Norma Legal Oficial del día 03 de Febrero del año 2011 (03/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de febrero de 2011

Articulo Primero.- Formalizar la modificacion de la Resolucion Directoral N° 415-2010-MTC/15, cambiando una (01) linea de inspeccion MORDAZA pesado por una (01) linea de inspeccion MORDAZA mixta, por la aplicacion del silencio administrativo positivo respecto de la solicitud presentada por la empresa GRUPO TECNOLOGICO AUTOMOTRIZ S.A.C. Articulo Segundo.- Dentro del plazo MORDAZA de ciento (120) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la empresa GRUPO TECNOLOGICO AUTOMOTRIZ S.A.C., debera presentar el Certificado de Homologacion de Equipos, Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de Equipos correspondientes, emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies - IFIA. Articulo Tercero.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 596196-1

Autorizan a Nor Car Peru S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integral
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3483-2010-MTC/15 MORDAZA, 10 de diciembre de 2010 VISTO: El Expediente Nº 2010-0019898 presentado por la empresa denominada NOR CAR PERU S.A.C, de fecha 11 de noviembre de 2010. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales. Que, mediante el documento indicado en visto, La Empresa presenta solicitud de autorizacion como Escuela de Conductores Integral a fin de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la clase A categoria II y III, en la MORDAZA de Tarapoto. FLOTA VEHICULAR:
N 1 2 3 4 MORDAZA TOYOTA MORDAZA BENZ HYUNDAI VOLVO MODELO HIACE COMMUTER DSL OF­1620/60 TURBO 4000 DLX N1042 (4X2) CLASE CAMIONETA RURAL (M2) OMNIBUS (M3) CAMION (N2) CAMION (N3)

Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento. Que, la Direccion General de Transporte Terrestre, con Memorandum Nº 4284-2010-MTC/15, remite a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, el Informe Nº 007-2010MTC/15.PJB sobre la inspeccion ocular realizada a la empresa denominada NOR CAR PERU S.A.C., en la MORDAZA de Tarapoto, elaborado por el Asesor Legal de la DGTT. Al respecto, en el informe MORDAZA indicado se senala que La Empresa cumple con todo lo senalado en la relacion de bienes, muebles y enseres, memoria descriptiva, planos de ubicacion y de distribucion del local propuesto. Que,esprecisoindicarqueelarticulo117°deElReglamento dispone que las Escuelas de Conductores son responsables administrativamente ante la autoridad competente por el incumplimiento de las obligaciones administrativas a su cargo, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. En tal sentido, en caso de incumplimiento de dichas obligaciones administrativas, se aplicaran las sanciones administrativas correspondientes, senaladas en el Cuadro de Tipificacion y Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones, lo cual conllevara a la ejecucion de la Carta Fianza, conforme el numeral 43.6 del articulo 43° de El Reglamento. Que, con el Informe Nº 1524-2010-MTC/15.03, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, concluye que la Empresa cumple con presentar los requisitos establecidos en El Reglamento, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente. Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la empresa denominada NOR CAR PERU S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integral, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria II y III; procediendose a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos:
Denominacion de la Escuela Clase de Escuela Ubicacion del Establecimiento : ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRAL NOR CAR PERU S.A.C. : Escuela de Conductores Integral : OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSENANZA Y TALLER DE INSTRUCCION TEORICO ­ PRACTICO DE MECANICA Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 174, Tarapoto ­ San Martin. CIRCUITO DE MANEJO Kilometro Uno de la Via de Evitamiento, Banda Shilcayo, Tarapoto ­ San Martin. : Cinco (5) anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

Plazo de Autorizacion

Nº CHASIS JTFJK02P2A0017366 9BM384087TB078971 KMFHA17EPSU009119 2893J

Nº DE MOTOR 5L6151890 37699310300597 D4AES092709 TD100A71160529

ANO FAB. 2010 1996 1995 1975

PLACA S1A-743 UQ-9843 A6T-808 WD-5090

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