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RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL N“ 713-GG-IPSS-98 Lima, 28 de diciembre de 1998 VISTA: El Acta W 21-CEPADAN-IPSS-98, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel. referente al proceso administrativo disciplinario instaurado me&nte Resolu- ción de Gerencia General N” 355-GG-IPSS-98 a mérito del Informe W 074-97-AFSO-CV-IPSS referente ala "Fiscalización al Hospital Nacional de1 Sur Arequipa”, del Expediente N” 97-30-CEPADAN. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Gerencia Generai N°355-GG- IPSS-98, que obra a folios 173 y 173 vuelta se instauró proceso administrativo disciplinario al señor Percy Ballón Escalante- Gerente Administrativo y a la señora Jesús Montoya Pinto -Jefa de Admisión e Historias Clínicas del Hospital Nacional del Sur- Arequipa, a mérito de la conclusión 10 e) del Informe N” 074-97- AFSO-CV-IPSS referente ala “Fiscalización al Hoypita Nacio- nal del Sur Arequipa”. que obra a folios 6; Que. notificados de acuerdo a lev. el señor Percv Halló” Escalante y la señora Jesús Montoya Pinto, presentaron sus descargos, conforme aparece a folios 179 a 244,252 a 308, 326 y 327, respectivamente; Que, del análisis del expedxmte y descargos presentados, se desprende que se le encuentra responsabilidad funcional al señor Ballón Escalante, por la falta de supervisión al personal de laempresa M&N Contratistas S.R.Ltda., encargado del sistema de gestión hospitalaria en el Hospital Nacional del Sur- Arequipa, en razón aque, aún cuando el personal de la referida empresa no tenía vinculo laboral directo con el IPSS. la cláusula octava del contrato de fecha 3 de setiembre de 1996, suscrito entre el Hospital y la citadaempresa, le facultaba al Gerente del Hospital y al Jefi del Area de Informática a supervisar no sólo la realización del servicio sino, de ser el caso, solicitar a la atada empresa la separación de cualquier integrante de la misma que a su juicio no rcúna los requisitos para el puesto que desempefia, y en cl caso de autos. el Gerente Admi- nistrativo, tiene la obligación de supervisar v controlar las act ivida- des correspondientes a los sistemas de personal; Que. asimismo. se ha determinado la responsabilidad del señor Bailón Éscalante, ‘por el cargo relativo a que el personal de la empresa M&N S.R.Ltda. carece de uniforme y fotocheck de identifi- cación respectiva. por el incumplimiento del Memorándum N” 294- DE-IPSS-93, de la entonces Dwección Ejecutiva, dirigido a los Gerentes Centrales, Gerentes Zonales. Gerentes Departamentales ddnrtoresdeHospitalesNacionaies,disponiendobajoresponsabili- a ,que todo personal deservicesdelárea asistencial vadministra- tiva debe ser uniformado a costo del contratista, con una placa de identificación con el nombre del trabajador y In empresa del service; en razón a que, del descargo presentado por el señor Ballón Escalan- te, se desprende que no se incluyó esta exigencia en el contrato con la citada empresa porque la duración del mismo era cuatro meses,sin embargo el contrato de fecha 3 de setiembre de 1996. fue materia de sucesivas prórrogas, sin que se incluya ésta disposición, conforme aparece de las prórrogas del contrato, suscritas con fecha?: 29 de enero, 18 de marzo, 04 de abril, 24 de junio y 25 de agosto de 1997, que obran de folios 221 al 234, donde intervino el señor Bailón en su calidad de Gerente Administrativo; Que, respecto a la señora Montoya Pinto le alcanza respon- sabilidad en relación a este extremo de la abservación ya que en su calidad de Jefa de Admisión y Citas su función era verificar no sólo que el servicio relativo con el arca a su cargo sea el correcto, sino el control y supervisión que debía ejercer sobre el personal, incluyendo el personal service. asignado a su área; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dirpuesto en el Articulo 170” del Reglamento de la Ley de la Carrera Adminis- trativa, aprobado por Decreto Supremo N” 005-90-PCM, los incisos a) y d) del Artículo 28” de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneracionesdel Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo N” 276, y el Artículo :< 1” del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios del IPSS, aprobadopor Acuerdo de Consejo Directivo N” 2-30-IPSS-95, a lo reco- mendado en el Acta N” 21-CEPADAN-IPSS-98, por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel y a las facultades delegadas; SE RESUELVE: Primero.- IMPONER la sanción de SUSPENSION DE QUIN- CE(15)DIAS al señor Percy Ballón Escalante-Gerente Administra- tivo del Hospital Nacional del Sur-Arequipa, porincumplimlentode normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, faltas previstas en los incisos a) y d) del Artículo 28” de la Lev de Bases de la Carrera Administrativay Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo N” 276, a mérito del Informe N” 074-97-AFSO- CV-IPSS. por los motivos expuestos en la oart<, considerativa de la presente resolución. Segundo.