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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 1998 (17/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

Pág. 156536 tl?&l!umo I):LII;1Ur:nlW:Ma Lima, sábado 17 de enero de 1998 Artículo Seando.- CONTINUAR con el Proceso Ad- ministrativo inicTado a la ex Directora de Registros Civiles, señorita JAYNE IVONNE MOSCOS0 QUINTANA, de acuerdo a los términos establecidos en la Resolución de Alcaldía N” 299-97-MJM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRON Alcaldesa 0578 Amplían plazo para que contribuyen- tes del distrito se acojan a amnistía tributaria y administrativa ORDENANZA No OOl-9WMVMT Villa María del Triunfo, 15 de enero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15-l-98, lo referente a la Amnistía Tributaria y Administrativa corres- pondientes a los años 1993, 1994, 1995, 1996, 1997, con la asistencia del Sr. Alcalde Dr. Rafael Chacón Saavedra y los Regidores Sr. Julio Chunga, Sr. Carlos Mejía, Sra. Sofía Llancari, Dr. Víctor Valle, Eco. Adrián Tarazona, Sr. Juan José Castillo,, Sr. Ricardo Carranza, Sra. María Lora, Sr. Wilfredo Enriquez, Sr. Carlos Palomino, Sr. Elías Barriga, Sra. Francisca Zea, Sr. Alberto San Miguel, Sr. José Aban- to; Y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía N” OOl-98/MVMT de fecha 6-l-98, se prorrogó el plazo otorgado mediante Orde- nanza N” 04597/MVMT, para acogerse a la Amnistía Tributaria y Administrativa hasta el 15 de enero de 1998; Que, siendo necesario conceder una ampliación de la rórroga en la fecha de vencimiento de dicha AmnistíaFributaria y Administrativa, a fin que los contribuyentes puedan acogerse a dicho beneficio y cumplan oportunamen- te con cancelar los adeudos de sus obligaciones; Que, el Código Tributario aprobado por Decreto Legisla- tivo N” 816. establece en su Artículo 29”. uue la Administra- ción Tributaria podrá prorrogar con carácter general el plazo para el pago de la deuda Tributaria; Que, la Norma IV PRINCIPIO DE LEGALIDAD - RE- SERVA DE LA LEY del D. Leg. N” 816 Código Tributario establece en su último párrafo: “Que los Gobiernos Locales mediante ordenanza pueden crear, modificar, y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exone- rar de ellas, dentro de su jurisdicción”: Estando a lo expuesto, con la dispensa del tramite de lectura y aprobación del acta de la sesión anterior y el voto unánime de los miembros del Concejo se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo lo.- AMPLIAR el Plazo de la Prórroga, otorga- do por Decreto de Alcaldía N” OOl-98/MVMT, para acogerse a la Amnistía Tributaria v Administrativa hasta el 31 de enero de 1998; Artículo 2”.- Encargar a la Dirección Munici Oficina de Rentas el cumplimiento de la presenteal y kde- nansa Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL CHACON SAAVEDRA Alcalde 0680/ 1 i , ’ 1 1 1 / , I 1Declaran en emergencia el Servicio de Limpieza Pública del distrito DECRETO DE ALCALDL4 N” OOl-9%MDLP La Perla, 14 de enero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 191”, consagra a las Municipalidades, como órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N” 23853, determina en su Artículo 3”, que las Municipalidades pro- mueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, fomenta el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdic- zión; Que, el Artículo 62”del citado cuerpo legal, estableceque las Municipalidades deben ejecutar acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfacción de sus necesidades vitales; Que, dichas funciones al no ser cumplidas cabalmente han %*enerado desorganización en la atención de los servi- :ios asicos, tales como: el recojo de residuos sólidos, la rocuración del ornato, la proliferación del comercio ambu- Patorio, entre otros; Estando a las consideraciones expuestas, y de confor- midad con lo establecido en el inciso 61 del Artículo 47”, y asimismo, con lo prece Orgánica de Ftuado en el Artículo 111” de la Ley Municipa idades N” 23853, y con cargo a dar :uenta al Concejo; DECRETA: Artículo Primero.- Declarar en estado de EMER- GENCIA el Servicio de Limpieza Pública del distrito de La Perla por un período de 120 días. Artículo Segundo.- El presente decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del pre- sente Decreto, a la Dirección Municipal, a la Dirección GeneraldeAdministraciónyalaOficinadeComercialización y Protección Ambiental. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUILLERMO SANCHEZ DELGADO Alcalde 0457 Entrada en vigencia del Convenio de Cooperación Turística celebrado con el gobierno del Reino de Tailandia CONVENIOS INTERNACIONALES De acuerdo a lo dis 26647, el Ministerio Buesto por el Artículo 6” de la Ley N” e Relaciones Exteriores, mediante Oficio RE.(GAB) N” 0-3-A/Ol c/a, comunica que el mencio- nado Convenio, ratificado por Decreto Supremo N” 046-97- RE, entró en vigencia el 18 de noviembre de 1996. 0480