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Pág. 162084 c1-i ) ~W:h'J:~~M~~ Lima, sábado 11 de julio de 1998 FRACCIONAMIENTO TRIBUTARIO de las deudas tributarias de los contribuyentes registrados en la base de datos, de los tributos siguientes : - Arbitrios 1996 y 1997 - Impuesto Predial 1996 y 1997 - Tasa de Licencia Muniripal de Funcionamiento í997 Artículo Décimo Sexto. - Las cuotas de amortizaciones del Pago Fraccionado no podrán exceder al 1 Trimestre del EjercicioFiscal 1999. Artículo Décimo Séptimo. - Excepcionalmente se suspen- derá el TRASLADO A LA COBRANZA COACTIVA de aquellos convenros de fraccionamiento que no hayan cumplido con pagar cuotas de amortización. DE LA PRORROGA DE LA REBAJA DEL 50% POR MULTAS ADMINISTRATIVAS Artículo Décim o Octavo.-Prorróguese el Incentivo tributario referido ala rebaja del 50% por las Multas Administrativas concedi-do por la Ordenanza N” 0%98-CIMC y sus amphatorias de plazo. Artículo Décimo Noveno.-l)el monto rebajado que resulte, por concepto de deudas por Multas Administrativas, podrá con- cederse el Beneficio de Pago Fraccionado; debiendo suscribirse elrespectivo Convenio de Fraccionamiento. Artículo Vigésimo. - En los casos de pagos a cuenta efectua- dos con anterioridad a la vigencia de la Ordenanza N” 02-98-W MC y sus amphatorias se aplicará la rebaja de! 50% sobre el saldo deudor resultante. DE LA CONDONACION DE MULTAS TRIBUTARIAS CON ACREDITACION DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL 1998 Artículo Vigésimo Primero. - El presente beneficio tribu- tario se refiere a las Multas Tributarias acotadas por no presen- tarse ante la Administración Tributaria conforme a lo normado por el Articulo 177” del Ctidigo Tributario. Artículo Vigésimo Segundo. - Condónese las Multas Tributa- rias setialadas en cl artículo anterior, con la acreditación del pago puntual del Impuesto Predial 1998 v previa regularización de la Declaración Jurada de Autoavalúo de aumento de valor de ser el caso. Artículo Vigésimo Tercero. - En los casos de aumento de valor en la cuenta corriente del Impuesto Predial 1998, la acredi- tación de pagos a que se refiere el artículo anterior, incluye al monto considerado como saldo a favor. DISPOSICIONES COMPLE!VIENTARIAS Y FINALES Primera.- CONDONESF: con carácter general las deudas tributarias referidos a los Arbitrios de Limpieza Pública, Parquesy Jardines y Relleno Sanitario de los años 1994 y 1995. Segunda. - CONDONESE con carácter general ias deudas tributarias referidas a la Tasa de Licencia de Funcionamiento delos años 1994,1995 y 1996, dejándose sin efecto los Convenios de Fraccionamiento que por dicho concepto estuvieran pendientes de pago a la fecha de promulgación de la presente Ordenanza. Tercera. - DEROGUESE el Decreto de Alcaldía N” 02-96-M MC referido al Canje masivo de las Licencias de Funcionamiento de Establecimientos Cuarta.. ANULESE las Multas Administrativas derivadas de la Tasa de Licencia de Funcionamiento, siguientes: a) Por no presentar y/o carecer de Declaración Jurada. b) Por omiso al canje. c) Por no acreditar pago Quinta. - QUIEBRESE las Multas Administrativas del año 1995 y años anteriores, cuyo monto original no superelos S/. 50.00 (Cincuenta con OO/1 OO Nuevos Soles 1, los cuales deberán darse de baja de la cartera de cobranza. Sexta.- ANULESE las notificaciones de años anteriores de deudas tributarias por Derecho de Fumigación de Establecimien-tos, debiendo darse de baja de la cartera de cobranza. Séptima.