Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 1998 (18/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, mancs 1 X dc agosto de 1998 pasible de la sancion establecida para estos casos, por el Inc. afdelArt. 8"delaResolucionN"094.90.VC.9100,de 26.7.90; Que, la Oficina del Registro Nacional de Contratistas de Obras Publicas, mediante Informe N" 616-98 RNC, de 14.7.98, permite conocer que la Empresa Constructora EMCON S.R.LTDA. no tiene inscripcion vigente y que no ha sido sancionada por el CONSULCOP en oportunidad anterior; Que, de conformidad con el informe presentado por la vocal ponente, Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuyos fundamentos se reproducen; SE RESUELVE: ll'.- Sancionar a la EMPRESA CONSTRUCTORA EMCON S.R.LTDA., con una suspension temporal de seis (6~ meses en el ejercicio de sus derechos a participar en Licitaciones Publicas yio Concursos de Precios y a contratar la ejecucion de obras con el Estado, entendiendose que la sancion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su reinscripcion en el Registro Nacional de Contratistas de Obras Publicas. 2".- Devolver los antecedentes a la Entidad Contratante para los fines legales consiguientes, luego de anotar la presente en la ficha de Contratistas del Registro Nacional de Contratistas de Obras Publicas. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PIN TORRES; MORDAZA WILLIS; MORDAZA TACKOEN; MORDAZA PODESTA; MORDAZA GONZALES. 9137

el mmo

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IPSS
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a funcionarios, ex funcionarios y servidores de la institucion
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N" 187-PE-IPSS-98 MORDAZA, ll de agosto de 1998 VISTOS: El Informe N" 041-98-IPSS-IGIGCRLOyC de la Oficina de Inspectoria General del IPSS, de fecha 3 de MORDAZA de 1998, sobre "Examen Especial al Programa Central de Especialidades del IPSS", que obra de folios 03 a 352 del Expediente N" 98-09-CEPADAN, y el Acta N" 14CEPADAN-IPSS-98 de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N" 041-98-IPSS-IGiGCRLOyC sobre "Examen Especial al Programa Central de Especialidades del IPSS", Inspectoria General realizo una Accion de Control a la gestion y operatividad del referido Programa Central (ex Gerencia de Especialistas del IPSS), durante el periodo comprendido desde el 2 de enero de 1996 hasta el 31 de diciembre de 1997, a fin de evaluar las actividades administrativas y asistenciales de dicho Programa Central, con enfasis en el otorgamiento de viaticos y rendiciones de cuenta; Que, del analisis y verificacion selectiva de los registros y documentos presentados por el Programa Central de Especialidades del IPSS, Inspectoria General determino que habria indicios de irregularidades de caracter operativo y administrativas, las mismas que originaron la formulacion de seis conclusiones y seis observaciones; Que, en la OBSERVACION 1, sobre irregularidades en el otorgamiento y uso de viaticos, durante cl periodo 1996-1997 en el Programa Central de Especialidades,

cabe senalar que del analisis de los expedientes sobre el otorgamiento de viaticos, Inspectoria General ha apreciado que las disposiciones para los viajes (viaticos para comisiones de servicio) se han venido otorgando indistintamente por la Jefatura del Programa Central de Especialidades u otras instancias, sin que tales egresos respondan a necesidades previamente definidas, especialmente para el caso del personal administrativo, quienes habian recibido viaticos en forma reiterada para realizar labores de apoyo al personal asistencial, sin acreditar evidencia de trabajo alguno; Que, asimismo, se evidencio que cualquier funcionario de dicho Programa Central (Jefe de Logistica, Jefe de Finanzas, Subgerente Administrativo, Directores de Linea) solicitaba el otorgamiento de viaticos para comisiones de servicio, y estos fueron autorizados, ya sea por sl Subgerente de Administracion o el Jefe del Programa Central, cuando dicha funcion debio ser asumida exclusivamente por el Jefe del Programa Central, de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 8.2 y 8.2.1 literal d) de la Directiva N" 003-GCL-IPSS-96, que establece que dentro del territorio nacional las comisiones a los conseieros, funcionarios y servidores, segun su nivel correspondiente, seran autorizados. en este caso, por el Jefe del Programa Central; Que, en el caso del Jefe del Area de Logistica, no obstante participar en los calculos de viaticos, no efectuo visacion alguna a los documentos sobre el otorgamiento de viaticos, apreciandose que estos solo fueron visados por el Subgerente de Administracion y el Jefe del Programa Central. Asimismo, no cumplio con otorgar las respectivas polizas de accidentes personales a los funcionarios y servidores en comision de servicios, que obra de folios 14 a 15; Que, del mismo modo, a pesar de que la MORDAZA de Declaraciones Juradas como rendiciones de cuenta por viaticos, opera de manera excepcional, de acuerdo a lo senalado por la Resolucion de Gerencia General N" 519-GG-IPSS-95, la Gerencia de Especialistas del IPSS `hoy Programa Central de Especialidades) como practira usual, acepto la MORDAZA de Declaraciones Juradas como sustento de las rendiciones de cuenta por el integro de los viaticos otorgados, no obstante que la generalidad de las comisiones de servicio fueron realizadas a hospitales de nivel 1, II y III de la institucion, ubicados en capitales de provincia o departamento, donde se podia obtener comprobantes de pago (boletas de venta 0 facturas) para sustentar los gastos efectuados, que obra de folios 15 a 16; Que, de los actuados fluye que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de Jefe del Programa Central de Especialidades no MORDAZA con un mecanismo de control interno para el otorgamiento de viaticos, ni otorgo a los funcionarios y servidores las respectivas polizas de accidentes personales, acepto declaraciones juradas con antelacion a la realizacion de las comisiones de servi:ios, y no superviso y controlo las tarjetas de asistencia y permanencia del personal administrativo que participo en las diversas comisiones de servicios; Que, a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ormaeche, MORDAZA MORDAZA Herbozo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Isern Gatty, MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del Busto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edgard MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Roncal MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Nunez, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Castanos Acuna, MORDAZA MORDAZA Noblecilla, MORDAZA MORDAZA Marro, MORDAZA Laines MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Gavelan, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Galvan y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las deficiencias encontradas en la sustentacion de los gastos en comisiones de servicio mediante la MORDAZA de declaraciones juradas incluso MORDAZA o en forma paralela al otorgamiento de viaticos, sin haberse efectuado aun la comision de servicios, se ha desvirtuado lo dispuesto en la Directiva N" OOS-GCL-IPSS-96 "Pago de viaticos a funcionarios y servidores en Comision de servicios". Inspectoria General observo el hecho que de 574 expe-

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