Norma Legal Oficial del día 01 de Julio del año 2001 (01/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 1 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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nanzas son normas generales que regulan la organizacion, administracion o prestacion de los servicios publicos locales, el cumplimiento de funciones generales o especificas de las Municipalidades o establecen las limitaciones y modalidades impuestas a la propiedad privada; Que, mediante Ordenanza Nº 74 publicada el 4 de MORDAZA de 1999, se concedio beneficio tributario y administrativo a favor de los contribuyentes del distrito, la misma que estuvo vigente hasta el 31 de octubre del mismo ano; Que, en la actualidad la Municipalidad de Miraflores continua con los trabajos destinados a actualizar el Catastro Municipal, denotandose construcciones menores y otras sin autorizacion municipal; Que, en tal sentido la actual administracion, ante nuevos retos planteados, pretende adecuar su organizacion y sus procedimientos a fin de brindar mayores facilidades, promover y fomentar la regularizacion de construcciones menores sin licencia; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 36º y 109º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, despues del debate, con dispensa de aprobacion del Acta, el Concejo por mayoria aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- NATURALEZA DEL BENEFICIO ADMINISTRATIVO.- El beneficio materia de la presente Ordenanza consiste en la simplificacion del procedimiento para la obtencion de la Licencia de Construccion y/ o Regularizacion de las obras descritas en el Articulo MORDAZA de la presente ordenanza, siempre y cuando cumplan con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Construcciones, Reglamento de Zonificacion, Ley Nº 27157, su Reglamento D.S. Nº 008-2000-MTC y demas pertinentes. No estan comprendidas dentro de la amnistia las construcciones en el retiro, las cuales seguiran siendo atendidas de acuerdo a la Ordenanza respectiva. Articulo Segundo.- ALCANCE DEL BENEFICIO ADMINISTRATIVO.- Concedase beneficio administrativo a los contribuyentes del distrito de Miraflores para la obtencion de la Licencia de Construccion o Regularizacion de las siguientes obras: a) Obras Menores de ampliacion de area hasta los 30 m2 y/o modificacion, que no comprometan la estructura de la edificacion. b) En predios ubicados en edificios multifamiliares o quintas por obras menores de ampliacion hasta los 30 m2 y/o modificaciones que no comprometan la estructura de la edificacion, que cumplan con las normas reglamentarias pertinentes y cuenten con la aprobacion de la junta de propietarios. c) La regularizacion de cercos, cisternas y tanques elevados mediante declaracion jurada del propietario, de ser el caso se solicitara carta del profesional especializado. Articulo Tercero.- REQUISITOS.- Los interesados en acogerse al presente beneficio administrativo, para obtener la Licencia de Construccion o Regularizacion de las obras descritas en el articulo precedente, deberan presentar los siguientes requisitos: - FUO, debidamente llenado por triplicado, firmado por el propietario y profesional responsable, sea arquitecto o ingeniero civil. - Titulo de Propiedad. - Plano de ubicacion, indicando en cuadro de areas: area ampliada y area existente, firmado por el propietario y profesional responsable. - Planos de arquitectura (plantas, cortes y elevaciones), indicando las areas a regularizar, firmados por el propietario y profesional responsable. - Pago por derechos de revision e inspeccion ocular. - Pago por derecho de licencia, una vez aprobada. Los planos deberan ser presentados a escala de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 27157.

Articulo Cuarto.- PROCEDIMIENTO.- Las solicitudes presentadas deberan ser revisadas, evaluadas y -siempre que cumplan con la normatividad vigente al respecto- aprobadas por la Subdireccion de Obras Privadas, en un plazo no mayor de 10 dias utiles. La Subdireccion de Obras Privadas y para fines de verificacion o control podra remitir el expediente administrativo a la Subdireccion de Fiscalizacion Urbana. Articulo Quinto.- OBRAS EXCLUIDAS EN EL PRESENTE BENEFICIO.- Toda obras de ampliacion mayor de 30 m2 y las no descritas en el presente articulo, deberan obtener su Licencia de Construccion o Regularizacion presentando los requisitos establecidos en el D.S. Nº 008-00-MTC - Reglamento de la Ley Nº 27157. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El presente beneficio administrativo que se concede tendra vigencia hasta el 31 de diciembre del 2001. Segunda.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias y amplie el plazo de vigencia de este dispositivo, si fuese necesario. Tercera.- Los procedimientos de Licencia de Construccion o Regularizacion de aquellas obras comprendidas en el presente beneficio administrativo, que se encuentren en tramite, deberan adecuarse a lo dispuesto por la presente ordenanza. Cuarta.- Encargar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA, a traves de la Subdireccion de Obras Privadas, Subdireccion de Catastro y Subdireccion de Fiscalizacion MORDAZA, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DE ALBERTIS MORDAZA DEL RIEGO Regidor Encargado de la Alcaldia 26257

Area bnfcod rglrzco pubn eeii e euaiain a favor de contribuyentes con deudas pr olgcoe tiuais y mla o biains rbtra uts amnsrtvs diitaia
ORDENANZA Nº 92 Miraflores, 25 de junio del 2001 EL MORDAZA MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES, encargado de la Alcaldia, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Organica de Municipalidades. POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; ha aprobado por mayoria, la siguiente Ordenanza, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta: ORDENANZA APRUEBAN BENEFICIO DE REGULARIZACION A FAVOR DE CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE MIRAFLORES CON DEUDAS POR OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y MULTAS ADMINISTRATIVAS Articulo 1º.- Naturaleza del Beneficio.Concedase el beneficio de regularizacion a los contribuyentes y/o responsables o infractores del distrito de

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