Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 1998 (17/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 17 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 y Decretos Legislativos Nºs. 830, 866 y 893; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Podesta Mevius, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar INABIF, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y Desarrollo Humano 2947 RESOLUCION SUPREMA Nº 009-98-PROMUDEH MORDAZA, 14 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, estando vacante uno de los cargos de miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, se hace necesario designar al funcionario que cubra dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decretos Legislativos Nºs. 830 y 866, el Decreto Ley Nº 25515 y la Ley Nº 26923; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Takahashi Bancovitch, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y Desarrollo Humano 2948

Que, el Decreto Supremo Nº 008-98-ED dispone que el Ministerio de Educacion en los Centros Educativos Publicos de educacion inicial, primaria y secundaria y en la modalidad de educacion especial, asuma la contribucion de la cuota anual de 1998, por Asociacion de Padres de Familia - APAFA que corresponda a las familias damnificadas de las zonas afectadas por los fenomenos naturales; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 3º de dicho Decreto Supremo, debe dictarse las medidas complementarias para su debida aplicacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, su modificatoria Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 002-96-ED, y el Decreto Supremo Nº 008-98-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- La Oficina de Administracion del Ministerio de Educacion, con cargo a los recursos asignados, girara a cada Direccion Regional o Subregional de Educacion, Direccion de Educacion de MORDAZA y las USEs que la integran y Direccion de Educacion del Callao, el monto de la cuota anual 1998 por concepto de APAFA, que corresponda a las familias damnificadas en los Centros Educativos Publicos de su jurisdiccion, de acuerdo a la relacion de padres de familia damnificados de los mencionados centros educativos. Articulo 2º.- En los Centros Educativos Publicos donde existan alumnos cuyas familias MORDAZA damnificadas al haber sido afectadas total o parcialmente sus viviendas, o que se encuentren impedidos de realizar su actividad laboral por causa de los fenomenos naturales mencionados, el Director del Centro Educativo elaborara y remitira la relacion de las familias damnificadas a la USE / ADE correspondiente, para su consolidacion posterior por la Direccion Regional o Subregional de Educacion y para su remision a la Oficina de Administracion del Ministerio de Educacion, a fin de otorgarle los recursos financieros que le correspondan. En el caso del departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, la consolidacion de la informacion estara a cargo de la Direccion de Educacion de MORDAZA y USEs que la integran y la Direccion de Educacion del Callao. Articulo 3º.- Es responsabilidad del Director del Centro Educativo Publico, otorgar las facilidades a las familias damnificadas a fin de que puedan acogerse a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-98-ED mediante la MORDAZA de una Declaracion Jurada simple, sin perjuicio de las verificaciones que debera realizar el Director del Centro Educativo Publico. Articulo 4º.- El Director y el Presidente de la APAFA del Centro Educativo Publico, son solidariamente responsables por el adecuado uso de los recursos que le MORDAZA asignados en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 00898-ED. Registrese y comuniquese. MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 2918

PESQUERIA
Sancionan con multa a armadores propietarios de embarcacion pesquera
RESOLUCION COMISION DE SANCIONES Nº 068-98-PE/CS MORDAZA, 16 de marzo de 1998 Visto el Dictamen Nº 056-98-PE/CS-ST del 20 de febrero de 1998, emitido por la Secretaria Tecnica de la Comision de Sanciones. CONSIDERANDO: Que el Articulo 77º de la Ley General de Pesca, promulgada por Decreto Ley Nº 25977, establece que constituye infraccion toda accion u omision que contravenga o incumpla alguna de las normas contenidas en dicha Ley, su Reglamento o demas disposiciones sobre la materia; Que de las investigaciones efectuadas, se ha determinado que con fecha 30 de noviembre de 1996, en el ambito de la Region Grau, la embarcacion pesquera "DON MORDAZA IV" con matricula en tramite, de propiedad de los senores MORDAZA y MORDAZA MORDAZA PAIVA, extrajo el recurso hidrobiologico anchoveta sin contar con permiso de pesca,

EDUCACION
Dictan medidas para la aplicacion del D.S. Nº 008-98-ED, sobre pago de cuota por APAFA correspondiente a afectados por fenomenos naturales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 240-98-ED MORDAZA, 16 de marzo de 1998

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