron observaciones a las Bases, siendo un total de 42; entre las cuales se advierten las siguientes: - Mediante la Carta de fecha 25 de MORDAZA del 2011, la empresa Positiva Seguros y reaseguros advirtio que la siniestralidad alcanzada por el Comite Especial no resulta precisa de tal forma que la cifra de US 1´497,400.00 Dolares Americanos, alcanzada en las Bases correspondientes al periodo 2010-2011, no resulta concordante con la informacion que se tiene en el MORDAZA de reaseguros internacional, el cual reporta que la siniestralidad correspondiente al mismo periodo es de US 3´755,467.79 Dolares Americanos, senalando ademas que la consulta no ha cuestionado en forma alguna el valor referencial. - Mediante carta de fecha 25 de MORDAZA del 2011, la empresa Mapfre Peru Cia. de Seguros y Reaseguros, solicita al Comite Especial confirmar la siniestralidad por cuanto si bien es MORDAZA, las Bases senalan que la siniestralidad correspondiente al periodo 2010-2011 es de US 1´497,400.00 Dolares Americanos, la cual fue alcanzada en las Bases correspondientes al periodo 2010-2011, ello no resulta concordante con la informacion que se tiene en el MORDAZA de reaseguros internacional, el cual reporta que la siniestralidad correspondiente a dicho periodo es de US 3´ 755,467.79 Dolares Americanos, ya que existen siniestros que no figuran en las Bases. Que, mediante Pliego de Absolucion de Observaciones de fecha 02 de agosto del 2011, el Comite Especial absuelve, entre otras, las observaciones senaladas en el parrafo precedente, indicando que se acogen las observaciones sobre prima presentada, precisando que a la fecha de la convocatoria se contaba con informacion de la siniestralidad presentada por las areas usuarias de las entidades participantes, actualizadas al mes de febrero (FAP) y marzo (EP) del ano 2011, y que en meses posteriores se reportaron otros siniestros que no fueron comunicados a la Entidad encargada del MORDAZA ­ Ministerio de Defensa, siendo la siniestralidad vigente del orden de US 3,754,468.73 Dolares Americanos; Que, la indicada absolucion y aceptacion de las observaciones precitadas conllevaron a que se reformulara el valor referencial primigenio del MORDAZA materia de analisis, ascendiendo el MORDAZA valor referencial a US 26´836,332.00 Dolares Americanos, el mismo que se registro a traves de Fe de Erratas en el SEACE, con fecha 02 de agosto de 2011, como producto de la etapa de Integracion de Bases; Que, de la revision de los actuados del presente MORDAZA de seleccion se advierte que en el resumen ejecutivo actualizado del Concurso Publico materia de analisis publicado en el SEACE, se senala que como criterio para obtener el MORDAZA valor referencial, se tomo el promedio de

las primas obtenidas en la MORDAZA analizadas: Historicos, Cotizaciones de MORDAZA y fuente SEACE del CP Nº 0032010-CE-DIRAVPOL-PNP, ascendiendo el MORDAZA valor referencial a US 26´836,332.00 Dolares Americanos, el mismo que se registro a traves de FE DE ERRATAS para actualizacion del valor referencial; Que, la Direccion General de Administracion del Ministerio de Defensa, ha advertido que para el establecimiento del valor referencial contenido en las bases que posteriormente fueron observadas, la Direccion Logistica del Ministerio de Defensa, utilizo como criterio tomar la prima minima total de la fuente de menor valor; criterio que difiere del utilizado para obtener el vigente valor referencial; Que, la aplicacion de criterios diversos para efectos de obtener el MORDAZA valor referencial, produjo el incremento del mismo en un porcentaje de 37.84% aproximadamente, lo cual no resulta razonable y perjudica economicamente a las Entidades encargantes del MORDAZA de seleccion; Que, de otro lado el resumen ejecutivo que esta registrado en el SEACE no indica si el Comite Especial, para incrementar el valor referencial, en forma tan significativa, solicito autorizacion al Organo encargado de las Contrataciones; Que, de acuerdo al MORDAZA de Transparencia establecido en el articulo 4º, literal h) del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, toda contratacion debera realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas, sustentadas y accesibles a todos los postores; Que, el articulo 56º de la citada ley, senala que el Tribunal de Contrataciones del Estado, en los casos que conozca, declarara nulos los actos expedidos cuando hayan sido dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico o prescindan de las normas; Que, asimismo, el Titular de la Entidad podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por las mismas causales previstas en el parrafo anterior, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato; Que, por lo anteriormente senalado se aprecia que en el presente MORDAZA de seleccion al no haberse aplicado un criterio uniforme para determinar el valor referencial y no verificarse en los actuados del MORDAZA si el Comite Especial solicito la autorizacion respectiva al organo encargado de las contrataciones para efectos de incrementar el valor referencial, corresponde al Titular de la Entidad declarar la nulidad del MORDAZA de Seleccion del Concurso Publico Nº 007-2011-MINDEF-VRD-DGA-DL, para la contratacion de las coberturas de seguros de aviacion del pliego 026: Defensa; Contando con el Informe Tecnico de la Direccion General de Administracion del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la NULIDAD DE OFICIO del MORDAZA de Seleccion del Concurso Publico Nº 007-2011-MINDEFVRD-DGA-DL, para la contratacion de las coberturas de seguros de aviacion del pliego 026: Defensa, retrotrayendolo a la etapa de convocatoria, previa reformulacion del estudio de posibilidades que ofrece el mercado. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Administracion, del Ministerio de Defensa, para su publicacion en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro del dia siguiente de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 680774-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aceptan renuncia y designan Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE
RESOLUCION SUPREMA Nº 058-2011-EF MORDAZA, 22 de agosto de 2011

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