Norma Legal Oficial del día 10 de Agosto del año 2007 (10/08/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

351120

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de agosto de 2007

naturales minerales o del subsuelo, los pueblos indigenas deberan ser consultados, y debera participar, siempre que sea posible, en los beneficios que reporten dichas actividades; el mismo instrumento internacional establece en su articulo 34º que las medidas que se adopten para dar efecto a lo establecido por el mismo, deberan determinarse con flexibilidad teniendo en cuenta las condiciones propias del MORDAZA que lo suscribe; Que, el literal a) del articulo 22º de la Ley Nº 26834 - Ley de Areas Naturales Protegidas, concordado con el Articulo 50º de su Reglamento, senala que los Parques Nacionales son areas que constituyen muestras representativas de la diversidad natural del MORDAZA y de sus MORDAZA unidades ecologicas y en los que se protege con caracter de intangible la integridad ecologica de uno o mas ecosistemas, las asociaciones de MORDAZA y fauna MORDAZA y los procesos sucesionales y evolutivos, asi como otras caracteristicas paisajisticas y culturales que resulten asociadas; Que, el literal g) del articulo 22º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, concordado con el articulo 56º de su Reglamento, senala que las Reservas Comunales son areas destinadas a la conservacion de la MORDAZA y fauna MORDAZA, en beneficio de las poblaciones rurales vecinas; que el uso y comercializacion de recursos se MORDAZA bajo planes de manejo, aprobados y supervisados por la autoridad y conducidos por los mismos beneficiarios; pueden ser establecidas sobre suelos de capacidad de uso mayor MORDAZA, pecuario, forestal o de proteccion y sobre humedales; Que, si bien la explotacion minera causara impactos en los ecosistemas de la region fronteriza, como contaminacion y otros, sin embargo, deberan ser mitigados con una planificacion que mantenga el equilibrio entre los beneficios economicos que se obtengan y el mantenimiento de procesos ecologicos y culturales; Que, el punto B.2 del Anexo 5, Programas del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza, del Acuerdo Amplio Peruano - Ecuatoriano de Integracion Fronteriza, Desarrollo y Vecindad senala que en la region fronteriza, que incluye las zonas que ya no serian parte de algun Area Natural Protegida, existen areas cuyo desarrollo requiere un cuidadoso planeamiento para mantener o recuperar su fragil equilibrio ecologico; en dicho sentido, senala el indicado documento, es preciso llevar a cabo proyectos de desarrollo sostenible que permitan mejorar la calidad de MORDAZA de los pobladores locales respetando el medio ambiente y sus identidades culturales; Que, de conformidad con lo previsto en el articulo 7º de la Ley Nº 26834 - Ley de Areas Naturales Protegidas y en el articulo 42º de su Reglamento, la categorizacion definitiva de las Areas Naturales Protegidas se realizara mediante decreto supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, previa opinion tecnica favorable del INRENA; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º, inciso 8), de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- De la categorizacion parcial de la MORDAZA Reservada Santiago-Comaina como "Parque Nacional Ichigkat Muja-Cordillera del Condor" y "Reserva Comunal Tuntanain" Categoricese la superficie de OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTAS SETENTA Y SIETE HECTAREAS (88 477.00 ha) de la MORDAZA Reservada MORDAZA - Comaina, establecida por Decreto Supremo Nº 029-2000-AG, como "Parque Nacional Ichigkat Muja - Cordillera del Condor", la cual MORDAZA los distritos de Rio MORDAZA y El Cenepa, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas; y la superficie de NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTAS SESENTA Y SIETE HECTAREAS Y SEIS MIL OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS (94 967.68 ha), de la MORDAZA Reservada MORDAZA Comaina, ubicada en los distritos de Rio MORDAZA, El Cenepa y MORDAZA, de la provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas, como "Reserva Comunal Tuntanain"; MORDAZA delimitadas segun memoria descriptiva, listado de puntos y mapas que integran el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. La MORDAZA de Proteccion Ecologica, establecida por el "Punto de Vista Vinculante de los Jefes de Estado de los Paises Garantes del Protocolo de Rio de Janeiro",