- DEJESE sin efecto los Listados de Valores (deu- das) y Demandas para Cobranza Coactiva por las deudas Tribu- tarias v No ‘I’ributari,ìs siguientes: - Multas Admmistrativah. - Resoluciones de Multas Tributarias - Convenios de Fraccionamiento Incumplidos. - Resoluciones de Determinación de Deuda Tributaria. - Ordenes de Pago del Impuesto , Predial 1996 y de otros Tributos. - Liquidaciones del impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos. La presente disposición es de observancia y cumplimiento obligatorio del Ejecutor Coactivo y Auxiliares Coactivos, quienes deberan remitir a la Administración Tributaria los Listadosoriginales y copias y Expedientes Coactivos generados para su archivo correspondiente. Para reiniciar las acciones de cobranza coactiva deberán emitirse nuevos Listados de Valores (deudas) y Demandas debi-damente actualizados, los cuales serán elaborados y distribuidos por la Administración Tributaria. a través del órgano competen- te, a los Auxiliares Coactivos, observando los criterios de eficacia, eficiencia, productividad y honradez. Octava.- FACU!,TESE al Alcalde para dictar las normas complc-mentarlas y reglamentarias para la ejecución de la recau- dación tributaria, dentro del marco de 10-ì beneficios tributariosque concede la presente ordenanza; asi como para prorrogar los mismos por un período adicional de un (1) mes. Novena. - DISPENSAR de la 1 ectura del Acta para su inme- diato cumplimiento. POR TANTO: Mando que se registre, comunique, publique y cumpla. JULIO H. SALDAÑA GRANDEZ Alcalde 7712 MUNICIP~LIl3Ai3 DE PUEBLO LIBRE Disponen el embanderamiento gene-ral del distrito DECRETO DE ALCALDIA I’J” 005-98 Pueblo Libre, 9 de julio de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, es política de la actual Administración Municipal pro- mover e incentivar el espíritu Cívico Patriótico, procurando la afirmación en la conciencia del vecindario de los sentimientos deperuanidad y respeto a los símbolos nacionales; Que, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, con motivo de conmemorarse el 28 de julio próximo, el Centésimo Septuagé- simo Séptimo Aniversario de la Independencia del Perú, ha dispuesto un homenaje que exprese el sentimiento cívico patrió- tico de la comunidad de Pueblo Libre; Que, estando al mérito de lo expuesto, en cumplimiento de lo establecido en la Ley N” 8916 y en uso de las facultades que le confiere el Art. 47” inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalida-des N” 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el Embanderamiento General del distrito de Pueblo Libre, del 25 al 31 de julio del presente año,en homenaje al Centésimo Septuagésimo Séptimo Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- El incumplimiento de este dispositivo dará lugar a las sanciones de ley. Artículo Tercero.- Encargar la Dirección de Seguridad Ciudadana Y Policía Municipal. la observancia y cumplimiento del presente decreto. - Artículo Cuarto.- Encargar ala Oficina de Secretaría Gene- ral, la publicación del presente decreto, en el Diario Oficial El Peruano Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. YALILE BELTRAN DE MARTINEZ Alcaldesa 7642 MUNICIFALIDAD li?E PUNTA NEGRA FE DE ERRATAS ORDENANZA No 063-98/MDPN Por Oficio s/n de fecha 1 de julio de 1998, la Municipalidad Distrital de Punta Negra solicita se nubliaue Fe de Erratas de la Ordenanza N” 003.98MDPN, publkada en nuestra edición del día 27 de junio de 1998, página 161167. Ordenanza N” 003.98MDPN DICE: Artículo Primero.- Aprobar el Régimen de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad de Punta Negra y su respectivo Reglamento que conste de 3 capítulos y 16 artículos. DEBE DECIR: Artículo Primero.- Aprobar el Régimen de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad de Punta Negra y su respectivo Reglamento que consta de 3 capítulos y 16 artículos, que forma parte integrante de la presente ordenanza. 7592