Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2011 (01/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 1 de marzo de 2011

Caiguaray MORDAZA al cargo de Responsable de la Oficina de Programacion e Inversiones (OPI) del Ministerio de Cultura, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir del 01 de marzo de 2011, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Responsable de la Oficina de Programacion e Inversiones (OPI) del Ministerio de Cultura. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion con el Formato SNIP 02 ­ Inscripcion de la OPI en el Banco de Proyectos, a la Direccion General de Programacion Multianual del Ministerio de Economia y Finanzas, a fin de actualizar los datos del Responsable de la OPI. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OSSIO MORDAZA Ministro de Cultura
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sobre la base de los calculos realizados por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales ­ DGAES de dicho ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera pagada en el mes de enero de 2011; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15° de la Ley N° 28411, el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebense los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de enero de 2011, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de enero de 2011 consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, segun los porcentajes y criterios de participacion y distribucion establecidos en el articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, y el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera. Articulo 3°.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo a que se refiere el articulo 1° sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas
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ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de enero de 2011
RESOLUCION MINISTERIAL N° 162-2011-EF/15

MORDAZA, 28 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, modificada por la Ley N° 28323, establece la Regalia Minera, su constitucion, determinacion, administracion, distribucion y utilizacion; Que, el articulo 2º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que la Regalia Minera es la contraprestacion economica que los titulares de las concesiones mineras MORDAZA al Estado por la explotacion de los recursos minerales metalicos y no metalicos; Que, los articulos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, los articulos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, sus normas modificatorias y complementarias, establecen la base de referencia y la determinacion de la Regalia Minera; Que, con base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante el Oficio Nº 188-2011-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, segun el Oficio Nº 089-2011SUNAT/200000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 0073-2010-SE-DGPUDPIDI/ANR, la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales - DGAES del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que el Ministerio de Economia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalia Minera en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario despues del ultimo dia de pago de la Regalia Minera; Que, el numeral 16.5 del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, dispone que por Resolucion Ministerial se aprobaran los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera seran aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial

EDUCACION
Aprueban Reglamento del componente de Becas Educativas del Programa Piloto de Becas y Garantias a los Creditos denominado "Bicentenario de la Independencia del Peru"
DECRETO SUPREMO Nº 003-2011-ED

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Decima Sexta Disposicion Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2011, crea el Programa Piloto de Becas y Garantias a los Creditos con la finalidad de apoyar a estudiantes con excelencia academica de las instituciones educativas publicas para que continuen sus estudios de pregrado en universidades privadas nacionales; Que, la citada disposicion final senala que el Programa Piloto de Becas y Garantias a los Creditos tiene un componente de Becas Educativas para estudios de pregrado universitario y un componente de garantias a los creditos educativos para estudios de pregrado universitario que otorguen las instituciones del sistema financiero nacional; Que, asimismo, la mencionada disposicion final establece que mediante Decreto Supremo, refrendado por

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