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Pág. 157523 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de febrero de 1998 Alcaldía Nº 010-97-MDSL y Nº 001-98-MDSL para las obligacio- nes correspondientes al Ejercicio Fiscal 1997; Estando a lo expuesto y al Acuerdo de Concejo Nº 062-98- CDSL de fecha 11 de febrero de 1998 sobre otorgamiento de PRORROGA DE AMNISTIA TRIBUTARIA los señores contribu- yentes del distrito de San Luis, con dispensa del trámite de aprobación de Acta y de conformidad con las facultades conferi- das por los Artículos 2º, 47º, 111º y 115º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR de modo excepcional en la jurisdicción del distrito de San Luis, el otorgamiento de Amnis- tía Tributaria para la cancelación de deudas tributarias, sin recargo de moras, multas y otros, entendiéndose como tales, aquellas que se originan por la omisión de presentar Declaracio- nes Juradas ante la administración tributaria. El plazo del beneficio vencerá el 27 de febrero de 1998 y sólo se otorgará para las obligaciones correspondientes al Ejercicio Fiscal 1997. Entiéndase que solamente será cancelado el tributo más el factor de reactualización. El infractor que se acogiera al beneficio de la presente norma, no estará exento de REGULARI- ZAR la obligación formal de la presentación de las Declaraciones Juradas respectivas. Artículo Segundo.- Para efectos de otorgar la presente Amnistía compréndase los siguientes tributos: - Impuesto Predial. - Tasa a la Licencia de Funcionamiento. - Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines. - Arbitrios de Servicio de Apoyo a la Seguridad Vecinal. Artículo Tercero.- CONCEDER el Beneficio de Rebaja de Multas Administrativas a los contribuyentes del distrito de San Luis, entendiéndose como tales aquellas que se originen por la Comisión de Infracciones contempladas en el cuadro único de Infracciones y Sanciones y otros dispositivos municipales. Se rebajará en un 80% (ochenta por ciento) el monto adeuda- do por las multas de carácter administrativo impuestas a los infractores, encargándose a la Administración su cumplimiento conforme a sus atribuciones de Ley. Artículo Cuarto.- El BENEFICIO de rebaja de multas administrativas, sólo corresponde a aquellas impuestas durante el ejercicio fiscal 1997, así se encuentren en procedimiento de Cobranza Coactiva, el que se suspenderá automáticamente a la fecha en que el infractor, se acoja a los beneficios de la presente norma, no liberando al infractor del pago de las costas y gastos administrativos que el procedimiento hubiere originado. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía y a la Oficina de Relaciones Públicas la difusión del mismo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR SUCLLA FLORES Alcalde 1880 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban rebaja del valor de nichos y pago fraccionado por continuidad de uso ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-98-SEGE-MDS Surquillo, 13 de febrero de 1998. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto en la III Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de febrero de 1998, el Informe Nº 109-98-UNICE-MDS, de la Unidad de Cementerio y el Informe Nº 005-GSS-MDS, de la Gerencia de Servicios Sociales sobre la rebaja y fraccionamiento por continui- dad de uso de nichos referente a la reubicación de cadáveres con inhumación superior a los 50 años; CONSIDERANDO: Que, teniendo en cuenta la reubicación de cadáveres con inhumación superior a los 50 años que fue aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 147-97-SEGE-MDS del 25 de noviembre de 1997, donde en el punto 5.02.04, alude la Cesión de Uso de los nichos y especifica que por continuidad se podrá pagar en 6 armadas; Que, al no haberse observado procedimiento respecto de este pago de derecho en armadas, la Unidad de Cementerio solicitó pronunciamiento a la Oficina de Asesoría Legal y a la Gerencia de Rentas con la finalidad que se indique el sistema de fracciona- miento a aplicar; Que, la Unidad de Cementerio, luego de analizar las medidas observadas por las oficinas antes aludidas y no siendo estas las medidas más adecuadas, teniendo en cuenta el aspecto socioeco- nómico de la ciudadanía y asumiendo el sentir popular y en aras del beneficio de la comunidad; Que, por lo anteriormente mencionado se ha considerado necesario rebajar en un 50% el costo de cada nicho por continui- dad y el otro 50% sea cancelado en seis (6) armadas fijas sin recargo de interés, para todos aquellos que lo soliciten a partir de la fecha de aprobación de esta propuesta hasta el último día de vencimiento del plazo establecido en el Artículo 34º del D.S. Nº 03- 94-SA, en razón que la publicación del Acuerdo de Concejo Nº 147- 97-SEGE-MDS, se realizó el 4 de diciembre de 1997, el plazo vencerá el 3 de marzo del año en curso; Que, asimismo, debe aprobarse el formato de "Compromiso de Pago Fraccionado de Derechos" el cual se incluirá en el Expediente presentado por cada recurrente; Estando a lo dispuesto en el Artículo 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, siendo aprobado por mayoría: con once (11) votos a favor, un (1) voto en contra del Sr. Mario Neumann Balarezo y dos (2) votos salvados de los señores Gusta- vo Sierra Ortiz y Guillermo Cussianovich Montoya; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR, la rebaja del 50% del valor de los nichos por continuidad, referente a la reubicación de cadáveres con inhumación superior a 50 años y el 50% restante sea cancelado en seis (6) armadas. Artículo Segundo.- El pago será fraccionado sin cobro de interés y será cancelado en la Unidad de Tesorería, asimismo, apruébese el formato de compromiso de pago de derechos que se adjunta al presente. Artículo Tercero.- Otórguese el plazo de ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente a fin que los interesados de considerarlo pertinente ejerzan su derecho de acuerdo a Ley. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia de Servicios Sociales a través de la Unidad de Cementerio. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDWIN LAGUERRE GALLARDO Alcalde COMPROMISO DE PAGO FRACCIONADO Conste por el presente documento que el suscrito Sr.(a) ........................................., con L.E. Nº .................................... y con domicilio en ...................................................................... se com- promete a cancelar al Municipio de Surquillo, la cantidad de S/. ......................................... por la Cesión de Uso del nicho ubicado en el cuartel .................................... Nivel ................. Nº ....................... del Cementerio de Surquillo, en armadas mensuales de la si- guiente forma: ARMADA FECHA IMPORTE 1ª ------------------ S/. ------------------ 2ª ------------------ ----------------- 3ª ------------------ ----------------- 4ª ------------------ ------------------ 5ª ------------------ ------------------ 6ª ------------------ ------------------ En caso de incumplimiento a cualquier pago en las fechas indicadas se autoriza a la Municipalidad de Surquillo lo siguiente: A.- Exhumación inmediata del difunto ........................... ......................................................................................... . B.- No devolución de las cuotas canceladas en compensación a los gastos administrativos para la exhumación, traslado y apertura del Osario Municipal correspondiente. En consecuencia rubrico el presente compromiso, dando fe de haber dado lectura a su contenido y con pleno conocimiento del Acuerdo de Concejo Nº 147-97-SEGE-MDS, Ley Nº 26298 y su reglamento aprobado D.S. Nº 03-94-SA, así como el Acuerdo de Concejo Nº 016-98-SEGE-MDS de fecha 13-2-98. Surquillo, ............. de ................................... de 199... ......................... ....................... UNIDAD DE SOLICITANTE CEMENTERIO 1852