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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (19/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 157507 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de febrero de 1998 de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identi- ficación de la persona que ha suplantado a la ciudadana Rosa Irene Zapata Zoppi Fabian, a fin de formalizar la denuncia correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y repre- sentación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quien resulte responsable por presunto delito contra la fe pública en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO VARGAS-PRADA MENDIOLA Jefe Nacional 1866 RESOLUCION JEFATURAL Nº 019-98-IDENTIDAD Lima, 18 de febrero de 1998 Visto el Memorándum Nº 126-98-GAJ/IDENTIDAD emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 16 de febrero de 1998. CONSIDERANDO: Que en virtud de la documentación sustentatoria del Memo- rándum del Visto se desprende que don José Mercedes Sandoval Landas ha incurrido en comportamiento de hacer uso de un documento falsificado como si fuese legítimo, para fines de su inscripción electoral y la consecuente obtención de Documento de Identidad; Que el hecho antes descrito constituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la fe pública en las modalida- des de falsedad impropia, previsto y sancionado en el Artículo 427º del Código Penal vigente; Que en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que corres- pondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra José Mer- cedes Sandoval Landas y quienes resulten responsables, solicitándose al Ministerio Público y la División Nacional de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificación de las personas que han participado en el presunto ilícito penal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intere- ses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra José Mercedes Sandoval Landas y quienes resulten responsables, por presunto delito contra la fe pública en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO VARGAS-PRADA MENDIOLA Jefe Nacional 1867 CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION Disponen distinguir a profesionales y técnicos que logren que el 100% de entidades a su cargo cumplan con pre- sentar información para elaboración de Cuenta General 1997 RESOLUCION JEFATURAL Nº 024-98-EF/93.01 Lima, 30 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que, es conveniente motivar e incentivar la producción y productividad, con miras a que las distintas funciones que realiza la Contaduría Pública de la Nación sean desarrolladas en forma excelente, redundando en provecho de la INSTITUCION y en el prestigio de sus funcionarios y servidores; Que, mediante el Artículo 1º del Decreto Ley Nº 26093 se ha dispuesto que los titulares de los distintos Ministerios y de las Instituciones Públicas Descentralizadas, deberán cumplir con efectuar semestralmente programas de evaluación de personal de acuerdo a las normas que para tal efecto se establezcan; Que, es necesario establecer un sistema permanente de eva- luación de trabajo realizado por los distintos funcionarios y servidores de la Contaduría Pública de la Nación, a fin de que se utilice como factor determinante para la Evaluación Semestral del Decreto Ley Nº 26093; y que dé lugar a un Cuadro de Méritos del personal, periódicamente publicado, según la calidad total del trabajo llevado a cabo y su comportamiento integral como perso- nas realizadas; Que, en tanto es elaborada y aprobada la Directiva respecti- va, es conveniente dar inicio a esta importante intención distin- guiendo y premiando en forma especial al personal que tiene una función o labor directa con la elaboración de la Cuenta General de la República de 1997; Que, el Artículo 68º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, señala que la capacitación es obligatoria en todas las entidades de la Administración Pública, debiendo utilizarse para tal pro- pósito los medios e instrumentos con que cuenta el Estado a nivel nacional, regional y local, y la Cooperación Técnica Inter- nacional; Que, la filosofía de la calidad total revela, lo que siempre fue, pero no se le dio oportuna importancia, que las empresas, entida- des o países, son los que su gente debidamente preparada logran que sean por tanto la capacitación, actualización y perfecciona- miento permanente del personal, es la mejor inversión que impostergablemente se debe hacer; Estando a lo propuesto por la Alta Dirección y con las visacio- nes de las Direcciones Generales de Contabilidad del Sector Público y Privado, Investigación de la Contabilidad, Contabilidad Analítica de Explotación, y la Oficina General de Asesoría Jurí- dica; y, En uso de las facultades otorgadas por el Artículo 9º de la Ley Nº 24680 modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DISTINGUIR con Resolución de Honor al Mérito de Funcionario Excelente al, o los, profesionales y técnicos que logren que el ciento por ciento (100%) de las entidades a su cargo cumplan con presentar la información requerida para la elaboración de la Cuenta General de la República de 1997; así como, el trabajo encomendado esté correctamente efectuado. Artículo 2º.- INCLUIR en dicha distinción al personal que colaboró con el sectorista o sectoristas distinguidos a tan excelen- te labor. Artículo 3º.- EXONERAR de los programas de evaluación de personal según el Decreto Ley Nº 26093, del período correspon- diente; al personal distinguido a que se refiere los Artículos 1º, 2º de la presente Resolución. Artículo 4º.- DISPONER que la Oficina General de Adminis- tración, asegure presupuestariamente, con recursos del Tesoro Público y con recursos directamente recaudados, con el carácter de inmediato, los fondos para becar en España y otros países cooperantes, a seguir cursos o pasantías de perfeccionamiento al, o los sectoristas acreedores de la distinción que se refiere el Artículo 1º, así como, por lugar de mérito a los funcionarios que se refiere el Artículo 2º, en cursos de la especialidad en Posgrado de Maestrías desarrolladas en Universidades del país y de otros países latinoamericanos.