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Pág. 162660 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de agosto de 1998 CAPITULO V ORGANO DE APOYO DE LA GERENCIA REGIONAL DE ADMINISTRACION Artículo 23º.- Son funciones de la Gerencia Regional de Administración: a) Dirigir y controlar los sistemas dentro del ámbito de su competencia. b) Emitir dictamen previo sobre la transferencia de bienes correspondientes al Patrimonio Regional. c) Elaborar y ejecutar programas de capacitación en forma coordinada con las dependencias del CTAR. d) Presentar y brindar información oportuna sobre los sistemas que dirige, con la sustentación técnica respectiva, en los plazos establecidos o cuando le sea requerida. e) Organizar y actualizar permanentemente el Mar- gesí de Bienes Nacionales correspondientes al ámbito territorial del CTAR de conformidad con los dispositivos legales vigentes. f) Participar en la formulación del Presupuesto del Pliego, coordinando con la Oficina de Planificación, Presu- puesto y Desarrollo Institucional. g) Proponer las directivas que permitan mejorar su gestión. h) Proponer las mejoras metodológicas de los sistemas que están bajo su responsabilidad. i) Otras funciones que le sean asignadas. CAPITULO VI ORGANOS DE LINEA DE LA GERENCIA REGIONAL DE OPERACIONES Artículo 24º.- Son funciones de la Gerencia Regional de Operaciones: a) Formular y conducir el proceso técnico y administra- tivo de los Proyectos de Inversión y su ejecución bajo las diversas modalidades en concordancia con los dispositivos legales vigentes. b) Formular los anteproyectos y proyectos de inversión de acuerdo a las necesidades determinadas en el ámbito de cada Región. c) Participar en la formulación del Plan Operativo de los proyectos de Inversiones del CTAR. d) Dirigir y supervisar la ejecución de los proyectos y obras de inversión con arreglo a la normatividad legal. e) Efectuar las liquidaciones oportunas, de las obras resultantes de la ejecución de los proyectos de inversión, conforme a la legislación vigente. f) Concertar y formular los convenios o contratos a suscribir con la población organizada e instituciones, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. g) Ejecutar los programas y proyectos de emergencia de acuerdo a la normatividad legal vigente. h) Otras funciones que le sean asignadas. DE LA GERENCIA REGIONAL DE PROMOCION DE INVERSIONES Artículo 25º.- Son funciones de la Gerencia Regional de Promoción de Inversiones: a) Determinar las necesidades de estudios, proyectos e infraestructura que sea de interés del sector privado para su explotación. b) Identificar los proyectos que incentiven el interés del sector privado. c) Conducir las políticas y estrategias de promoción de la inversión privada en el ámbito departamental y evaluar sus resultados. d) Establecer el nivel de participación del Sector Público, para facilitar la inversión privada. e) Promover la participación del sector privado. f) Mantener comunicación e información con las entida- des del Estado y del sector privado, encargadas de impulsar la promoción de la inversión privada. g) Evaluar los resultados y el impacto de los estudios, proyectos y obras ejecutadas.h) Impulsar el desarrollo y promoción de la micro, pequeña y mediana empresa desarrollando mecanismos de fortalecimiento empresarial. i) Promover la exportación de productos competitivos del ámbito del CTAR. j) Otras funciones que le sean asignadas. CAPITULO VII ORGANOS DESCONCENTRADOS DE LAS GERENCIAS SUBREGIONALES Artículo 26º.- Las Gerencias Subregionales se cons- tituyen como órganos desconcentrados territorialmente del CTAR, responsables de formular, programar, coordi- nar, ejecutar y supervisar acciones de desarrollo en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales, en concordancia con los planes y programas, Subregionales y Regiona- les. Artículo 27º.- Las Gerencias Subregionales tienen las siguientes funciones: a) Coordinar, orientar, impulsar y conducir los planes de desarrollo en el ámbito territorial de su competencia, inte- grando los esfuerzos y recursos de los agentes de desarrollo y organismos sectoriales. b) Elaborar, asesorar , apoyar y coordinar la formula- ción de estudios y expedientes técnicos de obras y proyectos. c) Promover y organizar programas de capacitación para el desarrollo empresarial. d) Promover la mayor participación del sector privado en la preinversión e inversión Subregional. e) Cumplir y hacer cumplir las normas legales y dispo- siciones emitidas por el Consejo Transitorio de Administra- ción Regional. f) Coordinar y supervisar la ejecución del Presupuesto Subregional y administrar su patrimonio conforme a ley. g) Efectuar acciones de concertación para lograr el cofinanciamiento en la ejecución de obras y proyectos por parte de los beneficiarios. h) Concertar y coordinar con las municipalidades, las organizaciones sociales, económicas y culturales de su jurisdicción la ejecución de proyectos y obras de interés regional. i) Ejecutar acciones de promoción del desarrollo para consolidar los proyectos y obras en el ámbito de su jurisdic- ción. j) Supervisar la prestación de los servicios públicos que brindan los sectores en el ámbito de su competencia. k) Conducir y coordinar la formulación de planes de desarrollo provincial y distrital. l) Otras funciones que le sean asignadas. Artículo 28º.- Las Gerencias Subregionales tienen la siguiente estructura orgánica: ORGANO DE DIRECCION Gerencia Subregional ORGANO DE ASESORAMIENTO Oficina Subregional de Planificación y Presupuesto ORGANO DE APOYO Oficina Subregional de Administración ORGANO DE LINEA Oficina Subregional de Operaciones DE LOS PROYECTOS ESPECIALES Artículo 29º.- Son organismos dependientes de la Di- rección Superior con autonomía económica y administrati- va. Financiados con recursos del Tesoro Público y/o recursos de cooperación internacional. a) Las funciones se establecerán de acuerdo a los dispo- sitivos legales de creación. b) Los Proyectos Especiales presentarán sus planes operativos; programas de inversión y otros documentos de gestión institucional a la Dirección Superior del CTAR para su aprobación. c) Los Proyectos Especiales informarán periódicamente a la Dirección Superior del CTAR los avances en la ejecución de sus planes y presupuestos.