Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2011 (03/02/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

435617

SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004-SBN, que regulan el tramite de inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Que, el articulo 23 de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y en esta jurisdiccion regional al Gobierno Regional MORDAZA, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado del terreno de 700.070 Hectareas de terrenos eriazos conforme a lo dispuesto por los articulos 38 y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002-SBN, aprobada por resolucion Nº 0112002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Con las visaciones correspondientes y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 35º Inc. j) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion, el Art. 62º de la Ley Nº 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, Resolucion Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de MORDAZA del 2006, Resolucion de Gerencia General Regional Nº 094-2005-GR.LAMB/GGR, modificada por Resolucion Gerencial General Regional Nº 096-2005-GR.LAMB/GGR y Resolucion Presidencial Nº 255-2008-GR.LAMB/PR de fecha 08 de MORDAZA del 2008; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA del terreno denominado "Trapiche de Bronce" ubicado en el distrito de Tucume, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con un area de 34,760.45 m2, segun el plano y memoria descriptiva, teniendo las siguientes medidas perimetricas y colindancias que se detallan a continuacion: Por el lado Norte : Colinda con predio eriazo parte de la (Unidad Catastral Nº 51548) en linea recta, entre los vertices (A-D), con una longitud total de 173.59 metros lineales. Por el Sur : Colinda con predio eriazo (Unidad Catastral 51533,51554, 51555, 51556, 51557, 51558) en linea recta, entre los vertices (B-C) con una longitud total de 195.25 metros lineales. : Colinda con predio eriazo parte de la (Unidad Catastral Nº 51548) en linea recta, entre los vertices (A-B) con una longitud de 163.24 metros lineales. : Colinda con predio eriazo (Unidad Catastral 51563) en linea recta entre los vertices (C-D) con una longitud de 219.21 metros lineales.

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Constituyen el Consejo Regional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion de la Region de MORDAZA - CORCYTEC
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de MORDAZA mediante Oficio Nº 022-2011-G.R.Puno/OCRG, recibido el 2 de febrero de 2011) ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2010 POR TANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria celebrada el dia 31 de MORDAZA del 2009, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad al articulo 13º de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; articulo 15º literal a) de la MORDAZA senalada, es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; articulo 37º literal a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional. Que, el articulo 14º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 establece: Es deber del Estado promover el desarrollo cientifico y tecnologico del MORDAZA, asi mismo, el articulo 59º dispone que, el Estado estimula la creacion de riquezas. Nuestra region, permite la expansion de las capacidades individuales y colectivas. Que, la Ley Nº 28303, Ley MORDAZA de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, declara a las actividades de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, como de "Necesidad publica y de preferente interes nacional" y enfatiza su "Papel fundamental para la productividad y desarrollo nacional en sus diferentes niveles de gobierno"(Art. 2º); ademas preve en el literal d) de su articulo 7º de la inclusion de los Gobiernos Regionales dentro del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica SYNACYT, dedicadas a la investigacion, desarrollo e innovacion tecnologica en ciencia y tecnologia y a su promocion que resulta concordante con el articulo 22º de la misma norma; asimismo establece que los Gobiernos Regionales estan representados en el Consejo Directivo del CONCYTEC y en el Directorio del FONDECYT. Las instancias de los Gobiernos Regionales que ejecutan actividades de Ciencia Tecnologia e Innovacion Tecnologica, tienen la facultad de convocar a las universidades, organizaciones y empresas de su jurisdiccion para el cumplimiento de sus funciones. Que, el articulo 28º de la Ley Nº 28303, se refiere al financiamiento e incentivos para la Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, disponiendo que en el caso de los Gobiernos Regionales se podran considerar en sus respectivos presupuestos anuales una asignacion para el financiamiento de Proyectos de Investigacion Cientifica y de Innovacion Tecnologica, de acuerdo a la normatividad vigente. Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece la estructura, organizacion, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales. Define la organizacion democratica, descentralizada

Por el Este

Por el Oeste

Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº II Sede CHICLAYO de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA, del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios de CHICLAYO. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA COCI CALAMBROGIO Subgerente de Administracion y Adjudicaciones de Terrenos Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial 598075-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.