aprobado mediante Resolucion Legislativa Nº 26982, forma parte del "Parque Nacional Ichigkat Muja - Cordillera del Condor". Dicha MORDAZA de Proteccion Ecologica se rige por lo establecido en el "Acta Presidencial de Brasilia" de 26 de octubre de 1998 y por sus normas de desarrollo. Se le aplica, en lo que fuera pertinente, la legislacion correspondiente a Areas Naturales Protegidas. Articulo 2º.- Nuevos limites de la MORDAZA Reservada MORDAZA - Comaina Excluyase de la MORDAZA Reservada MORDAZA - Comaina la superficie de un millon sesenta mil seiscientas setenta y dos hectareas y ocho mil ochocientos metros cuadrados (1 060 672.88 ha). Articulo 3º.- De la MORDAZA Reservada MORDAZA Comaina Mantengase la superficie correspondiente a TRESCIENTAS NOVENTAY OCHO MILCUATROCIENTAS CUARENTA Y NUEVE HECTAREAS Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (398 449.44 ha), ubicada en los distritos de Morona y Manseriche, provincia de Datem del Maranon, departamento de Loreto; y el distrito de Rio MORDAZA, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas, como MORDAZA Reservada MORDAZA - Comaina, segun memoria descriptiva, listado de puntos y mapas que como Anexo forman parte del presente Decreto Supremo, la misma que sera categorizada en el MORDAZA de los debidos procesos participativos. La Comision Tecnica establecida en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 005-99-AG, modificada por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 029-2000-AG, presentara al Ministerio de Agricultura en el plazo de 180 dias, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, su propuesta senalando la categorizacion definitiva o, en todo caso, si no corresponde la creacion de una o mas Areas Naturales Protegidas en el MORDAZA ambito de la MORDAZA Reservada MORDAZA - Comaina. La decision debera adoptarse mediante resolucion ministerial del sector Agricultura, contando con la correspondiente propuesta de la Comision Tecnica. Articulo 4º.- De los objetivos del "Parque Nacional Ichigkat Muja - Cordillera del Condor" El "Parque Nacional Ichigkat Muja - Cordillera del Condor" tiene como objetivo general conservar la unica muestra de la Eco-region de Bosques Montanos de la Cordillera Real Oriental, permitiendo asi conservar tanto los valores geologicos y de diversidad biologica asociados, entre los que destacan especies endemicas o de distribucion restringida, especies amenazadas y grupos taxonomicos relevantes para la ciencia; como las cabeceras de las cuencas de los MORDAZA Cenepa y Comaina e importantes tributarios del rio MORDAZA y sus funciones ecologicas en el ciclo del agua en la MORDAZA del Maranon. Asi mismo, el MORDAZA Nacional Ichigkat Muja-Cordillera del MORDAZA tiene los siguientes objetivos especificos: a) Conservar la diversidad biologica y los procesos ecologicos de la Cordillera del Condor; b) Proteger las cabeceras de MORDAZA de la Cordillera del MORDAZA, garantizando la calidad y cantidad de las aguas que utilizan las comunidades ubicadas en su entorno. c) Conservar la belleza escenica, paisajistica y valores culturales de las comunidades indigenas Awajun y Wampis, presentes en la Cordillera del Condor; d) Promover el uso sostenible y equitativo de los recursos de la MORDAZA de Amortiguamiento del Area Natural Protegida, a traves del trabajo coordinado con comunidades indigenas Awajun y Wampis y mediante la gestion coordinada entre las areas protegidas fronterizas, establecidas en la Cordillera del MORDAZA del Peru y el Ecuador; y, e) Reforzar la voluntad de los Estados peruano y ecuatoriano para la conservacion de la diversidad natural y cultural de la Cordillera del MORDAZA propuesta en el Acta Presidencial de Brasilia. Articulo 5º.- De los objetivos de la "Reserva Comunal Tuntanain" La "Reserva Comunal Tuntanain" tiene como objetivo general conservar una muestra representativa de los bosques MORDAZA y premontano humedos de la Yunga Tropical del noroeste del MORDAZA, los cuales albergan especies

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.