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Pág. 162665 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de agosto de 1998 Milla Castro porque no suscribió el Acta que otorgó el indicado beneficio penitenciario; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica en su Informe Nº 032-98-JUS/OGAJ-OAA; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia y Artículos 67º, 84º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acumular los recursos de apelación inter- puestos por Diógenes Montoya Neyra y Gino Teodoro Milla Castro, contra la Resolución de la Presidencia de la Comi- sión Reorganizadora Nº 161-98-INPE-CR-P, de fecha 7 de abril de 1998. Artículo 2º.- Declarar infundados los recursos de ape- lación interpuestos por Diógenes Montoya Neyra y Gino Teodoro Milla Castro, contra la Resolución de la Presiden- cia de la Comisión Reorganizadora Nº 161-98-INPE-CR-P, de fecha 7 de abril de 1998, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, al Instituto Nacional Penitenciario y a los interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 8421 Cancelan títulos de Notario de los Dis- tritos Notariales de San Martín y de Huánuco, Pasco y Ucayali RESOLUCION MINISTERIAL Nº 159-98-JUS Lima, 21 de julio de 1998 Visto el Oficio Nº 110-98-JUS/CN-P, de fecha 8 de julio de 1998, del Presidente del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO: Que mediante oficio de visto, el Presidente del Consejo del Notariado comunica y remite la renuncia de don David Sandoval Delgado, Notario de la provincia de Tarapoto, Distrito Notarial de San Martín; Que en consecuencia es necesario cancelar el título respectivo; De conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del Artículo 21º del Decreto Ley Nº 26002 - Ley del Notariado y el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CANCELAR, por renuncia, el título de Notario de la provincia de Tarapoto, Distrito Notarial de San Martín, de don David Sandoval Delgado. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Consejo del Notariado y al Colegio de Nota- rios de San Martín, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 8426 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 160-98-JUS Lima, 21 de julio de 1998 Visto el Oficio Nº 112-98-JUS/CN-P, de fecha 8 de julio de 1998, del Presidente del Consejo del Notariado;CONSIDERANDO: Que mediante oficio de visto, el Presidente del Con- sejo del Notariado comunica el fallecimiento de don Edgar Rubén Yépez Arangua, Notario de la provincia de Coronel Portillo, Distrito Notarial de Huánuco, Pasco y Ucayali, adjuntando copia de la respectiva acta de de- función; Que en consecuencia es necesario cancelar el título respectivo; De conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del Artículo 21º del Decreto Ley Nº 26002 - Ley del Notariado y el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CANCELAR, por fallecimiento, el título de Notario de la provincia de Coronel Portillo, Distrito Notarial de Huánuco, Pasco y Ucayali, de don Edgar Rubén Yépez Arangua. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Huánuco, Pasco y Ucayali, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 8427 DEFENSA Aprueban la modificación del Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos del CONIDA DECRETO SUPREMO Nº 021 DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 757 - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, se ha establecido la obligatoriedad para todas las entidades de la Administra- ción Pública de aprobar y publicar su correspondiente TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRA- TIVOS - TUPA; Que, por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, se han establecido las disposiciones reglamentarias para el cum- plimiento de la obligación a que se refiere el considerando anterior; Que por Decreto Supremo Nº 067-93-DE/SG se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial (CONIDA); De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespa- cial (CONIDA) aprobado por Decreto Supremo Nº 067-93- DE/SG del 27 de setiembre de 1993, de acuerdo al anexo que se adjunta al presente Decreto Supremo y que forma parte del mismo. Artículo Segundo.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días de mayo de mil novecientos noventiocho. Ing. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente de la República CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro de Defensa