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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 1998 (28/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 17

Lima, miércoles 28 de enero de 1998 mm0 P&. 156833 Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por las mencionadas normas adminis- trativas; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Segu- ros, en la Sesión W 045-97, celebrada el 29 de diciembre de 1997, ha calificadoy aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 335” y 336” de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley No 26702-; yen virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS No 777-97 del 6 de noviem- bre de 1997; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción del señor Federico Villena Rueda con el N” N-3285 en el Registro Oficial de Corredores de Seguros que lleva esta Superin- tendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 0941 Autorizan a persona natural para que actúe en el Perú como representante asistente de empresa bancaria extran- jera RJXSOLUCION SBS IV’ 087.98 Lima, 15 de enero de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS: VISTA La solicitud presentada por el Swiss Bank Corpora- tion para que se le autorice a la señorita Sophie Bonvin como representante asistente en el Perú; y, CONSIDERANDO: Que el Swiss Bank Corporation mediante poder de fecha 13 de febrero de 1997 debidamente inscrito en la Ficha N” 002608 del Libro de Poderes Especiales, del Registro de Personas Jurídicas de Lima ha designado a la señorita Sophie Bonvin como representante asistente de lareferidainstituciónextranjeraenelPeni,segúnconsta del instrumento público presentado al efecto, que contie- ne dicho nombramiento; y, De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 43” de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N’26702; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la señorita Sophie Bon- vin a actuar como representante asistente en el Perú del Swiss Bank Corporation, quien en el ejercicio de su actividades deberá sujetarse alo establecido en el Capítu- lo Vdel Título II de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros - Ley N” 26702. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 0944Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra representante legal de empresa por presunto delito de de- fraudación de rentas de Aduana RESOLUCIONDE SUPERINTENDENCIA EJECUTIVA DE ADUANAS No 000006 Callao, 23 de enero de 1998 Vistos, el Atestado N” 093-97-ADUANAS-PP/UIE del 30.DIC.97; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación alcanzada con el Memorándum No 934-96ADUANASflNFA.12.02.01 del lO.JUL.96 por la Intendencia Nacional de Fiscalización Aduanera, se tomó canocimiento de irregularidades en el trámite de despacho de la Pó!iza de Importación N” 060545 del 18.DIC 92efectuado por In Agencia de Aduana NAVASA S.A. en representaricn de su comitente PILZ SRL.; habiéndose derivado los actuados a la Unidad de InvestigacionesEspecialesAdscrltaalaSuperintendencia Nacional de Aduanas, para su indagación tecnico-policial correspondiente; Que, practicadas las investigaciones por dicha Uni- dad, con conocimiento de la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, se ha formulado el Atestado de Vistos en el cual se evidencia presunta responsabilidad penal por parte de HENRI DANIEL FLAMBERT POITEVIEN, Gerente General de la Empresa PILZ SRL., al haber importado mercancías mediante la Declaración de Importación N”060545 nume- radael 18.DIC.92, amparada por laFactura Comercial N” 38530 del lO.DIC.92 por la suma de DM 962.UO que no responde al valor real de las mismas, con el objeto de disminuir la base imponible y eludir en forma parcial el pago de tributos a la importación, p<~r un monto de DOSCIENTOS VEINTIDOS DOLARES AMERI CANOS con 20/100 (US 222.20); Que, los hechos antes descritos, porlaformaycircuns- tancias en que se produjeron, configuran el delito de Defraudación de Rentas de Aduana previsto y penado por los Artículos 265”~ 266” inciso 1) del Código Penal, lo cual sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Público de esta Superintendencia para que ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Dispo- sición Complementaria de la Ley General de Aduanas - Decreto Legislativo N” 809-; y, En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas No 002759 del 22.DIC.95; SE RESUELVE: ArtículoUnico.-AUTORIZARalProcuradorPúblico encargado de los asuntos judiciales de la Superintenden- cia Nacional de Aduanas, para que en defensa y repre- sentación de los derechos e intereses del Estado ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar en contra de HENRI DANIEL FLAMBERT POITEVIEN, por las razo- nes expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; debiéndose para el efecto remitírsele la docu- mentación actuada. Regístrese, comuníquese y publíquese JOSE HERRERA MEZA Superintendente Ejecutivo 0977