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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (01/08/1998)

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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALESDirector: Enrique Sánchez Hernani Lima, sábado 1 de agosto de 1998 AÑO XVI - Nº 6611 Pág. 162655 AGRICULTURA Autorizan viaje de profesional del pro- yecto FEAS a Chile para participar en el curso "Uso Avanzado de Internet en Apoyo al Desarrollo Rural" RESOLUCION SUPREMA Nº 051-98-AG Lima, 31 de julio de 1998 Visto el Oficio Nº 387-98-AG-FEAS/DE, del Director Ejecu- tivo del Proyecto de Fomento de la Transferencia de Tecnología a las Comunidades Campesinas de la Sierra - FEAS; CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 13 de julio de 1998, el Coordinador de FIDAMERICA informa al Proyecto de Fo- mento de la Transferencia de Tecnología a las Comunida- des Campesinas de la Sierra - FEAS, que aceptan la parti- cipación del señor Elmer Peralta Quiroz, en su calidad de sociólogo comunicador del Proyecto FEAS, en el Curso Taller "Uso Avanzado de Internet en Apoyo al Desarrollo Rural", patrocinado por el Fondo Internacional de Desarro- llo Agrícola - FIDA, a realizarse del 2 al 8 de agosto de 1998, en la ciudad de Santiago de Chile, Chile; Que, resulta conveniente autorizar el viaje del señor Elmer Peralta Quiroz a efectos que el Proyecto de Fomento de la Transferencia de Tecnología a las Comunidades Cam- pesinas de la Sierra - FEAS cuente con personal capacitado en el uso del INTERNET, como instrumento moderno de comunicación en apoyo al desarrollo rural; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 26894, Decreto Ley Nº 25902 y los Decretos Supremos Nº 053- 84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF y Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Elmer Peralta Quiroz, sociólogo comunicador del Proyecto FEAS, a la ciudad de Santiago de Chile, Chile, del 2 al 8 de agosto, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demanda el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto del Proyecto FEAS correspondiente al Ejercicio Presupuestal 1998 de acuerdo a la siguiente Cadena Funcional Progra- mática: 003, 04, 012, 0045, 2.00254, 3.1284, 01628 por la fuente de financiamiento Recursos de Operaciones Oficia- les de Crédito Externo del pliego 013 - Ministerio de Agricul- tura, los mismos que ascienden a la suma de: Pasajes US$ 307.10, Viáticos US$ 700.00; siendo la tarifa Corpac de US$ 25.00 a cargo de la Fuente de Recursos de Ordinarios. Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impues- tos aduaneros cualquiera fuere su clase o denominación. Artículo 4º.- El mencionado funcionario dentro de los quince días posteriores a su retorno al país deberá presen- tar un informe al Titular del Pliego. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 8537PRES Aprueban el Organigrama Estructural y el Reglamento de Organización y Funciones de los Consejos Transito- rios de Administración Regional DECRETO SUPREMO Nº 010-98-PRES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descentralización creó los Consejos Transitorios de Administración Regional en cada uno de los departamentos del país, facultando al Ministerio de la Presidencia las acciones administrativas para su implementación y funcionamiento a partir del 1 de julio de 1998; Que, el Artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 030-98 dispone que el plazo para la aprobación de las Normas Reglamentarias y Complementarias vence el 31 de julio de 1998; Que, es necesario aprobar el Organigrama Estructu- ral y el Reglamento de Organización y Funciones de los Consejos Transitorios de Administración Regional crea- dos; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Tercera y Quinta Disposiciones Complementarias de la Ley Nº 26922, y el Decreto de Urgencia Nº 030-98; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el Organigrama Estructural y el Reglamento de Organización y Funciones de los Consejos Transitorios de Administración Regional (CTAR's), el mis- mo que consta de cinco (5) títulos, doce (12) capítulos y treinta y dos (32) artículos y forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Los Consejos Transitorios de Adminis- tración Regional quedan facultados para elaborar sus docu- mentos de gestión institucional, debiendo ser aprobados mediante resolución del titular. Artículo 3º.- Derógase o déjase en suspenso las dispo- siciones legales que se opongan a la presente norma. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Minis- tro de la Presidencia. Dado en la Casa de Gobierno a los treinta días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JAVIER VALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia