Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2018 (25/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Domingo 25 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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Décima Primera.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en un diario de mayor circulación local, encargando a la Jefatura de la Oficina de Tecnología de Información, la difusión en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo. Décima Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de vencido el plazo señalado en la Séptima Disposición Complementaria. POR LO TANTO Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANTONIO MARINO PANDURO Alcalde 1619700-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO
Aprueban la actualización de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones -ROF, de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 628-2017-MPI Ilo, 20 de diciembre de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO; POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 19 de diciembre de 2017, el Informe N° 034-2017-RGCC-SGPP-GPE-MPI e Informe N° 236-2017-SGPP-GPE-MPI de la Gerencia de Planeamiento Estratégico y el Proyecto de Ordenanza que propone la Actualización de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Municipalidad Provincial de Ilo, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución Política del Perú en armonía con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia, radicando esa autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración; Que, el numeral 2 del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interna y del funcionamiento del gobierno local; y conforme a lo establecido en el Artículo 40° las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna; Que, mediante el Artículo 5° del Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública, define al Reglamento de Organización y Funciones - ROF, como el documento normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad orientada al esfuerzo institucional y logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generadas de la entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM modificado por el Decreto Supremo N° 008-2007-PCM, aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las entidades de la administración pública, que son de

responsabilidad exclusiva de cada entidad del sector público; Que, el artículo 26° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana y por las contenidas en la Ley N° 27444; Que, la organización debe ser diseñada para obtener en la mejor forma posible los objetivos estratégicos; debiendo ajustarse la estructura de la organización a los requerimientos estratégicos de la institución, facilitar el desarrollo de las actividades operativas de la municipalidad, el fortalecimiento de la cultura organizacional, de la productividad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación; Que, la Gerencia de Planeamiento Estratégico a través del Informe N° 034-2017-RGCC-SGPP-GPEMPI e Informe N° 236-2017-SGPP-GPE-MPI de la Sub Gerencia de Planes y Programas, plantea la actualización y modificación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF aprobado por la Ordenanza N° 3892017-MPI, sustentado en la necesidad de actualizar este documento de gestión, de acuerdo a las modificaciones en los dispositivos legales vigentes así como también para la mejora del funcionamiento de los servicios municipales; texto final que ha recogido los aportes de las diversas instancias de la Municipalidad Provincial de Ilo en su elaboración; Que, para realizar las actualizaciones y/o modificaciones correspondientes, también se ha tenido en cuenta los criterios técnicos de los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública", aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que, siendo así, es necesario la aprobación de la presente Ordenanza sobre la Actualización del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad Provincial de Ilo, por estar justificada su actualización conforme al Marco del Proceso de Modernización de la Gestión Pública; Por lo tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, se aprueba la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ACTUALIZA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO Artículo Primero.- APROBAR la actualización de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones -ROF, de la Municipalidad Provincial de Ilo, que consta de 05 Títulos, 08 Capítulos, 128 Artículos, y del Organigrama Estructural; y, como Anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DERÓGUESE la Ordenanza N° 389-2007-MPI y toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración, el cumplimiento de la presente Ordenanza, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación tal como lo dispone el Art. 44° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, asimismo disponer a la Sub Gerencia de Informática para su difusión y publicación a través del portal electrónico de la Municipalidad Provincial de Ilo (www.mpi.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILLAM D. VALDIVIA DÁVILA Alcalde 1619721-1

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