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Pág. 163120 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de agosto de 1998 de Paracas e Independencia de la provincia de Pisco, mediante la Resolución Ministerial Nº 336-98-PE de fecha 8 de julio de 1998, ha opinado por la conveniencia de ampliar el período de veda de concha de abanico señalado en el considerando precedente; Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar hasta las 00.00 horas del día 1 de setiembre de 1998, la prohibición de las actividades extractivas del recurso concha de abanico (Argopecten purpuratus) establecida por la Resolución Ministerial Nº 386-98-PE, en el área jurisdiccional de la Dirección Subregional de Pesquería de Pisco. Artículo 2º.- El Instituto del Mar del Perú realiza- rá la evaluación permanente de la situación del recurso concha de abanico en el área jurisdiccional de la Dirección Subregional de Pesquería de Pisco, a fin de determinar su comportamiento y recomendar las medidas de ordenamiento necesarias para su conservación. Artículo 3º.- Manténgase la vigencia de lo estable- cido por el Artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 332-98-PE. Artículo 4º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, las Direc- ciones Nacionales de Extracción, Procesamiento Pes- quero y Acuicultura del Ministerio de Pesquería y la Dirección Subregional de Pesquería de Pisco, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, velarán por el cumplimiento de lo establecido por la presente Resolu- ción Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 9091 PRES Declaran improcedente solicitud de transferencia de terreno ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho RESOLUCION MINISTERIAL Nº 348-98-PRES Lima, 11 de agosto de 1998 Visto el Expediente Nº 04190-97, a través del cual la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita la transferencia del terreno de 104,00 m2, ubicado en las faldas del cerro parte posterior del lote 4 de la Mz. U-1 de la Asociación de Vivienda Los Suyos, progra- ma Las Casuarinas, zona de Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departa- mento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1037-97-MML-DMDU, de fecha 2 de julio de 1997, la Municipalidad Metropoli- tana de Lima, remite los partes del Expediente Admi- nistrativo Nº 210309, sobre transferencia de terreno de 104,00 m2, ubicado en las faldas del cerro parte poste- rior del lote 4 de la Mz. U-1 de la Asociación de Vivienda Los Suyos, programa Las Casuarinas, zona de Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante documento certificado expedido por la Oficina Registral de Lima y Callao, de fecha 17 de octubre de 1997, se informa que el terreno de 104,00 m2, anteriormente descrito se encuentra dentro de mayor extensión que corre inscrito en el tomo 10-H, fojas 525, asiento 2 de propiedad de la Comunidad Campesina de Jicamarca y otro; Que, el Decreto Supremo Nº 004-85-VC, que aprueba el Reglamento de Adjudicación de Terrenos Fiscales para Fines Urbanos en aplicación de la Ley Orgánica de Municipalidades, sus modificatorias y conexas, regula la normatividad de la adjudicación de terrenos de pro- piedad fiscal, ubicados en zonas urbanas o de expansión urbana que realice el Estado a favor de las Municipali- dades Provinciales y éstas a favor de terceros, razón por la cual el caso submateria no se ajusta a dichos presu- puestos legales en atención a que el terreno solicitado es uno de propiedad privada; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, se crea la Superintendencia de Bienes Nacionales sobre la base de la Dirección General de Bienes Nacionales, como Organismo Público Descentralizado del Ministe- rio de la Presidencia, con la finalidad de llevar el regis- tro, control y administración de los bienes inmuebles que comprenden el patrimonio fiscal; Que, en consecuencia el Estado resulta incompe- tente de pleno derecho para transferir terrenos de pro- piedad privada a favor de las Municipalidades Provin- ciales mediante procedimiento administrativo; Que, las acciones referidas a adjudicación de terre- nos serán aprobadas mediante Resolución Suprema, correspondiendo declarar las improcedencias a través de la Resolución Ministerial correspondiente; De conformidad con lo dispuesto pro el Decreto Ley Nº 25554, Decreto Ley Nº 25556,. modificado por el Decreto Ley Nº 25738 y Decreto Supremo Nº 005-93- PRES; y, Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar improcedente la solici- tud de transferencia formulada por la Municipalidad Metropolitana de Lima respecto del área de terreno de 104,00 m2, ubicado en las faldas del cerro parte poste- rior del lote 4 de la Mz. U-1 de la Asociación de Vivienda Los Suyos, programa Las Casuarinas, zona de Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, publíquese y comuníquese. JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia 9078 Instauran proceso administrativo dis- ciplinario a ex funcionarios de gobier- nos regionales RESOLUCION MINISTERIAL Nº 352-98-PRES Lima, 12 de agosto de 1998 Visto, el Informe Nº 015-98-PRES/CEPAF de la Co- misión Especial de Procesos Administrativos para Fun- cionarios del Ministerio de la Presidencia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 016-97/PRES-IG emiti- do con fecha 30 de diciembre de 1997 por la Inspecto- ría General del Sector, referente al Examen Especial a la Obra "Ampliación del Hospital Belén II Etapa -