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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (01/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 162658 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de agosto de 1998 i) Administrar y controlar el patrimonio asignado y los que le fueran dados por encargo; así como evaluar y deter- minar su uso y destino final, en aplicación a los dispositivos legales vigentes. j) Dirigir las actividades de Defensa Nacional en los aspectos no militares y de Defensa Civil en el ámbito de su jurisdicción. k) Aprobar los Manuales de Organización y Funciones de los organos de su dependencia. l) Conducir y fortalecer las acciones necesarias con las Direcciones Regionales Sectoriales y los Organismos Públi- cos Descentralizados en el ámbito departamental, a fin de cumplir con los objetivos para el desarrollo regional m) Ejercer las demás competencias y funciones genera- les o específicas que les corresponda por mandato legal o que les encomiende el Poder Ejecutivo. TITULO IV DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Artículo 12º.- La Estructura Orgánica de los Consejos Transitorios de Administración Regional es la siguiente: A.DIRECCION SUPERIOR Presidencia Ejecutiva Secretaría Técnica. B.ORGANOS CONSULTIVOS. Consejo Interinstitucional y Multisectorial. Consejo de Coordinación con Gobiernos Locales. C.ORGANO DE CONTROL INTERNO. Gerencia Regional de Control Interno D.ORGANOS DE ASESORIA Gerencia Regional de Asesoría Jurídica Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional E.ORGANO DE APOYO Gerencia Regional de Administración. F.ORGANOS DE LINEA Gerencia Regional de Operaciones Gerencia Regional de Promoción de Inversiones G.ORGANOS DESCONCENTRADOS Gerencias Subregionales Proyectos Especiales Direcciones Regionales Sectoriales VTITULO V DE LAS FUNCIONES CAPITULO I DE LA DIRECCION SUPERIOR Artículo 13º.- La Dirección Superior es el máximo nivel jerárquico de los Consejos Transitorios de Administración Regional, encargada de supervisar, evaluar, dirigir y con- trolar las dependencias del CTAR; está constituida por: La Presidencia Ejecutiva y La Secretaría Técnica DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA Artículo 14º.- Son funciones de la Presidencia Ejecuti- va: a) Representar al Consejo Transitorio de Administra- ción Regional ante los organismos y entidades públicas o privadas, nacionales e internacionales. b) Presidir el Consejo Interinstitucional y Multisecto- rial y el Consejo de Coordinación con Gobiernos Locales. c) Orientar y supervisar las actividades de las depen- dencias y órganos desconcentrados del Consejo Transitorio de Administración Regional.d) Presentar a las instancias correspondientes el plan de desarrollo y operativo regional, el presupuesto anual; así como la evaluación de los resultados en concordancia con los lineamientos de política, establecidos por el Ministerio de la Presidencia. e) Dirigir el cumplimiento de las funciones generales del Consejo Transitorio de Administración Regional, me- diante una gestión por resultados. f) Resolver en última instancia administrativa, los re- cursos impugnativos interpuestos contra las decisiones de los órganos o dependencias de la jurisdicción del Consejo Transitorio de Administración Regional. g) Proponer al Ministerio del Sector correspondiente la terna para la designación del Director Regional Sectorial respectivo. h) Proponer la designación del Secretario Técnico y demás cargos de nivel gerencial de los Consejos Transito- rios de Administración Regional (CTAR) de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. i) Cumplir y hacer cumplir las normas legales relaciona- das con la gestión del CTAR y el desarrollo regional. j) Convocar y dirigir a las autoridades, funcionarios y ejecutivos sectoriales del Gobierno Central, organismos descentralizados, instituciones representativas públicas o privadas y gobiernos locales, para formular en conjunto el plan de desarrollo y operativo regional. k) Aprobar la memoria anual presentándola a la instan- cia correspondiente. l) Suscribir los contratos, convenios, y demás documen- tos vinculados con la gestión del CTAR, de acuerdo a legislación vigente. m) Proponer operaciones de crédito externo o interno, con sujeción a la legislación nacional sobre la materia. n) Dirigir las acciones de defensa nacional en los campos no militares y de defensa civil en la región. o) Proyectar la imagen institucional, mediante un ade- cuado uso de las comunicaciones. p) Otras funciones que le sean asignadas. DE LA SECRETARIA TECNICA Artículo 15º.- Son funciones de la Secretaría Técnica: a) Monitorear y supervisar la formulación del plan de desarrollo y operativo regional, presentándolos al Presiden- te Ejecutivo para su trámite respectivo. b) Supervisar, monitorear y evaluar la ejecución de los programas y proyectos regionales de carácter sectorial y el componente multisectorial que le corresponda, incluidos en el plan de desarrollo y operativo regional. c) Coordinar por encargo del Presidente Ejecutivo con los sectores y otras organizaciones del ámbito departamen- tal, la formulación, ejecución y evaluación de los presupues- tos de Desarrollo de la Región. d) Coordinar con la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional la formulación, eje- cución y evaluación del Presupuesto del Consejo Transito- rio de Administración Regional. e) Efectuar el seguimiento y control de calidad de la ejecución de los anteproyectos y proyectos de inversión. f) Supervisar y evaluar la ejecución del plan de desarro- llo y operativo regional, informando de sus resultados al Presidente Ejecutivo. g) Supervisar y evaluar el desarrollo de la organización propiciando el trabajo coordinado entre los órganos del CTAR. h) Proponer al Presidente Ejecutivo las políticas y estra- tegias para impulsar el desarrollo regional. i) Por encargo del Presidente Ejecutivo supervisar y evaluar la ejecución y la calidad de los servicios públicos y administrativos que brindan los sectores; así mismo, super- visar y evaluar la ejecución de los proyectos especiales del CTAR. j) Ejecutar y supervisar la aplicación de las Normas Técnicas y Administrativas emitidas por los organismos de nivel nacional que tengan implicancia en el desarrollo regional. k)Controlar que la ejecución de los convenios o contratos se cumplan de acuerdo a las normas legales establecidas. l) Evaluar y proponer las acciones de personal al Presi- dente Ejecutivo. m) Monitorear y Supervisar los procesos de Trámite Documentario y Archivo. n) Informar al Presidente Ejecutivo sobre la gestión administrativa y financiera del CTAR. o) Reemplazar al Presidente Ejecutivo en caso de ausen- cia, impedimento o vacancia, asumiendo las funciones inhe- rentes al cargo.