TEXTO PAGINA: 10
Pág. 158182 NORMAS LEGALES Lima, martes 17 de marzo de 1998 DEFENSA Aprueban el Sistema de Información de Posición y Seguridad en el Ambito Fluvial del Perú (SHIPREF) RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0065-98/DCG 3 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, es función y responsabilidad de la Dirección Gene- ral de Capitanías y Guardacostas, velar por la seguridad de la vida humana en el mar, ríos y lagos navegables prestan- do auxilio a toda nave nacional o extranjera que haya sufrido una emergencia o siniestro; Que, en la Conferencia Internacional sobre Búsqueda, Rescate y Salvamento Marítimo 1979, efectuada en el Puerto de Hamburgo en el año 1979, se recomienda la conveniencia de que los buques notifiquen en forma unifor- me cuando naveguen en aguas jurisdiccionales; Que en tal virtud, es necesario uniformizar el reporte de toda nave de bandera nacional, de cualquier tipo, mayores de 350 TRB o que en su conjunto sobrepase dicho tonelaje y las naves de bandera extranjera de cualquier tipo, capa- cidad o Tonelaje, que naveguen en aguas de jurisdicción nacional; Que se encuentran en funcionamiento Estaciones Cos- teras para el servicio móvil marítimo, así como servicio de comunicaciones en la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, Capitanías de Puerto, Agencias Navieras y Agencias Fluviales, cuyo uso ordenado y sistemático contri- buye a la rapidez y eficiencia de la información; Que, es necesario brindar facilidades al usuario sin perjudicar el fin que persigue el Sistema de conocer la posición de la nave durante su tránsito en aguas de jurisdic- ción nacional; De conformidad con lo informado por el jefe del Depar- tamento de Tráfico Marítimo y a lo recomendado por el Director de Seguridad y Vigilancia Marítima, Fluvial y Lacustre: SE RESUELVE: 1.- Aprobar el Sistema de información de posición y seguridad en el ámbito Fluvial del Perú (SHIPREF) que se anexa. 2.- Los armadores, Agentes Generales de las compañías navieras y los Agentes Fluviales con sede en el territorio nacional, serán responsables de hacer conocer oportuna- mente a los capitanes y patrones de las naves a quienes representan, los alcances de la presente Resolución Direc- toral en la parte que les compete, asumiendo igualmente la responsabilidad de cumplir las disposiciones de los Artícu- los 4º y 5º del Anexo 1. 3.- De darse el caso que una Unidad de Exploración Aérea, Patrullera Fluvial o cualquier Unidad utilizada por la organización para efectos de control, detectase el incum- plimiento del reporte respectivo por parte de la nave, esta será sancionada. Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Pú- blico (DOP). LUIS BIANCHI MUÑOZ Director General de Capitanías y Guardacostas ANEXO (1) SISTEMA DE INFORMACION DE POSICION Y SEGURIDAD EN EL AMBITO FLUVIAL (SHIPREF) Artículo 1º.- Todas las naves de bandera nacional mayores de 350 TRB o que en su conjunto sobrepase dicho tonelaje y las naves extranjeras de cualquier capacidad o tonelaje que ingresan a aguas de jurisdicción nacional en tránsito, permanencia o en demanda de puertos peruanos, deberán comunicar la información dispuestas por el siste- ma, por los medios y métodos establecidos en los Anexos (2) y (3). Artículo 2º.- La información deberá ser radiada priori- tariamente a traves de la Estación Costera de Iquitos en las frecuencias que se indican en el cuadro del Anexo (4), yalternamente a través de las Agencias Fluviales, siendo el destinatario final la Capitanía de Puerto de Iquitos. Artículo 3º.- Las infracciones a la presente disposición de información de Tráfico Fluvial serán sancionadas de acuerdo a la tabla de Multas de Capitanías. Artículo 4º.- Asimismo las Agencias Fluviales presen- tarán a la Capitanía de Puerto de Iquitos, previo al zarpe y como requisito para obtener Licencia de Salida, el Plan de Navegación del buque firmado por el Capitán o Patrón de la nave, de acuerdo a la estructura y modelo indicados en el Anexo (5). Artículo 5º.- Igualmente las naves con intenciones de ingresar a aguas de jurisdicción nacional, deberán remitir a la Capitanía de Puerto de Iquitos con 24 Hrs. de anticipa- ción el Plan de Navegación correspondiente vía FAX. ANEXO (2) SISTEMA DE INFORMACION DE POSICION Y SEGURIDAD EN EL AMBITO FLUVIAL ESTRUCTURA DE LOS MENSAJES DE INFORMACION - IDENTIFICACION DEL MENSAJE: a.Un grupo de tres letras: “EPW” (Notifica- ción ingreso a aguas de jurisdicción nacional). “PR” (Notificación de posición) “DPW” (Notificación de salida) “DC” (Cambio de destino) - NAVE: b.Nombre, distintivo de llamada y nacio- nalidad. - FECHA Y HORA LOCAL: c.Un grupo de Seis (6) letras para indicar el día del mes (2 primeras cifras), hora y minutos (4 últimas cifras). - SITUACION: d.Puerto de procedencia. - INGRESO/SALIDA e.Río por el que ingresa o sale. - POSICION: f.Un grupo de Cuatro (4) cifras para indi- car la latitud en grados y minutos, con el sufijo "N" y "S" y un grupo de Cinco (5) cifras para indicar la longitud en grados y minutos con el sufijo "E" o "W". - TRANSITO g.Ríos por los que transitarán. - VELOCIDAD PROMEDIO EN NUDOS: h.Un grupo de dos (2) cifras - PUERTO DE DESTINO: i.Puerto hacia donde se dirige. - HORA ESTIMADA ARRIBO (ETA): j.Un grupo de seis (6) cifras para indicar el día dos primeras cifras y para indicar las horas y minutos cuatro cifras últimas. - PUERTOS DE RECALADA k.Nombre del puerto de recalada durante el tránsito. - AGENCIA MARITIMA: l.Nombre de la Agencia. - OBSERVACIONES: m.Novedades importantes del suceso. ANEXO (3) SISTEMA DE INFORMACION DE POSICION Y SEGURIDAD EN EL AMBITO FLUVIAL PROCEDIMIENTO ESPECIFICO DE INFORMACION PARA NAVES NACIONA- LES MAYORES DE 350 TRB, O QUE EN SU CONJUNTO SOBREPASAN ESTE TONELAJE Y EXTRANJERAS DE CUALQUIER TONELAJE Y TIPO QUE IN- GRESAN A AGUAS DE JURISDICCION NACIONAL EN TRANSITO, PERMA- NENCIA O EN DEMANDAN DE PUERTOS PERUANOS. 1er. CASO.- INFORMACION DE INGRESO A AGUAS DE JURISDICCION NACIONAL (EPW). - Información que debe transmitir la nave al momento de ingresar a aguas jurisdicción nacional. ............ SHIPREF (Identificación del Sistema) A....... (EPW) B....... Nombre del Buque, distintivo de llamada y Nacionalidad C....... Fecha y hora (de ingreso a aguas de jurisdicción nacional) D....... Puerto de procedencia