Norma Legal Oficial del día 10 de Agosto del año 2007 (10/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de agosto de 2007

a) Zonificacion y Compatibilidad de Uso b) Condiciones de Seguridad de Defensa Civil, cuando su determinacion constituya facultad de la Municipalidad de Lince. Es requisito indispensable para el otorgamiento de la Autorizacion de Funcionamiento que el giro o los giros solicitados por el administrado MORDAZA compatibles con la zonificacion establecida en el Distrito de Lince. Caso contrario no procedera el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento. Articulo 16º.- REQUISITOS GENERALES Son exigibles como MORDAZA los siguientes requisitos: a) Solicitud Declaracion Jurada- Formulario Multiple, debidamente llenada en el formato que la Municipalidad gratuitamente proporcionara al administrado, la misma que podra ser descargada a traves del MORDAZA electronico www.munilince.gob.pe Asimismo la Solicitud debera incluir los siguientes datos: 1. Numero de RUC y DNI o Carne de Extranjeria del solicitante, tratandose de personas juridicas o naturales, segun corresponda. 2. DNI o Carne de Extranjeria del representante legal en caso de personas juridicas u otros entes colectivos o tratandose de personas naturales que actuen mediante representacion. b) Vigencia de poder del representante legal, en el caso de personas juridicas u otros entes colectivos. Tratandose de representacion de personas naturales, se requerira carta poder con firma legalizada. c) Declaracion Jurada de observancia de Condiciones de Seguridad (para locales con hasta 500 m2) o Certificado de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria, segun corresponda (locales mayores a 500 m2). d) Adicionalmente tambien seran exigibles los siguientes requisitos: 1. MORDAZA del Titulo Profesional del solicitante, en caso de servicios relacionados con la salud. 2. Informe sobre el numero de estacionamientos. 3. MORDAZA simple de la autorizacion sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades que conforme a la Ley requieran de manera previa al otorgamiento de Licencia de Funcionamiento. 4. MORDAZA simple de de la autorizacion expedida por el INC, conforme a la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio de Cultural de la Nacion. Verificados los requisitos senalados, se procedera al pago por derecho de tramite correspondiente. Articulo 17º.- OBSERVACIONESALAPRESENTACION DE LA SOLICITUD- DECLARACION JURADA DE LICENCIA MUNICPAL DE FUNCIONAMIENTO La Jefatura de Tramite Documentario y Archivo, por unica vez realizara las observaciones pertinentes al momento de la recepcion de la solicitud en caso de incumplimiento de los requisitos por parte del administrado, otorgandole a aquel un plazo no mayor de dos dias habiles a fin de que subsane el defecto u omision formal. Para tales efectos, el funcionario responsable anotara la observacion en el cargo y el original de la solicitud. Hasta ese momento la solicitud sera considerada Inadmisible. Transcurrido el plazo sin que hubiese sido subsanada la omision se desestimara la solicitud, devolviendose al solicitante tanto la solicitud, asi como los recaudos de la misma. CAPITULO II CONDICIONES ESPECIFICAS PARA LA OBTENCION DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE Articulo 18º.- CRITERIOS DE EVALUACION LA SOLICITUD- DECLARACION JURADA

Y OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Una vez ingresada la Solicitud- Declaracion Jurada de Licencia de Funcionamiento, en primer termino se evaluara bajo los siguientes criterios: 1. Para locales de area no mayor a 100 m2 y capacidad de almacenamiento no mayor del treinta por ciento 30% del area del local: (Procedimiento de Expedicion Inmediata) En este caso la Declaracion Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad, durante el tramite para el otorgamiento de la Licencia, sera el documento que acredita el cumplimiento de las Condiciones de Seguridad del establecimiento, siendo que luego de la emision de la Licencia de Funcionamiento, el personal de la Jefatura de Defensa Civil de la municipalidad, verificara de manera aleatoria los establecimientos favorecidos con las Licencias de acuerdo a los recursos disponibles y priorizando los establecimientos que representen un mayor riesgo de seguridad. 2. Para locales de area mayor a 100 m2 hasta 500 m2 (Procedimiento de Acondicionamiento Previo) Se efectuara una Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil Basica, previo al otorgamiento de Licencia de Funcionamiento la cual sera llevada a cabo por un inspector tecnico de la Jefatura de Defensa Civil de la municipalidad, previo pago del derecho correspondiente. 3. Para locales de area mayor a 500 m2: (Procedimiento de Seguridad Preferente) Al igual que en los incisos anteriores, el solicitante previo al tramite de Licencia de Funcionamiento, debera contar el Certificado de Inspeccion Tecnica de Detalle o Multidisciplinaria expedida por el Instituto de Defensa Civil- INDECI. En este supuesto, el derecho a la inspeccion debera ser abonado directamente ante INDECI. En el caso de las Solicitudes para los giros de pub, licoreria, discoteca, bar, casinos, juegos de azar, tragamonedas, ferreterias, imprentas, servicios de hospedaje, centros de ensenanza, servicios de mecanica, salones de baile, penas, y otros giros afines, asi como solicitudes que incluyan giros cuyo desarrollo implique el almacenamiento, uso y comercializacion de productos toxicos o altamente inflamables, las solicitudes, independientemente del area del establecimiento, se ceniran en lo que a inspeccion de seguridad se refiere, a lo establecido en los incisos 2 y 3 del presente articulo. Asimismo, mediante Directiva, se aprobara el procedimiento a seguir para la Evaluacion de Condiciones de Seguridad en Defensa Civil de MORDAZA Basica. Articulo 19º.- TRAMITE INTERNO DE LA SOLICITUDDECLARACION JURADA Y OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Una vez ingresada a tramite la Solicitud- Declaracion Jurada de Licencia de Funcionamiento la autoridad municipal, llevara a cabo la inspeccion de seguridad del local, especificamente aplicable para el caso del articulo 18º inc.2 de la presente Ordenanza, en un plazo que no sera mayor de tres dias habiles. La programacion para dicha inspeccion sera determinada por la Jefatura de Defensa Civil (Seguridad), de la cual sera informado el solicitante de la Licencia en el mismo dia de la admision a tramite de su SolicitudDeclaracion Jurada de Licencia de Funcionamiento. Para ello, el solicitante debera acercarse al modulo de atencion de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA con la MORDAZA de la Solicitud- Declaracion Jurada, para efectos de que se le realice la programacion de la Inspeccion. La inspeccion del local conllevara a la emision del informe de Seguridad, el que de ser favorable MORDAZA lugar a la expedicion de la Resolucion Gerencial que declarara la procedencia del tramite de expedicion de Licencia, asi como del Certificado correspondiente (Licencia) por parte de la Gerencia de Desarrollo Urbano.

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