Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2011 (01/03/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

437992

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 1 de marzo de 2011

Revocan resolucion emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Huamanga en el extremo que declaro improcedente solicitud de inscripcion de candidato al Congreso de las Republica
RESOLUCION N.° 043-2011-JNE

En consecuencia, el recurso de apelacion debe ser estimado y revocar la resolucion venida en grado. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el partido politico Fuerza 2011 y REVOCAR la Resolucion N.° 01-2011, de fecha 8 de febrero de 2011, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Huamanga, en el extremo que declaro improcedente la solicitud de inscripcion del candidato al Congreso de la Republica Miky MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el MORDAZA de las Elecciones Generales del ano 2011. Articulo Segundo.- DISPONER que el MORDAZA Electoral Especial del Huamanga continue con el tramite del presente expediente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General
608067-2

Expediente N° J-2011-0031 HUAMANGA 00003-2011-11 MORDAZA, quince de febrero de dos mil once VISTO, en audiencia publica de fecha 15 de febrero de 2011, el recurso de apelacion interpuesto por el partido politico Fuerza 2011 contra la Resolucion N.° 01-2011 de fecha 8 de febrero de 2011, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Huamanga, en el extremo que declaro improcedente la solicitud de inscripcion del candidato al Congreso de la Republica Miky MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el MORDAZA de las Elecciones Generales del ano 2011. ANTECEDENTES El MORDAZA Electoral Especial declaro improcedente la solicitud de inscripcion del candidato Miky MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al considerar que se encuentra afiliado al partido politico Union por el Peru. El personero legal de la referida organizacion politica sustento su defensa senalando que el candidato en cuestion no pertenece a ningun partido politico ni se encuentra afiliado al partido politico Union por el Peru, solo que, al considerarse afiliado por haber participado como candidato invitado por dicha organizacion politica en un MORDAZA electoral anterior, presento por error su renuncia sin ser simpatizante ni afiliado. FUNDAMENTOS DE LA DECISION 1. El articulo 18 de la Ley N.° 28094, Ley de Partidos Politicos, el articulo 1 de la Resolucion N.° 2252-2010-JNE y el articulo 7 del Reglamento de Inscripcion de Formulas y Listas de Candidatos con motivo de las Elecciones Generales del ano 2011, aprobado mediante Resolucion N.° 5004-2010-JNE, establecen el requisito para aquellos ciudadanos que se encuentren afiliados a una organizacion politica y deseen postular como candidatos de una diferente. Ellos deben encontrarse en uno de los siguientes supuestos: a) haber renunciado con una anticipacion no menor de 5 meses a la fecha del cierre de las inscripciones del MORDAZA electoral que corresponda o b) haber requerido autorizacion a la organizacion politica a la cual se encuentren afiliados, la cual procede unicamente si la referida agrupacion no presenta candidatos en la misma circunscripcion. 2. En el presente caso, segun el historial de afiliacion obrante en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, se advierte que el candidato Miky MORDAZA MORDAZA MORDAZA no se encuentra afiliado a ninguna organizacion politica, lo cual se corrobora con el reporte de estado de afiliacion de fecha 10 de febrero de 2011 (foja 13). Sin embargo, dicho candidato presento su renuncia al partido politico Union por el Peru, con fecha 26 de octubre de 2010, sin tener la condicion de afiliado. 3. Asimismo, el hecho de que Miky MORDAZA MORDAZA MORDAZA figure en el Registro de Organizaciones politicas como candidato del partido politico Union por el Peru se debe a que postulo al cargo de MORDAZA en las Elecciones Municipales del ano 2006; sin embargo, dicha circunstancia no lo vincula como afiliado al citado partido politico ni le impide presentarse como candidato por otra organizacion politica en el presente MORDAZA electoral.

Revocan resolucion emitida por el MORDAZA Electoral de Maynas en el extremo que declaro improcedente solicitud de inscripcion de candidato al Congreso de la Republica
RESOLUCION N° 044-2011-JNE

Expediente N° J-2011-0032 MAYNAS 00004-2011-43 MORDAZA, quince de febrero de dos mil once VISTO, en audiencia publica de fecha 15 de febrero de 2011, el recurso de apelacion interpuesto por el partido politico Fuerza 2011 contra la Resolucion N° 02-2011-JEE-MAYNAS, de fecha 9 de febrero de 2011, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Maynas, en el extremo que declaro improcedente la solicitud de inscripcion del candidato al Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el MORDAZA de las Elecciones Generales del ano 2011. ANTECEDENTES El MORDAZA Electoral Especial declaro improcedente la solicitud de inscripcion del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al considerar que se encontraba afiliado a la organizacion politica Gana Peru. El personero legal de la referida organizacion politica sustento su defensa senalando que el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA habia renunciado con MORDAZA antelacion al partido politico Partido Nacionalista Peruano (hoy Gana Peru). Agrego que el 6 de marzo de 2006 renuncio a dicha organizacion politica, renuncia que fue ratificada el 3 de febrero de 2010. Ademas, refiere que la renuncia a una organizacion politica se realiza en acto unico, es decir, el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.