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” _.I .” ,‘?$ORMAS LEGALESDirector: Enrique Sánchez Hernani Lima, miércoles 28 de enero de 1998 AÑO XVI - W 6426 PB& 156817 LEY NQ 26919 1016 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la Ley siguiente.Autorizan viaje y encargan la Cartera de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción al Presidente del Consejo de MinistrosLA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la ley siguiente: LEY QUE DISPONE LA AMPLIACION DEL REGIMEN DE REGULARIZACION DE DECLARACIONES 0 CONSTATACIONES DE FABRICA Objeto de la Ley Articulo 19. El régimen de regularización de declara- ciones o constataciones de fábrica, establecido en la Pri- mera Disposición Transitoria de la Ley No26389 yprorro- gado por las Leyes N%. 26609 y 26709, queda ampliado a las edificaciones terminadas hasta el 31 de diciembre de 1997. El plazo para acogerse a este régimenvence el 31 de diciembre de 1998 y comprende a las declaraciones o constataciones de fabrica cuyo valor no exceda a cincuen- ta (50) Unidades Impositivas Tributarias. Vigencia de la Ley Articulo 20.- La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Perua- no. Comuniquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciséis dias del mes de enero de mil novecientos noventa y ocho. CARLOS TORRES Y TORRES LARA Presidente del Congreso de la República EDITH MELLADO CESPEDES Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. DadoenlaCasadeGobierno, enLima, alosveintisiete días del mes de enero de mil novecientos noventa y ocho.ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción RESOLUCIONSUPRE35A W 031-9%PCM Lima, 27 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Dr. Antonio Páucar Carbajal, Ministro de Transportes! Comunicaciones, Vivienda y Construcción, viajara a la ciudad de Santiago de Chile, el 28 de enero del presente, por razones inherentes a su cargo; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del MinistrodeTransportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción: De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo N” 560; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo lo.-Autorizar el viaje del Ministro de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, Dr. Antonio Páucar Carbajal, a la ciudad de Santiago de Chile, el 28 de enero del presente, para los fines expuestos %n la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2”.- Los gast.os que irrogue el cumplimiento le la presente Resolución Suprema, seran de cargo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 925.12 Viáticos US$ 400.00 Tarifa Corpac US$ 25.00 Artículo 39- La presente Resolución no dara derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cual- quiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 1017