Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 1998 (06/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, manes 6 de enero de 1998 lir con lo ordenado en la resolucion emitida por la Sala a uperior, y el Articulo 4" de la Ley Organica del Poder Judicial, que seriala ue toda ersona y autoridad esta obligada a acatar y 1ar cump f imiento a las decisiones judiciales emanadas de autoridadjudicial competente, en sus ropios terminos, sin poder calificar su contenido o fun Cramentos restringir sus efectos 0 interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley senala. Que de acuerdo al Articulo 139" inciso 2) de la Constitucion Politica del Peru, ninguna autoridad cualquiera sea su rango o denominacion puede dejar sin efecto resoluciones con autoridad de cosa juzgada, ni retardar su ejecucion. Que por lo expuesto,.se encuentra en el proceder del ex juez denunciado indicios del delito de Prevaricato, previsto en el Articulo 4.18" del Codigo Penal, que deben ser investigados en el organo jurisdiccional competente. Que en los actuados no se ha acreditado la comision del delito de Abuso de Autoridad; De acuerdo con el Informe N" 040-97-MP-FNF.SUPR.C.1. emitido por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Suprema de la Fiscalia Suprema de Control Interno, y lo establecido en el Articulo 159" de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo N" 52 - Ley Organica del Ministerio Publico, y de conformidad con el inciso e) de la Tercera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley N" 26623, y los .4rticulos 80" y 83" del Codigo Penal; la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, estando al Acuerdo N"006, adoptado or unanimidad en Sesion de la fecha, con dispensa de la P ectura del acta; y, en uso de las atribuciones que le conlieren las Leyes No 26623, No 26695 y N" 26738; RESUELVE: Artfculo Unico.- Declarar FUNDADA la denuncia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llontop, contra el doctor MORDAZA Colina MORDAZA, ex Juez Civil del MORDAZA Juzgado en lo Civil de Chiclayo MORDAZA comision del delito de Prevaricato e INFUNDADAT denuncia por delito de a Abuso de Autoridad. Decidiendose el ejercicio de la accion penal en su contra. Remitase los actuados al Fiscal Superior encargado de la Gestion de Gobierno delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de MORDAZA, para la formalizacion de la denuncia penal. Con conocimiento de los senores Presidentes, de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de la Comision Fjecutiva del Poder Judicial, y del Consejo Nacional de la Magistratura, respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (Pl y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo Interino y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 0086 cia de Banca y Seguros, Ley No 26702, en adelante Ley General; Que, para el cumplimiento de los limites al otorgamiento de creditos, a las inversiones de las empresas del sistema de seguros y otros limites senalados expresamente en la Ley General, asi como para realizar la supervision consolidada de los conglomerados financieros y mixtos, resulta necesario que esta Superintendencia establezca los conceptos devinculacion, grupo economico, conglomerado financiero y conglomerado mixto; Que, de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 202" y 203" de la Ley General, corresponde a esta Superintendencia determinar los criterios de vinculacion mediante normas de caracter general, en base al criterio de riesgo comun 0 unico; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca, de Seguros y de Asesoria Juridica, asi como por la Oficina de Estudios Economicos y Estadistica; y. En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7, 11 y 9 del Articulo 349" de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar las normas especiales sobre vinculacion y grupo economico que deberan aplicar todas las empresas supervisadas por esta Superintendencia para todos los efectos establecidos en la Ley General y en las normas por MORDAZA emitidas. ArticuloSegundo.-LapresenteResolucionentraen vigencia el dia siguiente a su publicacion. Asimismo, deja sin efecto la Circular W B-1929-92, F-272-92, M-271-92, CM-124-92,CR-015-92yEAF-129-92del28dediciembre de 1992; y modifica la Resolucion SBS N" 800-96 del 17 de diciembre de 1996 en lo que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros

NORMAS ESPECIALES SOBRE VINCULACIONY GRUPO ECONOMICO 1. ALCANCE La presente MORDAZA establece las definiciones devinculacion y grupo economico, asi como las de conglomerado financiero. conglomerado mixto y conglomerado no financiero, que seran de aplicacion para lo establecido en la Ley General y en las normas que con el proposito de reglamentarla, emita esta Superintendencia. 2. DEFINICIONES Para la aplicacion del presente dispositivo, considerense las siguientes definiciones: 2.1 Principales funcionarios: Funcionarios que tienen capacidad de decision en asuntos de relevancia dentro de la empresa. 2.2 Asesores: Personas que prestan servicios de asesoria temporal o permanente a una persona juridica y se encuentran vinculados a la toma de decisiones sobre la gestion de esta. 2.3 Empresa controladora (holding): Personajuridica cuya actividad principal es la tenencia de acciones o participaciones en el capital social de otras personas juridicas, sobre las cuales ejerce control. 3. VINCULACION Se entiende por vinculacion a la relacion entre dos o mas personas naturales y/o juridicas, que genera un comportamiento concertado o cuando alguna de ellas ejerce influencia en las decisiones operativas y/o financieras de la otra. Se presume que existe vinculacion cuando se presenten relaciones de parentesco, de propiedad o de gestion. de acuerdo a lo senalado en el presente Reglamento: salvo prueba en contrario.

Aprueban normas especiales sobre vinculacion y grupo economico
RESOLUCION SBS W 001-98 MORDAZA, 2 de enero de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, con fecha 10 de diciembre de 1996. entro en vigencia la nueva Ley General de Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintenden-

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