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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (01/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 156989 NORMAS LEGALES Lima, domingo 1 de febrero de 1998 Estando a lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar Autorización por tiempo inde- finido, a Compañía Goodyear del Perú S.A., que se iden- tificará con Código Nº 33081897, para desarrollar activi- dades de generación de energía eléctrica, en las instala- ciones de la central térmica Goodyear, de propiedad de la solicitante, que operará en la Av. Argentina Nº 6037 distrito de Carmen de La Legua Reynoso - Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- La Empresa autorizada está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad; preservando el medio ambiente y salvaguardando el Pa- trimonio Cultural de la Nación; así como a remitir la información estadística y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 1012 S B S Autorizan inscripción de persona na- tural en el Registro Oficial de Corredo- res de Seguros RESOLUCION SBS Nº 0097-98 Lima, 8 de enero de 1998 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por don Angel Melecio Chávez Cervantes para que se le autorice la inscripción en el Registro Oficial de Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones SBS Nºs. 381-91 y 389-92 de fechas 28 de junio de 1991 y 9 de abril de 1992, respecti- vamente, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por las mencionadas normas adminis- trativas; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Segu- ros, en la Sesión Nº 045-97, celebrada el 29 de diciembre de 1997, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 335º y 336º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702-; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 777-97 del 6 de noviem- bre de 1997; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción del señor Angel Melecio Chávez Cervantes con el Nº N-3300 en el Registro Oficial de Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 1164S A F P Autorizan a AFP el cierre de agencia ubicada en el distrito de San Isidro RESOLUCION Nº 029-98-EF/SAFP Lima, 21 de enero de 1998 VISTOS: La Resolución Nº 424-96-EF/SAFP de fecha 96.10.04, la comunicación de Profuturo AFP de fecha 98.1.15, recibida en esta Superintendencia con Registro Nº 040473 y el Memorándum Nº 033-98/SAFP.3 de la Intendencia de Control de Instituciones e Inversiones; CONSIDERANDO: Que, mediante la comunicación de Vistos, la AFP recurrente solicita a esta Superintendencia se autorice el cierre de su agencia ubicada en la calle Las Begonias Nº 461 - San Isidro, en la ciudad de Lima; Que, la citada AFP funda este pedido en el hecho de que actualmente viene operando otra Agencia ubicada en la calle Manuel Gonzales Olaechea Nº 135, también en el distrito de San Isidro, la misma que cuenta con un local más amplio y con mayor volumen de operaciones; Que, mediante Resolución Nº 424-96-EF/SAFP del 96.10.04, se autorizó a Profuturo AFP la apertura defini- tiva, de la agencia de la calle Las Begonias; Estando a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97- EF, así como por el Título III del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolución Nº 027-93-EF/SAFP; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a Profuturo AFP, el cierre de su agencia ubicada en la calle Las Begonias Nº 461 en el distrito de San Isidro. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el Certificado Definitivo Nº PRO-057 que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución Nº 424-96-EF/SAFP. Artículo 3º.- Profuturo AFP, a efecto del cierre de la Agencia que se autoriza por la presente Resolución, debe- rá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 17º de la Resolución Nº 371-97-EF/SAFP. Artículo 4º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO MOUCHARD RAMIREZ Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1127 SUNAT Nombran Ejecutora Coactiva de la Intendencia Regional Lima RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 011-98/SUNAT Lima, 28 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 114º del Código Tributario -aprobado por Decreto Legis- lativo Nº 816- la cobranza coactiva la ejerce la Administra- ción Tributaria a través del Ejecutor Coactivo; Que con la finalidad de garantizar el adecuado ejerci- cio de dicha facultad en la Intendencia Regional Lima resulta necesario nombrar a un Ejecutor Coactivo más en la misma;