- IMPONER la sanción de SUSPENSION DE DIEZ (10) DIAS a la señora Jesús Montoya Pinto -Jefa de Admisión e Historias Clinicas sdel Hospital Nacional del Sur- Arequipa, por incumplimiento de normas y neghgencia en el ejercicio de sus funciones, faltas previstas en los incisos a) y d) del Artículo 28” de la Ley de Bases de la Carrera Administrativay Remuneraciones del Sector Público, aprobada por DecretoLegislativo N” 276, a mérito del Informe N” 074-97-AFSO-CV- IPSS, por los motivos expuestos en la parte considerativa de lapresente resolución. Tercero.- Notifíquese la presente resolución, conforme a ley. Regístrese y comuníquese SILVIA ARMIJO HIDALGO Gerente General 15260 Instauran proceso administrativo dis- ciplinario a ex funcionarios del IPSS RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL W 714-GG-IPSS-98 Lima, 28 de diciembre de 1998 VISTA: El Acta N” 21-CEPADAN-IPSS-98, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinanos Alto Nivel, referente al Informe N” 114-97-IPSS-IG/SIG, de Inspectoría General, relativo al “Examen Especial sobre Contratación de Servicios de Asesoría y Consultoría en Control”, del Expediente W 98Ol-CEPADAN. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N” 114-97-IPSS-IG/SIG, referente al “Examen Especial sobre Contratación de Servicios de Asesoría y Consultoría en Control”, que corre de folios 03 al 30, Inspectoría General, realizó una acción de control, que comprende larevisión y verificación selectiva de los contratos de servicios de asesoría y consultoría en control interno y externo susucritos wr la Gerencia Central de Logística y los Organos Desconcentrados , a nivel nacional, durante el período 1994 a junio de 1996, a fin de evaluar la necesidad y razonabilidad de los servicios de asesoría y consul- toría contratados por la AFIPSS y por los diversos órganos descon- centrados y verificar el cumplimiento de la normatividad vigente en el proceso de contratación de estos servicios; Que, de la evaluación realizada, el órgano de control, deter- minó que habría indicios de irregularidades de carácter admi-nistrativo y operativo; Que, en el pliego de cargos, del precitado informe de control, que corre a folios 117, se formulan cargos a los funcionarios del Hospital Nacional del Sur - Arequipa: doctor PABLO CESPE- DES CRUZ ex Gerente General; Licenciado PERCY BALLONESCALANTE - Gerente Administrativo y al señor JOSE PI0 GAMERO LUQUE -Jefe (e) de la División de Logística y Servi- cias, por haber suscrito contrato en representación del Hospital con la Empresa F.G. & P S.R.Ltda.. por un monto marcial del total ascendente a Si. 232,991.20, (Doscientos treinta-y dos mil nove- cientos noventa y uno y 20/100 nuevos soles) por el cual contrata- ron conjuntamente otros Hospitales Nacionales y Gerencias Departamentales durante el ueríodo 1994 a 1996 para la reali- zación del análisis y evaluación técnico legal de’ los órganos desconcentrados, no-obstante que la citada empresa carecía de inscripción en el Registro Central de Proveedores del Instituto Peruano de Seguridad Social, no se encontraba inscrita en los Registros Públicos y presentó un número de Registro Unico de Contribuyentes (RUC) que corresponde a otra empresa; Que. los hechos descritos. evidencia” el incumulimiento de lo establecido en los Artículos 7° inciso j), 9” inciso f) y 13° inciso c) del Reglamento de Organización y Funciones de las Gerencias Departamentales aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva N” 959-DE-IPSS-92, criterio que se reitera en la Resolución de Gerencia General W 649-GG-IPSS-96. Asimismo, los citados fun- cionarios han infringido lo dispuesto por la Resolución de Dirección Ejecutiva N” 1505-DE-IPSS-92, que dispone el uso obligatorio del Catálogo del Registro Central de Proveedores del IPSS, incurrien- do en presunta responsabilidad administrativa, de acuerdo a lo previsto en el inciso b) de la Primera Disposición Final del Decreto Ley N” 26162, Ley del Sistema Nacional de Control; Que, asimismo Inspectoría General les formula cargo a los citad-os funcionarios, por haber suscrito contratos con las Em- presas Garpet S.R.Ltda. y Ubillús Soriano S.R.Ltda.. durante ios ejercicios 1995 y 1996, para la asesoría en deslargos de acciones de control; sin demostrar la necesidad de este servicio y el beneficio para la institución; Que. de los hechos señalados. en los párrafos anteriores se presume que el ex Gerente General, Gere& Administrativo y Jefe (e) de la División de Logística y Servicios del Hospital Nacional del Sur -Arequipa, habrían incumplido el Reglamento de Organización y Funciones de las Gerencias Departamentales aprobado por Resolu- ción de Gerencia General N” 649-GG-IPSS-96; así como el Artículo 1.1.3 inciso h) del Reglamento Unico de Adquisiciones (RUA); Que, asimismo en el pliego de cargos, que corre a folios 59, el órgano de control formula cargos a la señora MERIA RUIZ MUNOZ -Jefa de la División de Logística de la Geren- cia Departamental Ayacucho, al no haberse evidenciado queel Órgano de Abastecimiento de dicha Gerencia Departa-mental, haya adoptado mecanismo de control interno algu-