Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 1998 (30/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

CUADRO RESUMEN CALIFICACION DE EXPEDIENTES DE ZONIFICACION DEL DISTRITO DE LA MORDAZA
N DE RAZON ° SOCIAL CAMBIO DE ONIFICACION SOLICITADO El aE3 R4 a R3 C3 a R1 R3 a C3 OUaC3 OUaC2 OU a C3 R a R3 1 E l a R1 R a R3 1 R1SaR1 R3 a R4 R2 a R5 R a C3 1 R a C3 1 R1-S a R1 H3 a R4 y H3 a R4 ZF a R2 ZFyOUa R4 OU a R1 E l a E3 PROCEDE FROCEDE PROCEDE FROCEDE CALIFICACION

establecidos en los numerales del Decreto Legislativo N° 776 MORDAZA referidos;. De conformidad con lo establecido en el Articulo 109° y en ejercicio de las atribuciones conferidas al Concejo por el Articulo I de la Ley Organica de Municipalidades, por UNANIMIDAD se aprobo la siguiente:

709968 IBM di Peru i S A 700920 U N A L M 609903 3 UNALM 705257 7 J. C Contratistas 7 0 7 6 9 4 MORDAZA MORDAZA Baldarrago

MORDAZA MORDAZA MORDAZA

PROCEDE PROCEDE PROCEDE PROCEDE PROCEDE A C3E NO PROCEDE NO PROCEDE NO PROCEDE NO PROCEDE NO PROCEDE NO PROCEDE NO PROCEDE NO PROCEDE NO PROCEDE CPMBIA A R2 NO PROCEDE NO PROCEDE NO PROCEDE

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia

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MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban ordenanzaqueestablece pla L O de vigencia y renovacion de licen cias municipales de funcionamiento
ORDENANZA MUNICIPAL N° 29-98-MDCH
Chorrillos, 23 de octubre de 1998 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal de Chorrillos, en Sesion Ordinar celebrada en la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 192° inciso 3 ) de la Constitucion Politica d( Peru, establece que las Municipalidades son competentes para crear, modificar, suprimir contribuciones. tasas, arbitrios, licen cias y derechos municipales; Que, el Articulo 68° inciso 7) de la Ley N° 23853, dispor como funcion municipal en materiade abastecimiento y come cializacion de productos, otorgar licencias de apertura de est: blecimientos comerciales e industriales y de actividades profe sionales y controlar su funcionamiento de acuerdo a ellas; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tribu tario, aprobado por Decreto Legislativo N° X16, establece qt mediante Ordenanza los Gobiernos Locales pueden crear, rnod ficar y suprimir sus contribuciones, arbitrio<. derechos v licen cias dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la le Que, con arreglo al Articulo 68" del Decreto Legislativo $ 776- Ley de Tributacion Municipal- las Licencias de Funciona miento son las tasas que debe pagar todo contribuyente pat operar un establecimiento industrial. comercial o de servicio: Que, los Articulos 71" y 74" del Decreto Legislativo N° 770 establecen que las licencias de funcionamiento tendran vigencia no menor de un (1) ano y que su renovacion es automatica e n tanto no MORDAZA cambio de uso o zonificacion; Que, es necesario adecuar la vigencia de la Licencia Munici- ipal de Funcionamiento y la renovacion de la misma a los plazo s

para operar establecimientos industriales, comerciales y/o de servicios que se otorguen en el distrito de Chorrillos a partir del dia siguiente de publicacion de la presente Ordenanza, tendran una vigencia de tres (3 anos, contados a partir de la fecha de la Resolucion de Alcaldia que otorga la licencia. Articulo 2°.- Al termino de la vigencia de la Licencia Municipal de Funcionamiento, el titular podra acceder a la renovacion automatica de su licencia por un periodo de tres (3) anos, la misma que sera otorgada por el MORDAZA, previa visacion de la Oficina de Rentas y del pago del derecho establecido en el MORDAZA vigente a la fecha de renovacion. Articulo 3°.- El otorgamiento de la Licencia Municipal de Funcionamiento se cenira a lo dispuesto en el MORDAZA de la Municipalidad de Chorrillos, vigente al inicio del tramite administrativo. Articulo 4°.- Los Certificados de Compatibilidad de Uso expedidos por la Oficina de Obras tendran una validez de cinco (5) anos, a cuyo vencimiento se debera obtener un MORDAZA certificado. Articulo 5°.- Las resoluciones y los Certificados de Licencia Municipal de Funcionamiento que se hayan expedido y otorgado con anterioridad ala presente ordenanza, quedan automaticamente prorrogadas en su vigencia al plazo de tres (3) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la respectiva licencia. Al vencimiento de este MORDAZA plazo, el interesado debera solicitar la renovacion automatica de la licencia. Articulo 6°.- La presente Ordenanza es aplicable a todas las solicitudes de Licencia Municipal de Funcionamiento y/o de Renovacion que se encuentren en tramite. Articulo 7°.- Autorizase al MORDAZA para que dicte las disposiciones reglamentarias y administrativas destinadas al mejor cumplimiento de los fines de la presente ordenanza. Articulo 8°.- Quedan derogadas y sin efecto alguno las disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA GUTIERRE2 WESELBY MORDAZA

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PLAZO DE VIGENCIA Y RENOVACION DE LAS LICENCIAS MUNICIPALES DE FUNCIONAMIENTO Articulo l°.- Las Licencias Municipales de Funcionamiento

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Ratifican contenido de la Res. N° 06798-MML-DMDU, referida a recepcion , de obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 6797/98-MDCH
Chorrillos, 24 de diciembre de 1998 Visto, el Expediente Administrativo N° 13800198 organizado el 10.11.98, por CONSTRUCTORA MORDAZA MORDAZA S.A., solicitando Recepcion de Obras de Habilitacion MORDAZA para Uso de Comercio Sectorial "C-3"; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 3 de junio de 1998, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA emite la Resolucion N°067-98-MML-DMDU, por la cual autoriza recepcionar las Obras de Habilitacion MORDAZA del terreno de 30,090.OO m2 denominado urbanizacion MORDAZA MORDAZA 2da. etapa, ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; Que, la solicitud de inscripcion de la resolucion acotada ha sido materia de observacion por la Oficina Registra1 de MORDAZA y Callao, conforme consta en la Esquela de Observacion de fecha 2.11.98, con referencia al Titulo N° 00181270 del Registro de Propiedad Inmueble, indicando que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA carecia de competencia para emitir la Resolucion N°067-98-MML-DMDU; Que, tal observacion registra1 tiene pleno sustentoen razon que ala fecha de expedicion de la resolucion ya se encontraba vigente la Ley N" 26878 que confiere esa atribucion a la Municipalidad Distrital de Chorrillos, por tratarse de un terreno ubicado dentro de su circunscripcion territorial, deviniendo nula dicha resolucion, por incompetencia del organo del cual emano, tal como preve el inciso a) del Articulo 43° del D.S. N°02-94-JUS;

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